Definición de Contrato de Supervisión

Contrato de Supervisión. Es aquel documento celebrado entre la Entidad Privada Supervisora y la Entidad Pública para la supervisión del Proyecto. Decreto Legislativo Nº 1250: Decreto Legislativo Nº 1250, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, y la Ley Nº 30264, Ley que establece medidas para promover el crecimiento económico. Decreto Legislativo Nº 1275: Decreto Legislativo Nº 1275, que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales.
Contrato de Supervisión. Contrato suscrito entre la Entidad Privada Supervisora y la Entidad Pública en el marco del TUO de la Ley N° 29230 y el TUO del Reglamento de la Ley N° 29230.
Contrato de Supervisión significa el contrato de servicios relacionados con la obra pública a precio unitario y tiempo determinado celebrado entre la Dependencia y el Supervisor, incluyendo los anexos del mismo.

Examples of Contrato de Supervisión in a sentence

  • Para los casos de retrasos e incumplimientos relacionados con las obligaciones contractuales del Supervisor Especializado, incluyendo alteraciones de la estructura organizativa y condiciones de calificación y permanencia del personal previsto en la Oferta Técnica, el Contrato de Supervisión Especializada contemplará un sistema de penalidades, cuya aplicación será de responsabilidad de la Entidad.

  • Esta entidad especializada será seleccionada como resultado del concurso correspondiente y será contratada para llevar a cabo la fiscalización de las obligaciones técnicas y económicas del Concesionario, en la forma y oportunidad que se establezca en el respectivo Contrato de Supervisión Especializada.

  • En caso de prolongarse el plazo del Período de Construcción por causas no atribuibles al Concesionario, como podría ocurrir en caso de Eventos Geológicos, el Concedente establecerá en el respectivo Contrato de Supervisión Especializada, las condiciones bajo las cuales resarcirá, a su costo, al Supervisor Especializado por la extensión del plazo estipulado para el servicio.

  • En relación con ello, el Contrato de Supervisión Especializada establecerá las medidas de fiscalización y auditoria necesarias para asegurar que los recursos que serán puestos a disposición del Supervisor Especializado sean utilizados en la forma establecida en la oferta técnica y económica de éste.

  • Las actividades de la Supervisión Especializada de obras cubrirán el período a partir de la fecha de suscripción del respectivo Contrato de Supervisión Especializada hasta la entrega del Certificado de Puesta en Marcha, de acuerdo con el Calendario de Trabajo del Concesionario.

  • El CONCEDENTE comunicará al CONCESIONARIO, al inicio de la contratación del Supervisor de Diseño y Obra, el cronograma y montos de los pagos que se establezcan en el Contrato de Supervisión para que el CONCESIONARIO, oportunamente, haga efectivo el depósito de los montos respectivos en la Cuenta de Supervisión Obras de Cabecera.

  • En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento firman el presente Contrato, en cuatro ejemplares en idioma castellano de un mismo tenor y validez, el (Registrar el nombre y el cargo del responsable de la suscripción del Contrato de Supervisión), en representación legal de la ENTIDAD, y el (registrar el nombre del representante legal del SUPERVISOR, habilitado para la firma del Contrato) en representación legal del SUPERVISOR.

  • Las funciones del Coordinador “In Situ”, serán las de apoyar al Supervisor de Inversiones I en las siguientes actividades: ✓ Seguimiento y Control del cumplimiento del Contrato de Supervisión y del Contrato de Concesión, en la materia de inversiones.

  • En el supuesto caso que a la fecha de asumir sus funciones la Supervisión, la Obra esté en plena ejecución y con un porcentaje de avance, motivará que se suscribirá una Adenda al Contrato de Supervisión para ajustar el nuevo monto y/o plazo de ejecución contractual de la Obra que realmente supervisará.

  • No obstante, no tendrá ningún vínculo contractual con el subcontratista, por tanto, EL CONTRATISTA continuará siendo el único responsable ante el PA - FFIE por el cumplimiento de las obligaciones del Contrato de Supervisión Técnica Independiente.


More Definitions of Contrato de Supervisión

Contrato de Supervisión. Es el documento y sus anexos donde obran las obligaciones previstas para el cumplimiento de las actividades de supervisión, a celebrarse entre el adjudicatario de la Buena Pro del Concurso y el Concedente, representado por SEDAPAL.
Contrato de Supervisión. Es el documento que establece las obligaciones reciprocas entre la Contratante de la Supervisión del Proyecto y el Supervisor del Proyecto relacionados con la Supervisión del Proyecto.

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  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • Autoridad Gubernamental significa cualquier gobierno, funcionario, departamento, comisión, consejo, oficina, agencia, autoridad reguladora, organismo, ente judicial, legislativo o administrativo, de carácter federal o estatal, con jurisdicción sobre el presente Contrato o cualquier Documento del Financiamiento.

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Contrato Documento suscrito entre la institución y el Adjudicatario elaborado de conformidad con los requerimientos establecidos en el Pliego de Condiciones Específicas y en la Ley.

  • Vigencia Es la duración de la Póliza, la cual está estipulada en la carátula de la Póliza.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 4,500.00 (Cuatro mil quinientos y 00/100 Soles).

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Contrato de Concesión Significará el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de las Obras Hidráulicas Mayores del Proyecto Chavimochic, suscrito con fecha _____ de ______ de 201__, entre el Concedente y el PRESTADOR en calidad de Concesionario.

  • Operador Persona física o jurídica, pública o privada, que explota redes de telecomunicaciones con la debida concesión o autorización para la prestación de servicios de telecomunicaciones disponibles al público en general.

  • Entidad Contratante El organismo, órgano o dependencia del sector público, del ámbito de aplicación de la Xxx Xx. 000-00, que ha llevado a cabo un proceso contractual y celebra un Contrato.

  • Comprador significa la entidad que compra los Bienes y Servicios Conexos, según se indica en las CEC.

  • Equipamiento Analizadores automáticos con identificación positiva de las muestras mediante de códigos xx xxxxxx.

  • Oferta Económica Se considera como Oferta Económica el valor del precio total ofertado, el cual será el resultado de multiplicar el precio de la unidad de medida por la cantidad ofertada.

  • Año del Buen Servicio al Ciudadano ANEXO N° 10

  • Subcontratista significa cualquier persona natural, entidad privada o pública, o cualquier combinación de ellas, con quienes el Proveedor ha subcontratado el suministro de cualquier porción de los Bienes o la ejecución de cualquier parte de los Servicios.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.

  • Disponibilidad Se entiende como tener acceso al servicio contratado en el momento en que el usuario lo demande.

  • Contratante “Entidad Contratante”, es la entidad pública que ha tramitado el procedimiento del cual surge o se deriva el presente contrato.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Vendedor tiene el significado que se le asigna en el encabezamiento del presente Contrato.

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Autoridad Competente Es la instancia Administrativa, de Tránsito o Judicial, legitimada para realizar, resolver o referirse a una gestión o asunto concreto.

  • Elegibilidad Que el Proponente está legalmente autorizado para realizar sus actividades comerciales en el país. Capacidad Técnica: Que los Bienes cumplan con las todas características especificadas en las Fichas Técnicas.