CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EMPLAZAMIENTO
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE EMPLAZAMIENTO
(FÍRMESE EN TODAS SUS HOJAS, TANTO EL CONTRATO COMO LOS ANEXOS)
AT_M_XXXXXXXXX ▇▇▇.▇▇▇▇/LOCALIZAC…..
En , a XX de XXXXXX de 200x
R E U N I D O S
De una parte:
D. .......................con NIF nº ................, actúa en nombre y representación de (la comunidad de propietarios) ............................. con CIF nº: ....................... y domicilio social en ...........................en virtud de poder notarial nº ................ otorgado el día .. de....de ......ante el Iltre. Notario de ..........D (o en virtud del acuerdo de
la Junta de Propietarios de fecha )
En adelante “EL ARRENDADOR”.
De otra parte:
En adelante “VODAFONE”.
Ambas partes declaran tener la capacidad legal suficiente para el otorgamiento del presente contrato, y a tal efecto,
E X P O N E N
Que ambas partes desean suscribir un contrato por el que VODAFONE quede autorizado para la instalación, montaje, explotación, mantenimiento, conservación, reparación y modificación en la FINCA de EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES, a cambio del pago a EL ARRENDADOR de una contraprestación económica, lo cual llevan a efecto de conformidad con las siguientes
E S T I P U L A C I O N E S
PRIMERA.
El ARRENDADOR cede a VODAFONE, que acepta, el ESPACIO, sito en la FINCA................................., descrita en el Anexo I, quedando VODAFONE facultada para instalar, montar, explotar, mantener, conservar, reparar y modificar en dicho ESPACIO, descrito en el Anexo II, el EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES
así como los elementos complementarios del mismo para la prestación de servicios de telecomunicaciones.
Estos comprenderán a título meramente enunciativo y no restrictivo los siguientes elementos:
- Un sistema de antenas y de parábolas de enlace con la red
- Cables coaxiales que conectan las antenas a los equipos electrónicos de VODAFONE.
- Armazones de soporte para las antenas y los cables coaxiales.
- Equipos electrónicos de VODAFONE. En caso de que haya sitio suficiente, éstos estarán situados dentro del edificio; en caso contrario se habilitaría una caseta prefabricada en la azotea, o en cualquier otra parte de la finca que fuera aceptable tanto para VODAFONE como para el ARRENDADOR.
- Todos los demás elementos, conductos e instalaciones que sean necesarios o convenientes en cada momento para la mejor explotación de los servicios de telecomunicaciones y para dar cumplimiento a la normativa vigente en cada momento sobre Prevención de Riesgos Laborales.
EL ARRENDADOR autoriza a VODAFONE a contratar a sus propios gastos la energía eléctrica y demás suministros necesarios para el adecuado funcionamiento del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES, pudiendo instalar al efecto cables separados, contador propio y el sistema de conducción necesario para proporcionar a los mismos servicio eléctrico y telefónico. Asimismo podrá realizar la oportuna conexión por fibra óptica a la red y demás instalaciones, conexiones, canalizaciones o conducciones que resulten necesarias a tal fin a juicio de VODAFONE, otorgando a tal efecto en este acto EL ARRENDADOR a VODAFONE el derecho de paso que a tal efecto resulte necesario.
SEGUNDA.
La renta del presente contrato es de ------------------ €uros anuales, más el Impuesto sobre el Valor Añadido, o impuesto que lo sustituya en cada momento. De la renta se detraerán las cantidades que conforme a la normativa fiscal deban retenerse por VODAFONE.
La renta comenzará a devengarse a partir del momento del inicio de la construcción de las instalaciones en el espacio arrendado.
La renta se abonará por trimestres naturales vencidos, a razón de una cuarta parte del precio anual cada trimestre y se hará efectiva dentro de los diez primeros días hábiles del mes siguiente a cada vencimiento.
No obstante lo anterior, el primer pago deberá incluir la cantidad correspondiente al período transcurrido entre la fecha de comienzo de devengo de la renta y la fecha de finalización del trimestre natural en el que se inicie el devengo. Para su cálculo, se prorrateará la cantidad anual entre el número de días transcurridos.
Dichos pagos, de conformidad con el importe trimestral estipulado, se abonarán en la cuenta corriente aquí indicada:
Banco: Sucursal: D.C.:
Cuenta: Titular:
La renta pactada se actualizará anualmente, adaptándose a las variaciones que experimente el Índice General de Precios al Consumo, mediante certificación emitida por el Instituto Nacional de Estadística para el período de enero a diciembre del año anterior a la fecha de revisión, fijándose la primera revisión para el uno de enero/julio (elegir) de 200X.
El titular autoriza en este acto a VODAFONE a emitir trimestralmente las facturas correspondientes, teniendo la factura así confeccionada los mismos efectos que si hubiera sido emitida por el titular. VODAFONE remitirá al titular las facturas con una antelación de al menos diez días respecto a la fecha prevista de pago.
Cualquier discrepancia que el ARRENDADOR tenga sobre el contenido de una factura, los conceptos que en la misma se incluyan o sus importes deberá ser comunicada a VODAFONE, quien, previo acuerdo entre las partes, procederá a su modificación mediante la anulación y emisión e una nueva o, cuando fuera posible, ajustando el importe discutido en la siguiente factura que debiera emitir VODAFONE.
La factura llevará todas las menciones exigidas por las disposiciones legales y reglamentarias tanto fiscales como mercantiles. La factura así confeccionada por VODAFONE tendrá los mismos efectos que si hubiera sido emitida por el ARRENDADOR. En particular, y en caso de resultar aplicable, servirá como documento acreditativo del IVA soportado para VODAFONE y del IVA repercutido para el ARRENDADOR. El ARRENDADOR se responsabilizará del ingreso en Hacienda de la deuda tributaria correspondiente al IVA, sin que VODAFONE le competa ninguna responsabilidad como consecuencia del posible incumplimiento o cumplimiento defectuoso de cuantas obligaciones de índole fiscal incumban al ARRENDADOR.
Las referencias que en este documento se hagan al IVA se entenderán hechas al IGIC, IPSI u otro impuesto indirecto similar o de naturaleza análoga, cuando fuera de aplicación en lugar de aquél.
TERCERA.
El presente contrato tendrá una duración de cinco (5) años a contar desde la fecha de la firma del mismo y se prorrogará tácita y sucesivamente por otros tres períodos de cinco (5) años cada uno. Al final del período inicial y de cada una de sus prórrogas, el contrato quedará automáticamente prorrogado por un nuevo período de otros cinco (5) años salvo que VODAFONE notifique fehacientemente a EL ARRENDADOR su intención de no renovar el contrato con un preaviso de tres (3) meses a la finalización del período que corresponda. Cada prórroga lo será en los mismos términos contractuales.
Transcurrido el plazo inicial y en su caso las tres prórrogas, el contrato se renovará automáticamente por nuevos períodos de cinco (5) años, salvo que cualquiera de las partes notifique fehacientemente a la otra su intención de no renovar el mismo con una antelación de al menos seis (6) meses respecto a la finalización del período contractual. Cada prórroga lo será en los mismos términos contractuales.
No obstante el plazo de vigencia establecido para el presente contrato, VODAFONE necesitará de un período de seis (6) meses desde la firma del mismo para completar los ensayos, obtener las autorizaciones eventuales necesarias para la instalación y entrada en servicio del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES, y verificar si el mismo resulta adecuado y útil al diseño de la red de telecomunicaciones que explota en virtud de las licencias otorgadas a tal efecto por la autoridad administrativa competente. En consecuencia, VODAFONE podrá resolver el contrato durante el período inicial de seis (6) meses a contar desde la firma del mismo, notificándolo oportunamente al ARRENDADOR, sin necesidad de preaviso anticipado y sin que sea aplicable en tal caso penalidad ni indemnización alguna.
CUARTA.
El ARRENDADOR en este acto entrega a VODAFONE, que acepta, la ocupación del ESPACIO y autoriza el acceso a la FINCA, en cualquier momento y cuantas veces fueran necesarias, a las personas que la misma designe con los materiales, maquinaria, herramientas, y todo cuanto fuere preciso para poder llevar a cabo todos los trabajos que se requieran para la adecuada instalación, montaje, explotación, mantenimiento, conservación, reparación y modificación del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES.
A estos efectos, El ARRENDADOR entrega en este acto a VODAFONE las llaves necesarias que dan acceso 24 horas a la FINCA, y en su caso al ESPACIO, así como si se considerase necesario queda autorizado a instalar un cajetín para guardar las llaves de acceso al ESPACIO Y FINCA. El ARRENDADOR se obliga a notificar a VODAFONE de forma inmediata cualquier cambio referido al acceso al espacio y/o a la FINCA, y a suministrarle cuantas llaves fueren necesarias, en caso de producirse cualquier cambio de cerraduras.
El incumplimiento de esta obligación provocará la anulación de la obligación de pago de la renta estipulada durante el tiempo en que se impida el ejercicio de este derecho.
QUINTA.
VODAFONE podrá efectuar cualesquiera obras o modificaciones necesarias en el ESPACIO.
Al término del contrato, VODAFONE podrá retirar las instalaciones desmontables, equipos de suministro de energía, y los elementos móviles, y otros que haya incorporado al ESPACIO, incluyendo mamparas de separación, quedando en beneficio de la FINCA las obras realizadas y la instalación eléctrica fija. No obstante lo anterior, a petición del ARRENDADOR, VODAFONE se obliga a volver el ESPACIO a su estado primitivo, exceptuando el uso normal, una vez finalizado el presente contrato.
SEXTA.
Será de exclusivo cargo y cuenta de VODAFONE el Impuesto del Valor Añadido, así como aquellos impuestos, tasas, licencias, arbitrios y demás gravámenes, del Estado, Provincia, Comunidad Autónoma o Municipio, tanto fiscales como parafiscales, que afecten a la actividad ejercida por VODAFONE.
SÉPTIMA.
El EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES es propiedad exclusiva de VODAFONE siendo de su cuenta los gastos que su retirada origine una vez extinguido el contrato. El ARRENDADOR facilitará las actuaciones necesarias para que la retirada del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES pueda efectuarse por VODAFONE o por las personas que ésta designe.
OCTAVA.
En caso de que EL ARRENDADOR pretenda vender la FINCA o el ESPACIO informará previamente al nuevo PROPIETARIO de la existencia y contenido íntegro de este contrato, quien se subrogará en el mismo con idénticos derechos y obligaciones a los establecidos en este documento. Asimismo, en el caso de que el ARRENDADOR pretenda gravar con cualquier derecho real la FINCA o el ESPACIO, informará previamente al titular del derecho real que se constituya, quien deberá en todo caso respetar los derechos otorgados a favor de VODAFONE en virtud de este contrato.
NOVENA.
En garantía del cumplimiento de las obligaciones que asume al amparo de este contrato, VODAFONE constituye en este acto fianza en la cuantía equivalente a dos
(2) mensualidades ▇▇ ▇▇▇▇▇, que será ingresada por transferencia bancaria junto con el primer pago de la renta. Esta cantidad no devengará intereses y será devuelta a VODAFONE una vez llegue a su término el presente contrato, y tras haberse comprobado que VODAFONE está al corriente de pago de todas las obligaciones asumidas en el mismo.
DECIMA.
VODAFONE podrá resolver en cualquier momento el presente contrato sin pago de indemnización alguna, con un preaviso de un (1) mes, en los siguientes casos:
a) En caso de finalización, pérdida o modificación de la concesión de los servicios de telecomunicaciones de que es titular VODAFONE .
b) La no obtención de la licencia y/o de las autorizaciones precisas, para la instalación y mantenimiento del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES, cualquiera que fuere el momento en que ello acaeciere, sin necesidad de que VODAFONE ejercite cuantas acciones legales correspondan para agotar la vía administrativa o judicial.
c) En caso de que el ESPACIO o la FINCA dejasen de tener la ubicación o características necesarias para la mejor explotación del servicio.
El ARRENDADOR deberá notificar con suficiente antelación a VODAFONE las modificaciones o alteraciones que pretendiere llevar a cabo en la FINCA, que pudieran afectar al normal funcionamiento del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES, debiendo correr, en su caso, con todos los gastos de desmontaje, traslado y montaje del EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES al nuevo emplazamiento.
c) En caso de que las condiciones y avances tecnológicos experimentados en la gestión de los servicios de telecomunicaciones prestados por VODAFONE hagan más convenientes otros emplazamientos o ubicaciones para la instalación de las estaciones que correspondan.
DECIMOPRIMERA
VODAFONE será responsable de los daños materiales y corporales que por su exclusiva y directa causa se produzcan tanto al ESPACIO o la FINCA como a terceros, debiendo reparar los mismos y satisfacer la indemnización que proceda en su caso, para lo cual dispone de un Seguro de Responsabilidad Civil.
El ARRENDADOR se hará responsable de los daños materiales y corporales que por su causa se produzcan en el EQUIPAMIENTO DE TELECOMUNICACIONES o al personal de VODAFONE o a terceros, debiendo reparar los mismos y satisfacer la indemnización que proceda en su caso.
DECIMOSEGUNDA
El contenido del presente Contrato, así como todos los datos, documentación e información de cualquier clase que las Partes intercambien entre sí en relación al mismo, tienen carácter confidencial, secreto y restringido, tanto durante la vigencia del Contrato como una vez expirada dicha vigencia, con excepción de aquellos que en su caso resulte imprescindible suministrar a la autoridad administrativa competente a fin de dar cumplimiento a lo previsto en el presente contrato.
En consecuencia, y con la salvedad hecha anteriormente, cada Parte se compromete a la guarda y custodia estricta de todos los datos, documentación e información suministrada por la otra Parte en relación al presente contrato, así como a su no divulgación o suministro, ni en todo ni en parte, a ningún tercero sin el previo, expreso y escrito consentimiento de la Parte afectada. Tal consentimiento no será necesario cuando la obligación de suministrar o divulgar tal información venga impuesta por la ley, sentencia judicial o resolución administrativa emitida por organismo competente.
Asimismo, cada Parte sólo podrá utilizar cualesquiera datos, documentación o información haya recibido de la otra parte a los solos y exclusivos efectos de lo estipulado en el presente contrato, sin que puedan por tanto en ningún caso utilizarse con fines distintos.
Cuantos daños y perjuicios se deriven del eventual incumplimiento de lo previsto en la presente cláusula darán derecho a la reclamación de las correspondientes indemnizaciones y resarcimientos a la Parte perjudicada de la Parte incumplidora.
DECIMOTERCERA.
A efectos de cuantas notificaciones deriven del cumplimiento del presente contrato serán válidas únicamente las que se realicen en las siguientes direcciones:
Por EL ARRENDADOR:
Por VODAFONE:
Vodafone España S.A
Parque Tecnológico ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇
48.170 ▇▇▇▇▇▇▇, Bizkaia. Edifico 205 / Dep. Implantación
Se considerarán bien hechas todas las notificaciones que se lleven a efecto en las direcciones indicadas de forma que quede constancia de su recepción, o subsidiariamente de su emisión, exceptuando los casos de cambio de dirección notificado fehacientemente.
Para cualquier tipo de incidencia relacionada con este contrato, podrá contactar con el teléfono de atención al propietario de VODAFONE 607-100 101 (llamada gratuita desde móvil Vodafone), indicando la referencia
DECIMOCUARTA
Las partes se someten parar cualquier discrepancia relacionada con la aplicación del presente contrato a los Juzgados y Tribunales del lugar donde la FINCA se encuentre ubicada.
El presente acuerdo, junto con todos sus anexos, constituye el total acuerdo entre el ARRENDADOR y VODAFONE, y sustituye, deroga y deja sin efecto cualquier otro acuerdo, verbal o escrito, a que hubieran llegado las partes con anterioridad a la fecha de firma del presente acuerdo.
Y, EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, ambas partes firman el presente contrato por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha que figura en el encabezamiento.
EL ARRENDADOR VODAFONE ESPAÑA, S.A.U.
D. XXXXXXXXXXXX D. XXXXXXXXXXXXXXX
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS Y ESTADO DE LA FINCA
Título:
El ARRENDADOR declara ser dueño en pleno dominio y sin limitación alguna de los elementos comunes de la FINCA, en virtud de escritura de (Compraventa, Donación, División de Propiedad Horizontal, Capitulaciones Matrimoniales, Partición de Herencia, etc...) autorizada por el Notario de …, el día … de … de…, con el nº … de su Protocolo, situada en la
Localidad de: | |
Número: | |
Municipio: | |
Provincia: | |
Código Postal: |
Datos Registrales:
LA FINCA se encuentra inscrita a nombre del ARRENDADOR en el
Registro de la Propiedad de: | |
Sección: | |
Libro: | |
Folio: | |
Finca Registral nº: | |
Inscripción: |
Se acompaña NOTA SIMPLE del Registro de la Propiedad acreditativa de los extremos expuestos
Cargas y Ocupantes:
LA FINCA se encuentra libre de cargas y gravámenes y al corriente del pago de cualesquiera tasas, contribuciones, impuestos, suministros y gastos de comunidad.
La finca está calificada como suelo urbano.
CARACTERÍSTICAS Y ESTADO DEL ESPACIO
El ESPACIO cedido en arrendamiento por EL ARRENDADOR a VODAFONE se encuentra libre de arrendatarios y ocupantes, y está situado en:
Calle: | ||||
Localidad/Municipio: | ||||
Provincia: | ||||
Definición arrendado | genérica | del | espacio | P.ej: parte XX de la azotea / cuarto interior / trastero nº xx / derechos de paso por patio interior, etc... |
Estando EL ARRENDADOR interesado en arrendarlo a VODAFONE.
• Descripción de la concreta ubicación y características del ESPACIO arrendado
(Opcional: indicada también en el plano que se acompaña):
