Núm. 52 Martes 1 de marzo de 2016 Sec. III. Pág. 17154
Núm. 52 Martes 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016 Sec. III. Pág. 17154
III. OTRAS DISPOSICIONES
▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
▇▇▇▇ Resolución de ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇, ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, por la que se publica el Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2016, del Convenio de colaboración entre el Servicio Cántabro de Salud, la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
La Consejera de Sanidad del Gobierno de Cantabria, la Secretaria General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Secretaria General Gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas, y la Gerente de la Mutualidad General Judicial, han suscrito, con fecha 18 de diciembre de 2015, un Acuerdo de prórroga y actualización para 2016, del Convenio de Colaboración firmado el 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2006, para la prestación, en zonas rurales, de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se dispone la publicación del referido Acuerdo de prórroga y actualización, como anejo a la presente Resolución.
Madrid, 17 de febrero de 2016.–El Subsecretario de la Presidencia, por vacante (Real Decreto 199/2012, de 23 de enero), el Secretario General Técnico-Director del Secretariado del Gobierno, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇.
ANEJO
Acuerdo de prórroga y actualización para el año 2016 del convenio de colaboración firmado el 23 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2006, entre el Servicio Cántabro de Salud y la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas y la Mutualidad General Judicial, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades
Santander/Madrid, 18 de diciembre de 2015.
REUNIDOS
cve: BOE-A-2016-2128
Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇
De una parte, D.ª ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Real ▇▇▇▇▇▇▇▇, Consejera de Sanidad del Gobierno de Cantabria, en nombre y representación de éste, en virtud de lo dispuesto en el artículo 33 k) de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria y expresamente facultada para la firma del presente Convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de diciembre de 2015.
De otra, doña ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de la Rica, Secretaria General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE), nombrada por Orden HAP/472/2013, de 11 ▇▇ ▇▇▇▇▇ («BOE» de 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇), actuando en nombre y representación de la Institución, en uso de las facultades que le confiere el artículo 16 del Real Decreto 577/1997, de 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se establece la estructura de los Órganos
de Gobierno, Administración y Representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, para el ejercicio de la suplencia del Director General de MUFACE en los casos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, ausencia, y enfermedad,
▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, secretaría general gerente del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS) en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimientos Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de ISFAS, en uso de las facultades que le confiere el artículo 18 del Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1726/2007, de 21 de diciembre,
y ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, Gerente de la Mutualidad General Judicial (MUGEJU), en virtud de las facultades que le confiere la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y actuando en nombre y representación de MUGEJU, en uso de las facultades que le confiere el artículo 14. 3. g) del Real Decreto 1206/2006, de 20 de octubre por el que se regulan la composición y funcionamiento de los órganos de gobierno, administración y representación de MUGEJU.
EXPONEN
Que al amparo de lo previsto en las cláusulas primera, cuarta, sexta, séptima y octava del Convenio de colaboración para el año 2006 entre el Servicio Cántabro de Salud y MUFACE, ISFAS y MUGEJU, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas Mutualidades y manteniéndose las mismas circunstancias que dieron lugar a su suscripción, todas las partes entienden que debe procederse a su prórroga para 2016, actualizándose los municipios, precios y número de mutualistas a atender.
ACUERDAN
Primero.
Prorrogar el Convenio de referencia cuyos efectos se extienden desde 1 de enero de 2016 hasta 31 de diciembre de 2016.
Segundo.
Actualizar con efectos de 1 de enero de 2016 y según lo previsto en las cláusulas Séptima y Octava del mencionado Convenio, los Anexos I, II, III y IV del mismo, Anexos que, a partir de dicha fecha, son los que, sellados por todas las partes, figuran unidos a este documento, en cuya portada consta «Anexos I, II, III y IV, para 2016», y que modifican las relaciones de municipios citadas en la cláusula Primera, así como las personas adscritas a cada Mutualidad y Entidad aseguradora y los precios que se indican en la cláusula Cuarta.
cve: BOE-A-2016-2128
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Para el año 2016 se mantienen los precios convenidos en la prórroga del año 2015, ya que según lo estipulado en la cláusula séptima del Convenio, la contraprestación económica, en el caso de que se formalice la prórroga, se calculará a partir del 1 ▇▇ ▇▇▇▇ del año en que finalice su vigencia, incrementándose las cantidades de acuerdo con el incremento del IPC general interanual referido a 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ y con efectos del 1 de enero del año siguiente, pero al ser el IPC general interanual de 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2015 negativo (˗ 0,6 %) no procede incremento alguno. De acuerdo con ello los precios, para el año 2016, serán de 12,16 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo I, y de 1,02 € por persona y mes que, como titular o beneficiario, esté afiliada a las Mutualidades y resida en los municipios listados en el Anexo II.
Tercero.
Los firmantes se comprometen a informar cumplidamente a sus representados del Acuerdo alcanzado, para facilitar la aplicación del mismo.
Y en señal de conformidad, firman a continuación el presente documento, extendido por ejemplar septuplicado y a un solo efecto, los representantes del Servicio Cántabro de Salud, y de cada una de las Mutualidades.–La Consejera de Sanidad, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Real ▇▇▇▇▇▇▇▇.–El Director General de Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (art. 16 Real Decreto 577/1997, de 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇), la Secretaria General, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de la Rica.–La Secretaria General, Gerente del Instituto Social de Las Fuerzas Armadas, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.–La Gerente de La Mutualidad General Judicial, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
ANEXOS I, II, III Y IV, PARA 2016
Cantabria
Listado de Municipios Anexo I
cve: BOE-A-2016-2128
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Cantabria
Municipios | Zona básica de Salud |
▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Altamira. |
Ampuero. | Bajo Ason. |
Anievas. | Besaya. |
▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇. | Besaya. |
Argonos. | Gama. |
Arnuero. | Meruelo. |
Arredondo. | Alto Ason. |
▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (Gama). | Gama. |
▇▇▇▇▇▇▇ de Pie ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. | Besaya. |
Bareyo. | Meruelo. |
▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Liébana. |
Cabuérniga (▇▇▇▇▇ de). | Saja/Cabuérniga. |
Camaleno. | Liebana. |
Campoo de Yuso (Costana (La)). | Campoo. |
Cartes. | Torrelavega/Cartes. |
▇▇▇▇▇▇▇▇▇. | Pisueña/Cayón. |
▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇ (Tama). | Liebana. |
Cieza. | Besaya. |
Colindres. | |
Comillas. | San ▇▇▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Alto Pas. |
Enmedio (Matamorosa). | Campoo. |
Entrambasaguas. | Cudeyo. |
Escalante. | Gama. |
Guriezo (Puente (El)). | ▇▇▇▇▇▇. |
Hazas de Cesto. | Gama. |
cve: BOE-A-2016-2128
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Núm. 52 Martes 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016 Sec. III. Pág. 17157
Municipios | Zona básica de Salud |
Hermandad Campoo Suso (Espinilla). ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. | Campoo. Nansa. |
▇▇▇▇▇▇▇. | Nansa. |
Liendo (Hazas). | Laredo. |
Liérganes. | ▇▇▇▇▇. |
Limpias. | Bajo Asón. |
Luena. | Alto Pas. |
Marina de Cudeyo. | Cudeyo. |
Mazcuerras. | Saja/Cabuérniga. |
Medio Cudeyo. | Cudeyo. |
Meruelo. | Meruelo. |
Miengo. | Polanco. |
▇▇▇▇▇. | ▇▇▇▇▇. |
Molledo. | Besaya. |
Noja. | Meruelo. |
Penagos. | Pisueña/Cayón. |
Peñarrubia. | Liebana. |
Pesaguero. | Liebana. |
Pesquera. | Campoo. |
Polaciones. | Nansa. |
Polanco (Iglesia (La)). | Polanco. |
Potes. | Liebana. |
Puente Viesgo. | Bajo Pas. |
Ramales De La Victoria. | Alto Asón. |
Rasines. | Alto Asón. |
Reinosa. | |
Reocin (Pte. S ▇▇▇▇▇▇). | Altamira. |
Ribamontan al Mar. | Cudeyo. |
Ribamontan al Monte (Hoz de Anero). | Cudeyo. |
▇▇▇▇▇▇▇▇ (Puentenansa). | Nansa. |
Riotuerto. | ▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇▇ De Valderroyo (Las). | Campoo. |
Ruente. | Saja/Cabuérniga. |
▇▇▇▇▇▇. | Alto Asón. |
▇▇▇▇▇▇▇ (Barrio De La Iglesia). | San ▇▇▇▇▇▇▇. |
San ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇). | Besaya. |
San ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. | Campoo. |
San ▇▇▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Alto Pas. |
San ▇▇▇▇▇ de Riomiera. | ▇▇▇▇▇. |
San ▇▇▇▇▇▇▇ de La Barquera. | San ▇▇▇▇▇▇▇. |
Santa ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇. | Pisueña/Cayón. |
▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ del Mar. | |
Santiurde ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Campoo. |
Municipios | Zona básica de Salud |
Santiurde ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Alto Pas. |
Saro. | Pisueña ▇▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇▇▇. | Pisueña/▇▇▇▇▇▇. |
Soba (▇▇▇▇▇▇▇▇). | Alto Ason. |
Solorzano. | Gama. |
Suances. | Suances. |
Tojos (Los). | Saja/Cabuérniga. |
Tresviso. | Liébana. |
Tudanca. | Nansa. |
Udías. | Saja/Cabuérniga. |
Val de San ▇▇▇▇▇▇▇ (Pesues). | San ▇▇▇▇▇▇▇. |
Valdaliga. | Saja. |
Valdeolea. | Los ▇▇▇▇▇▇. |
Valdeprado del Rio (Arroyal). | Los ▇▇▇▇▇▇. |
Valderredible (Polientes). | Los ▇▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Liébana. |
▇▇▇▇ de Pas. | Alto Pas. |
Villacarriedo. | Pisueña ▇▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇. | Astillero. |
Villafufre. | Pisueña/▇▇▇▇▇▇. |
▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇. | Laredo. |
Voto. | Colindres. |
Municipios:
Astillero (El). Cabezón de la Sal.
Corrales ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ (Los). Laredo.
cve: BOE-A-2016-2128
Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇
Santa ▇▇▇▇ de Bezana. Santoña.
Listado de municipios anexo II
Provincia: Cantabria
Núm. 52 Martes 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016 Sec. III. Pág. 17159
ANEXO III
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo I e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a 1 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2015) a la Comunidad Autónoma de Cantabria
Precio por persona: 12,16 euros/mes en 2016
Entidad | Personas adscritas | Importes mensuales | ||||
De MUFACE | De ISFAS | De MUGEJU | Por colectivo de MUFACE | Por colectivo de ISFAS | Por colectivo de MUGEJU | |
SEGURCAIXA ADESLAS. | 1.325 | 1.117 | 79 | 16.112,00 | 13.582,72 | 960,64 |
ASISA. | 346 | 252 | 33 | 4.207,36 | 3.064,32 | 401,28 |
CASER. | 3 | 36,48 | ||||
DKV SEGUROS. | 59 | 9 | 717,44 | 109,44 | ||
IG. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. | 1.450 | 17.632,00 | ||||
MAPFRE FAMILIAR. | 6 | 72,96 | ||||
SANITAS. | 9 | 109,44 | ||||
TOTAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 3.180 | 1.369 | 139 | 38.668,80 | 16.647,04 | 1.690,24 |
ANEXO IV
Personas de cada mutualidad que, adscritas a cada entidad, residen en los municipios recogidos en el anexo II e importe que debe abonarse mensualmente por cada uno de los colectivos (a ▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇) ▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇
cve: BOE-A-2016-2128
Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇
Precio por persona: 1,02 euros/mes en 2016.
ENTIDAD | Personas adscritas | Importes mensuales | ||||
de MUFACE | de ISFAS | de MUGEJU | Por colectivo de MUFACE | Por colectivo de ISFAS | Por colectivo de MUGEJU | |
SEGURCAIXA ADESLAS | 782 | 625 | 50 | 797,64 | 637,50 | 51,00 |
ASISA | 210 | 152 | 35 | 214,20 | 155,04 | 35,70 |
CASER | 0 | 0,00 | ||||
DKV SEGUROS | 27 | 18 | 27,54 | 18,36 | ||
IG. ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ | 969 | 988,38 | ||||
MAPFRE FAMILIAR | 6 | 6,12 | ||||
SANITAS | 16 | 16,32 | ||||
TOTAL. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . | 1.988 | 777 | 125 | 2.027,76 | 792,54 | 127,50 |
▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
