CONTRATO DE SERVICIO MECANICO
Contrato Nº 048 -2008-MDA-LM.
CONTRATO DE SERVICIO MECANICO
Conste por el presente documento que suscriben el Contrato de Servicio Mecánico que celebran, de una parte la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ANCO - La Mar, con RUC Nº 20194773120; debidamente representado por su Alcalde ING. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, identificado con DNI ▇▇▇▇▇▇▇▇, con domicilio institucional en la Plaza Principal Chiquintirca S/N, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD y de la otra parte la Empresa MAQUINARIAS “ALVIC”, con RUC Nº 10285973134 debidamente representado por el Señor ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ identificado con DNI Nº ▇▇▇▇▇▇▇▇, con domicilio ubicado en ▇▇. ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ - ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ – Ayacucho, a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, bajo los términos y condiciones siguientes:
MARCO LEGAL
Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.
Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2008.
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y sus modificatorias.
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-CPM, y sus modificatorias.
Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
Ley Nº 27806, Ley de Transparencia de Acceso a la Información Pública.
Ley Nº 28015, Ley de Formalización y Promoción de la pequeña y Microempresa.
Ley Nº 27633, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional
Las referidas normas Incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas de ser caso.
PRIMERO.- ANTECEDENTES
LA MUNICIPALIDAD es el órgano de gobierno local, que emana de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía económica política y administrativa en los asuntos de su competencia, representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales, fomenta el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armónico de la circunscripción territorial de su jurisdicción.
SEGUNDO.- LA MUNICIPALIDAD a través de la Oficina de Obras, viene ejecutando una serie de obras, los cuales forman, parte de un paquete integral de Ejecuciones Programados, para ello se tiene recursos financieros aprobados para el Presupuesto del Año Fiscal 2,008, por lo que se requiere la reparación del Volquete Volvo Modelo NL10 de placa WP 7878 en el servicio que se detalla a continuación:
Cambio de turbo
Reparación de compresora
Cambio de espárragos de turbo
Cambio ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de cubo
Cambio de empaque ▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Cambio de espárragos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Cambio de accesorios ▇▇ ▇▇▇▇▇
Soldado de bastidor ▇▇ ▇▇▇▇▇
Rellenado y torneado de 02 pines de bastidor ▇▇ ▇▇▇▇▇
Fabricado de 04 lainas de pin ▇▇ ▇▇▇▇▇
Enderezado de bases ▇▇ ▇▇▇▇ de ambos lados
Rectificado de hilo de machimbrae de freno
Soldado y reforzado de parachoque
R3eparacion de deposito de agua
Soldado ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de Chasis
Cambio de 01 perno central ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ posterior
Cambio de 02 pernos central ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ delantero
Rellenado de chumacera ▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Cambio de jebes de estabilizador posterior
Soldado de 02 muelles posteriores
Soldado y reforzado de estribo ▇▇ ▇▇▇▇▇ batería
Rellenado y torneado de 02 grilletes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Cambio de 03 bocinas ▇▇ ▇▇▇▇▇▇
Soldado de soporte de amortiguador
Cambio de jebes de estabilizador delantero
Desmontaje y montaje de 02 paquetes ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ delantero
Desmontaje y montaje de 01 paquete de muelles posterior
Tapizado de 03 asientos
Cambio de faros posteriores
Cambio de pines ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ delantero
TERCERO.- EL CONTRATISTA es una persona competente, con experiencia de reconocida trayectoria que garantizará el cumplimiento del trabajo encomendado, por lo que acepta y se compromete asumir las responsabilidades sobre cualquier desperfecto posterior y la garantía que el servicio requiere de acuerdo a la Propuesta Técnica y Económica presentada por el CONTRATISTA en la Adjudicación Directa de Menor Cuantía Nº 121-2008-MDA-CEP.
CUARTO.-LA MUNICIPALIDAD contrata los servicios de EL CONTRATISTA a fin de realizar el servicio mecánico tal como se detalla en la cláusula segunda del presente contrato, para tal efecto EL CONTRATISTA asumirá con todo los gastos que ocasionara la mano de obra.
QUINTO.- El costo del servicio mecánico es de S/. 9,000.00 (NUEVE MIL y 00/100 NUEVOS SOLES) .El pago será único y se efectuara al concluir el servicio satisfactoriamente, previo informe del mecánico de la Municipalidad y visto bueno de la Gerencia de Infraestructura y la presentación de la Factura y/o Boleta de Venta correspondiente.
SEXTO.- El tiempo de duración del presente contrato, será hasta la culminación del servicio mecánico catorce (10) días desde la suscripción del contrato. En caso de incumplimiento del plazo pactado por parte de EL CONTRATISTA, se le sancionará con una penalidad del 5% descuento del monto total del contrato por cada día de retrazo. Asimismo cuando llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento del contrato, si ocurriese algún accidente con el traslado de los materiales de construcción EL CONTRATISTA se hará cargo con el costo de todo los daños ocasionados.
SÉPTIMO.- El incumplimiento de las cláusulas estipuladas en el presente contrato por parte de EL CONTRATISTA, originará la resolución automática del mismo, sin perjuicio a que LA MUNICIPALIDAD proceda con los procesos legales correspondientes por los daños y perjuicios causados conforme al Art. 144º del D.S. 013-2001, asimismo EL CONTRATISTA declara bajo juramento ▇▇ ▇▇▇ que no cuenta con impedimento legal para suscribir contratos con el Estado.
OCTAVO.- Ambas partes se someten a la jurisdicción del Juzgado de La Mar –San ▇▇▇▇▇▇ y cualquier consideración no prevista en el presente será absuelta por mutuo acuerdo. Las partes formalizan el presente contrato en señal de conformidad se suscribe y firma en la localidad de Chiquintirca a los trece días del mes de Octubre del año dos mil ocho.
LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATADO
