RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO DE MERITOS, PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL EN EL MARCO DE UNA LINEA DE INVESTIGACION, MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO...
RESOLUCIÓN DEL RECTOR DE LA UNIVERSITAT POLITÈCNICA DE VALÈNCIA POR LA QUE SE CONVOCA PROCESO DE SELECCIÓN, MEDIANTE CONCURSO DE MERITOS, PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL EN EL MARCO DE UNA LINEA DE INVESTIGACION, MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO INDEFINIDO PARA LA REALIZACION DE ACTIVIDADES CIENTIFICO–TECNICAS.
Esta convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público utilizándose un lenguaje inclusivo en la redacción de la misma, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 ▇▇ ▇▇▇▇▇, para la Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres.
Siendo necesario proceder a la contratación laboral para la realización de actividades científico técnicas en el marco de una línea de investigación, de acuerdo con los datos que se especifican en el Anexo I de la presente convocatoria, este Rectorado abre proceso de selección de acuerdo con las siguientes bases:
PRIMERA. REQUISITOS GENERALES DE LAS PERSONAS CANDIDATAS.
Las personas candidatas deberán cumplir los siguientes requisitos generales además de los específicos, en su caso, que figuran en el Anexo I, y que deberán ser acreditados en el momento de la formalización del contrato:
1.1. Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, o ser nacional de los estados miembros de la Unión Europea, los cónyuges de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes, y a los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de esa edad dependientes.
Asimismo, se extiende igualmente a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y a los extranjeros con residencia legal en España.
Los extranjeros nacionales de países no incluidos en los supuestos anteriores, aunque no residan en España, siempre que posean la titulación exigida. En estos casos la contratación se condicionará a la obtención de los permisos exigidos en la normativa sobre extranjería.
1.2. Edad. Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
1.3. Titulación. Estar en posesión del título que consta en el anexo I, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o equivalencia, o de la credencial de reconocimiento de cualificación profesional.
No serán válidas las titulaciones extranjeras que hayan obtenido una resolución de homologación condicionada a la realización de créditos adicionales.
Con carácter excepcional, en el caso de las personas aspirantes que estén en posesión de titulaciones obtenidas en los países de la Unión Europea, será válida la justificación de haber tramitado la solicitud de homologación o equivalencia del título extranjero ante el órgano competente, aunque no tengan todavía la resolución de homologación o equivalencia definitiva. En caso de que no sea homologada o declarada equivalente se rescindirá el contrato.
1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la categoría a la que aspira. No padecer enfermedad ni estar afectada la persona por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones inherente al puesto convocado.
1.5. Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleados o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
1.6. Las condiciones para ser admitido a las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
SEGUNDA. SOLICITUDES.
2.1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán exclusivamente por vía electrónica, salvo el supuesto contemplado en el apartado 2.2, accediendo al formulario “Solicitud de admisión a pruebas selectivas en la UPV (PTGAS/PI)” disponible en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València en la siguiente dirección web ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇.
Para el acceso a dicho formulario se requiere la identificación electrónica de la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 3/2017, para lo cual será necesario disponer de alguno de los sistemas de identificación electrónica descritos en el anexo.
Para completar el proceso de solicitud, deberá realizar los siguientes trámites dentro del plazo estipulado:
a) Identificarse electrónicamente en la sede electrónica.
b) Acceder y cumplimentar el formulario electrónico de solicitud.
c) Pagar la tasa que procesa, bien por medios electrónicos o mediante recibo bancario.
d) Registrar electrónicamente la solicitud.
El proceso de presentación de solicitudes de admisión a las pruebas selectivas, a través de esta vía electrónica, lleva incorporado el procedimiento del pago de las tasas correspondientes; por ello el pago de las tasas no deberá realizarse por ninguna otra vía, salvo en los casos excepcionales contemplados en el apartado de “excepcionalidad técnica” para los que se establece el procedimiento de pago recogido en el propio apartado.
No serán admitidas y quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, habiendo abonado la tasa, no hayan registrado la solicitud electrónicamente, sin perjuicio de lo que se indica en el apartado siguiente.
Excepcionalidad técnica.
Cuando por motivos técnicos excepcionales atribuibles a la Universitat Politècnica de València, no sea posible completar los pasos anteriores por medios electrónicos durante un periodo prolongado dentro del plazo estipulado, las personas interesadas podrán presentar su solicitud por medios no electrónicos.
Para completar el proceso de solicitud en circunstancias de excepcionalidad técnica, deberá realizar los siguientes trámites dentro del plazo estipulado:
a) Descargar e imprimir un modelo de solicitud en blanco accesible en la siguiente dirección web: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇
b) Cumplimentar dicho modelo y firmarlo de forma manuscrita.
c) Pagar la tasa correspondiente, mediante recibo bancario.
d) Registrar presencialmente la solicitud y el recibo bancario, validado a través de certificación mecánica por entidad bancaria, en cualquiera de las formas recogidas en el punto 2.2.
No serán admitidas y quedarán excluidas del proceso selectivo aquellas personas que, no concurriendo circunstancias de excepcionalidad técnica demostrables, hayan registrado presencialmente su solicitud mediante el proceso antes descrito.
2.2. Las personas aspirantes de nacionalidad extranjera que no dispongan de alguno de los sistemas de identificación electrónica descritos en el anexo II de estas bases, según el artículo 14 del Decreto 3/201, podrán efectuar la presentación de solicitudes de acuerdo con el procedimiento establecido para los supuestos de excepcionalidad técnica, debiendo presentar sus solicitudes a través del Registro General de la Universitat Politècnica de València, sito en el edificio 3F, planta baja, junto a Rectorado, Camino ▇▇ ▇▇▇▇ s/n, CP 46071 de Valencia; en el registro de la Escuela Politécnica Superior de Alcoi sito en la plaza ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ s/n, de Alcoi; en el registro de la Escuela Politécnica Superior ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ sito en la ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇ ▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.
Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 2.7, a través de las representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.
La tasa para la admisión a este proceso selectivo, especificada en el anexo de cada contratación, se ingresará en la cuenta corriente número ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇ - Derechos de examen - de Caixabank, mediante ingreso o transferencia. El interesado adjuntará a la solicitud el comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen. En ningún caso la mera presentación y pago supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en el párrafo anterior.
2.3. De conformidad con lo establecido en el artículo 18.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de la Generalitat, de tasas, están exentos del pago de la tasa:
a) Los contribuyentes que sean miembros de una familia numerosa de categoría especial o de una familia monoparental de categoría especial.
b) Las contribuyentes que sean víctimas de actos de violencia sobre la mujer que acrediten esta condición mediante cualquiera de los medios de prueba previstos en la normativa autonómica contra la violencia sobre la mujer en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
c) Los contribuyentes que sean personas con diversidad funcional, con un grado igual o superior al 33 por ciento.
d) Los contribuyentes que estén en situación de exclusión social y ésta se acredite por el órgano competente en materia de bienestar social del ayuntamiento de residencia.
Los aspirantes que estén exentos del pago de la tasa deberán acompañar a la solicitud la documentación acreditativa de tal condición; ésta deberá adjuntarse en la solapa correspondiente a la documentación de “otros requisitos” del apartado de “documentación” de la solicitud,
2.4. La falta de justificación del abono de los derechos de participación o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.
2.5. En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
2.6. Tan sólo procederá la devolución de tasas, cuando éstas se hayan ingresado antes de la realización del proceso selectivo y éste, por causas imputables a la administración, no se haya realizado.
2.7. El plazo de presentación de solicitudes será ▇▇ ▇▇▇▇ días hábiles contados a partir del siguiente día al de la publicación de esta convocatoria en la web de la Vicegerencia de Recursos Humanos y Estructura Organizativa de esta Universitat (en adelante web), cuya dirección es ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇ (Convocatorias de selección de Personal de Investigación). Asimismo, la convocatoria se publicará en la sede electrónica de esta Universitat Politècnica: ▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇ (apartado anuncios).
2.8. Una vez finalizado este plazo, se publicará en la web la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso de selección, concediendo un plazo de cinco días hábiles para la subsanación de errores, contados desde el día siguiente de su publicación. En el supuesto de que todas las personas aspirantes resulten admitidas, las listas tendrán el carácter de definitivas.
Concluido el plazo indicado anteriormente, se publicará en la web la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
2.9. Las publicaciones que se tomarán como referencia a los efectos del cómputo de plazos serán las que se efectúen en la web de la Vicegerencia de Recursos Humanos y Estructura Organizativa.
TERCERA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
3.1. Para ser admitidas y, en su caso, tomar parte en el proceso de selección, las personas candidatas han de reunir los requisitos de participación establecidos en las presentes bases.
No será necesario que los documentos justificativos de su cumplimiento se adjunten en este momento del procedimiento, siendo suficiente la declaración responsable de la persona interesada, sobre la autenticidad de su cumplimiento referidos a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, debiendo acreditarlos posteriormente, en el caso de que fueran seleccionadas.
Las personas aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
⎯ Modelo de solicitud oficial, publicado en la web. (Este documento únicamente se requerirá en los casos previstos para la “excepcionalidad técnica” y los previstos en el apartado 2.2.)
⎯ Resguardo justificativo de haber abonado las tasas correspondientes. (Este documento únicamente se requerirá en los casos previstos para la “excepcionalidad técnica” y los previstos en el apartado 2.2.)
⎯ Currículum en el que consten los méritos alegados por el interesado por el orden que figuran en el baremo. Para poderse valorar, todos los méritos que se hagan constar, deberán acompañarse de la correspondiente documentación justificativa.
⎯ Declaración responsable, que figura en la instancia conforme al modelo oficial, en la que manifiestan que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. (Este documento únicamente se requerirá en los casos previstos para la “excepcionalidad técnica” y los previstos en el apartado 2.2.)
3.2. La comisión de selección no valorará aquellos méritos que no figuren entre los declarados, que no se encuentren suficientemente acreditados documentalmente y no hayan sido objeto de subsanación, ni los méritos alegados fuera de plazo.
3.3. Las personas aspirantes son responsables de la veracidad de todos los datos que hagan constar en la solicitud y en la documentación aportada, pudiendo exigírseles la responsabilidad correspondiente en caso de falsedad de los mismos y sin perjuicio, en su caso, de su exclusión del proceso selectivo.
CUARTA. COMISIÓN DE SELECCIÓN.
4.1. Para la selección de las personas candidatas se nombrará, a propuesta del investigador principal, una comisión de selección formada por los siguientes miembros nombrados por el Rector: un presidente, dos vocales, todos ellos funcionarios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ o personal laboral fijo y un secretario. El secretario actuará con voz pero sin voto.
En el nombramiento de la comisión de selección figurarán tanto los miembros titulares como los suplentes.
4.2. El procedimiento de actuación de la comisión de selección se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los miembros de la comisión de selección deberán abstenerse y podrán ser recusados por los interesados cuando concurran en ellos alguna circunstancia de las previstas en el artículo 23 de la citada Ley.
4.3. A efectos de anuncios y emplazamientos la comisión de selección tendrá su sede en el edificio de Rectorado de la Universitat Politècnica de València, Camino ▇▇ ▇▇▇▇, s/n., Valencia.
QUINTA. PROCESO DE SELECCIÓN.
5.1. Concurso de méritos.
El proceso de selección consistirá en la valoración de los méritos declarados de las personas aspirantes admitidas, y se efectuará de acuerdo con el baremo que se establece a continuación. Solamente se valorarán aquellos méritos cuya fecha de obtención no sea posterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Por la comisión de selección se establecerá y hará pública la puntuación mínima necesaria para superar el proceso de selección.
BAREMO
1) Experiencia profesional:
Se valorará la experiencia profesional contractual en puestos de trabajo con funciones similares a las del puesto ofertado, a razón de 1 punto por año, valorándose las fracciones de manera proporcional, hasta un máximo de 5 puntos y considerando como máximo 5 años, continuados o con interrupción, valorándose a tal efecto aquella experiencia con mayor puntuación.
2) Titulaciones académicas:
Se valorarán las titulaciones académicas acreditadas por los concursantes que sean superiores a la exigida en la convocatoria, conforme a la siguiente escala:
Para puestos del Grupo A | Título de Doctor | 1 punto |
Para puestos del Grupo B | Título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente | 1 punto |
Para puestos del Grupo C | Título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalente | 0.75 puntos |
Para puestos del Grupo D | Bachiller, Técnico de Formación Profesional o equivalente | 0.75 puntos |
Para los grupos A, B y C se valorará, además, la posesión de otras titulaciones de igual o superior rango a las requeridas, en áreas directamente relacionadas con las funciones del puesto, hasta un máximo de 1 punto.
No se valorarán como mérito aquellas titulaciones que sean imprescindibles para la consecución de otras de nivel superior.
3) Cursos de formación:
Se valorarán hasta un máximo de 3 puntos los cursos de formación y perfeccionamiento recibidos que estén relacionados directamente con las funciones del puesto de trabajo objeto de la presente convocatoria:
Cursos de carácter general o sectorial, se valorarán hasta un máximo de 1 punto, los cursos de formación y perfeccionamiento, impartidos por centros oficialmente reconocidos, que tengan relación indirecta con las funciones del puesto de trabajo convocado, con arreglo a la siguiente escala, y por cada curso de formación:
• De 101 ó más horas: 1.00 puntos
• De 76 a 100 horas: 0.75 puntos
• De 51 a 75 horas: 0.50 puntos
• De 26 a 50 horas: 0.25 puntos
• De 15 a 25 horas: 0.10 puntos
Cursos de formación específicos, se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, los cursos de formación y perfeccionamiento de carácter específico, impartidos por centros oficialmente reconocidos, que tengan relación directa con las funciones del puesto de trabajo convocado, con arreglo a la siguiente escala, y por cada curso de formación:
• De 101 ó más horas: 2.00 puntos
• De 76 a 100 horas: 1.50 puntos
• De 51 a 75 horas: 1.00 puntos
• De 26 a 50 horas: 0.50 puntos
• De 15 a 25 horas: 0.20 puntos
4) Conocimientos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇:
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, siempre que se acredite estar en posesión del pertinente certificado u homologación expedido por el Servicio de Promoción y Normalización Lingüística de la Universitat Politècnica de València o de un certificado equivalente según los criterios de equivalencias de títulos, diplomas y certificados de conocimientos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ de la Universitat Politècnica de València que incluyen, entre otros, los certificados expedidos por la Junta Qualificadora de Coneixements del Valencià o por las universidades públicas valencianas, con arreglo a la siguiente escala, valorándose en caso de estar en posesión de dos niveles, únicamente el de mayor nivel:
• Coneixements Orals (A2): 0.5 puntos
• ▇▇▇▇ Elemental (B1): 1.0 puntos
• ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ (C1): 1.5 puntos
• ▇▇▇▇ Superior (C2) 2.0 puntos
Para aquellos puestos que pertenezcan al grupo D, se valorará como máximo el nivel elemental con la puntuación anteriormente indicada.
Para aquellos puestos que pertenezcan al grupo C, se valorará como máximo el mitjà con la puntuación anteriormente indicada.
En aquellos puestos en que figure como requisito específico para su provisión un determinado nivel de conocimiento ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇, únicamente serán considerados los superiores a éste.
El cuadro en términos generales de equivalencias de estas certificaciones se encuentra publicado en la web de la Vicegerencia de Recursos Humanos y Estructura Organizativa, pudiéndose acceder a través del siguiente enlace: ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇.
5) Conocimiento de idiomas comunitarios:
Se valorará hasta un máximo de 1 punto; se reconocerán como acreditados de la capacitación lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras, los títulos, diplomas y certificados expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades españolas acreditadas por la Asociación Española de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística, pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇- centro/normativa
Para la valoración de los idiomas comunitarios, en ningún caso se considerarán los cursos superados de idiomas incluidos en los planes de estudios ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ elemental, graduado escolar, formación profesional, bachiller superior y de estudios universitarios de cualquier nivel.
Las equivalencias de estudios establecidas de acuerdo con la legislación actual, con respecto a los niveles de certificación de competencia lingüística, se pueden consultar en el siguiente enlace: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇-▇▇▇▇▇-▇▇▇▇
Todos aquellos certificados susceptibles de equivalencia, deberán ser tramitados por la persona interesada, antes de la finalización del plazo de presentación de instancias de esta convocatoria.
En aquellos puestos en que figure como requisito específico para su provisión un determinado nivel de conocimiento de alguno de los idiomas de los países de la Unión Europea únicamente serán considerados los superiores a éste.
6) Otros méritos:
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, de la siguiente forma:
a) Se valorarán hasta un máximo de 2 puntos, las becas y publicaciones realizadas y que tengan una relación directa con las funciones del puesto de trabajo.
b) Por otro lado, y para los grupos A y B, se valorarán las asignaturas de enseñanza reglada superadas, de titulaciones de grado superior a la exigida en la convocatoria, y que guarden relación directa con las funciones del puesto de trabajo, hasta un máximo de 0.75 puntos.
5.2. Entrevista personal.
La comisión de selección podrá acordar la realización de una entrevista personal, que únicamente servirá para contrastar los méritos aportados por los aspirantes, y por ello no será objeto de valoración específica.
Para la realización de la entrevista personal, la comisión de selección podrá optar por realizar la convocatoria, con carácter general, a todos los aspirantes admitidos en el proceso selectivo, o bien únicamente a los aspirantes que obtengan la puntuación mínima para superar el proceso selectivo acordada por la comisión de selección. A tal efecto la comisión de selección hará pública la fecha, hora y lugar de celebración de la entrevista. En todo caso se deberá convocar a los aspirantes con un mínimo de 24 horas de antelación.
La celebración de la entrevista podrá realizarse de forma presencial o a través de medios de videoconferencia que permitan garantizar la identidad y las intervenciones de las personas participantes. A estos efectos, la comisión de selección adoptará las medidas necesarias para garantizar la publicidad, identidad e intervenciones de las personas participantes.
En caso de realizarse por medios telemáticos, la comisión de selección acordará y notificará a los interesados, con antelación suficiente, los medios telemáticos mediante los que se llevará, habiéndose asegurado previamente de manera fehaciente de que todos los interesados disponen de los medios técnicos suficientes para permitir su participación. Asimismo, al tratarse de un acto de carácter público, se debe garantizar que todos los aspirantes convocados tengan acceso a conectarse telemáticamente a la entrevista que realicen el resto de los candidatos.
Cuando la comisión de selección lo estime conveniente la entrevista podrá ser grabada. En este caso se deberá informar a los candidatos de que el acto será grabado.
5.3. Finalizadas las valoraciones, y en su caso realizada la entrevista personal, la comisión de selección publicará en la web la calificación de las puntuaciones provisionales obtenidas por los aspirantes aprobados. Se concederá un plazo de dos días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación, para que los interesados formulen las reclamaciones que estimen pertinentes en relación a su puntuación.
La valoración provisional de los méritos, en caso de acordarse por la comisión de selección la realización de entrevista personal, siempre se hará pública tras la realización de la misma.
Si todos los aspirantes afectados están conformes con las valoraciones obtenidas, podrán presentar su renuncia expresa al plazo de reclamaciones indicado anteriormente, por escrito y a través de la dirección de correo electrónico que la comisión de selección indique en sus anuncios.
5.4. Resultado final. Resueltas las posibles alegaciones por la comisión de selección y de acuerdo con la puntuación total obtenida, la comisión de selección conformará una relación de los aspirantes seleccionados por orden de puntuación obtenido según ▇▇▇▇▇▇, proponiendo a los candidatos seleccionados para su contratación. El anuncio de la comisión de selección con el resultado final del proceso de selección se publicará en la web, así como en la sede electrónica de esta Universitat.
5.5. Los casos de empate en la puntuación final de los aspirantes se dirimirán atendiendo, en primer lugar, a la mayor puntuación obtenida en el apartado de experiencia profesional; si éste persistiese, se adjudicaría el contrato al de mayor puntuación obtenida en los apartados del baremo por el orden prefijado y, si aun así continuase, se realizará mediante sorteo público entre los aspirantes empatados, siendo convocados éstos a tal efecto.
5.6. Con los aspirantes no seleccionados y que hayan superado el proceso de selección, se constituirá un turno de reserva al que se podrá recurrir para sustituir al aspirante seleccionado en caso de renuncia o ausencia temporal, o para cubrir nuevas necesidades de la misma línea de investigación, siendo llamados según orden de puntuación.
SEXTA. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS.
6.1. Finalizado el proceso selectivo derivado de esta convocatoria, se formalizará el contrato con el aspirante que lo hubiera superado y que haya acreditado cumplir los requisitos exigidos en la misma. El contrato se formalizará por escrito.
La modalidad de contratación será la que se determine en la convocatoria de contratación ofertada. La fecha de inicio vendrá fijada en el anexo de la convocatoria, en función de las necesidades de la actividad y siempre que sea viable administrativamente.
6.2. Para la formalización del contrato, los candidatos seleccionados deberán presentar en el Servicio de Gestión de Personal de Investigación de esta Universitat los siguientes documentos:
a) Si ostenta nacionalidad española, copia electrónica o fotocopia del Documento Nacional de Identidad, junto con el original para su cotejo. Los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, copia electrónica o fotocopia del NIE así como del pasaporte o documento válido acreditativo de su nacionalidad, junto con el original para su cotejo.
Los extranjeros nacionales de países no incluidos en los supuestos anteriores, copia electrónica o fotocopia del pasaporte o documento válido acreditativo de su nacionalidad y resolución de autorización de trabajo, junto con original para su cotejo.
b) Original y fotocopia, para su cotejo, o copia electrónica o fotocopia compulsada del título académico exigido en la presente convocatoria, o en su defecto, certificación académica oficial que acredite haber realizado todos los estudios equivalentes para su obtención, En el caso de haber sido obtenida en el extranjero, titulación y credencial que acredite su homologación o equivalencia, de acuerdo con lo establecido en las bases de convocatoria.
c) Original y fotocopia, para su cotejo, o copia electrónica o fotocopia compulsada de los documentos acreditativos de los requisitos o especialidades en el caso de que figuren en la convocatoria.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado o inhabilitada para el ejercicio de las funciones públicas. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública.
e) Certificado médico oficial que acredite poseer la compatibilidad funcional del aspirante informando el poseer la capacidad físico-psíquica para el desempeño de las tareas relacionadas con el puesto de trabajo por el que se opta.
En el caso de que tenga la condición de personal de la Universitat Politècnica de València, deberá aportar certificado de vigilancia del estado de salud del último reconocimiento médico realizado en dicha Universitat, vigente a fecha de formalización del contrato; en caso contrario deberá aportar el certificado médico oficial indicado en el párrafo anterior.
f) Las personas aspirantes con diversidad funcional, deberán presentar original y fotocopia, para su cotejo, o copia electrónica o fotocopia compulsada de certificación de la Conselleria correspondiente u órganos competentes de otras administraciones públicas, que acredite discapacidad igual o superior al 33%, así como su capacidad para desempeñar las funciones relacionadas con el puesto de trabajo ofertado.
6.3. Los aspirantes seleccionados que no presentasen la documentación acreditativa o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán formalizar la contratación laboral ofertada, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
6.4. Si el candidato está desempeñando otro puesto de trabajo o actividad, bien en el sector público bien en el sector privado no podrá incorporarse hasta que no se haya autorizado o reconocido la compatibilidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 53/1984, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Publicas.
SÈPTIMA. FINALIZACION DEL CONTRATO
7.1. Los “contratos indefinidos de actividades científico-técnicas”, se realizan en el marco de las líneas de investigación vinculándose expresamente su vigencia y continuidad al programa/proyecto de investigación que financia la actividad que lo sustenta.
7.2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.bis de la Ley 14/2011, de 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, las causas de extinción del contrato de trabajo son las previstas en el artículo 49 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y normas de desarrollo y concordantes.
7.3..Seran causas objetivas de la extinción del contrato las previstas en el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, con especial mención a su letra e), que especifica como causa objetiva la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del contrato, abonándose en tal caso una indemnización de veinte días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades.
OCTAVA. RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES.
El desempeño de este puesto de trabajo quedará sometido a la legislación vigente en materia de incompatibilidades.
NOVENA. INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
La Universitat Politècnica de València (UPV), con domicilio en ▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ ▇/▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, es la responsable del tratamiento de la información y de los datos personales.
La finalidad del tratamiento, a través de las diferentes unidades de gestión y órganos colegiados de la UPV, es la gestión de los procesos selectivos de concurrencia competitiva y el cumplimiento de las obligaciones de transparencia, acceso a la información y publicidad activa.
La conservación de los datos se prolongará durante el tiempo necesario para la finalidad, y el cumplimiento de las previsiones legales. Los datos podrán ser objeto de cesión a otras Administraciones Públicas o transferencias internacionales de datos, para lo que la UPV ha adoptado las medidas de garantía y protección de un nivel adecuado a lo previsto por el Reglamento General de Protección de Datos (UE/2016/679).
El ejercicio del derecho de acceso, rectificación, supresión, oposición o limitación al tratamiento o de portabilidad de los datos puede realizarse mediante comunicación a la Delegación de Protección de Datos de la UPV por el correo electrónico: ▇▇▇@▇▇▇.▇▇
Se puede contactar con la Delegación de Protección de Datos de la UPV a través del correo electrónico ▇▇▇@▇▇▇.▇▇. En su caso, puede presentarse una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇).
DÈCIMA. RECURSOS.
Contra los acuerdos de la comisión de selección, que no ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra la presente convocatoria y sus bases, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo correspondiente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación. Asimismo, con carácter potestativo, podrán interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 112, 114, 115, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8, 14.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otro recurso que para su derecho estime conveniente.
En Valencia, a la fecha de la firma. El Rector. ▇▇▇▇ ▇. ▇▇▇▇▇▇▇ Romá
A N E X O I
CARACTERÍSTICAS Y REQUISITOS DEL CONTRATO DE TRABAJO OFERTADO
CÓDIGO DE LA CONVOCATORIA: | C20201 |
NUMERO DE PUESTOS OFERTADOS: | 1 |
TASAS: | 15,29 euros |
CATEGORÍA PROFESIONAL: | técnico superior |
TITULACIÓN ACADÉMICA REQUERIDA: | Grado en Ingeniería de Tecnologías y Servicios de Telecomunicación o titulación equivalente |
DATOS DE LA ACTIVIDAD DE INVESTIGACIÓN:
RESPONSABLE CIENTÍFICO: | ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ |
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: | Comunicaciones Móviles 2030: Desarrollo de tecnologías habilitantes para la evolución de las redes móviles e inalámbricas hacia la 6G |
PROYECTO/S DE INVESTIGACIÓN EN EL QUE SE DESARROLLARÁN LAS TAREAS:
PROYECTO | ENTIDAD FINANCIADORA | PLAN/PROGRAMA |
UPV-Huawei Wireless Joint Innovation Center - Framework Agreement | Huawei Technologies Duesseldorf GmbH |
DATOS DEL CONTRATO:
CENTRO DE DESTINO: | I.U.I. de Telecomunicación y Aplicaciones Multimedia |
LOCALIDAD: | Valencia |
RETRIBUCIÓN MENSUAL BRUTA: | 1.800 € |
PAGAS EXTRAORDINARIAS: | Dos de 1.800 €/mes prorrateadas según tiempo de servicios prestados. |
DEDICACIÓN: | Completa |
HORAS SEMANALES: | 37.5 horas |
JORNADA: | Mañana y tarde |
TIPO DE CONTRATO | Indefinido de actividades científico-técnicas |
DURACIÓN | INDEFINIDA |
FECHA DE INICIO PREVISTA PERÍODO DE FINANCIACIÓN | 1 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2025 De 1 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2025 a 20 de noviembre de 2025 El período inicial previsto de financiación podrá ser objeto de modificaciones que supongan la continuidad de la actividad/proyecto así como nuevos proyectos de investigación vinculados a la actividad. No obstante dado que la financiación del contrato se nutre de los ingresos externos de carácter finalista o fondo financiador vinculados a los proyectos/programas relacionados, este contrato finalizara en todo caso por la insuficiencia de la dotación económica de la correspondiente consignación para el mantenimiento del contrato, o bien por concurrir algunas de las causas legalmente procedentes de acuerdo con lo dispuesto en las bases de la convocatoria. |
CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIA A VALORAR:
De acuerdo con el baremo establecido en la convocatoria, se valorará:
1) Experiencia profesional contractual en puestos de trabajo con funciones similares a las del puesto de trabajo ofertado
2) Titulaciones académicas
3) Cursos de formación relacionados con las funciones del puesto de trabajo ofertado
4) Conocimientos ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇
5) Conocimientos de idiomas comunitarios
6) Otros méritos
TAREAS/FUNCIONES PRINCIPALES A REALIZAR:
- Revisión de propiedades dieléctricas reportadas en la literatura de materiales líquidos y sólidos para la realización de medidas de exposición electromagnética para redes 5G/6G, en diferentes entornos.
- Desarrollo de materiales líquidos en banda milimétrica que repliquen las propiedades dieléctricas del cuerpo humano.
- Medida mediante sonda coaxial abierto y analizador de redes vectorial de altas prestaciones de las propiedades dieléctricas en banda ancha (hasta 67 GHz) de los materiales líquidos y sólidos.
- Evaluación de la exposición humana hasta 67 GHz a ondas electromagnéticas en los materiales desarrollados, extracción de conclusiones y propuestas de mejora.
- Revisión del estado del arte de materiales líquidos y sólidos con propiedades dieléctricas variables y configurables mediante la aplicación de estímulos externos, para su uso en banda milimétrica de comunicaciones 5G/6G.
- Propuesta y fabricación de materiales reconfigurables, que puedan trabajar en todas las bandas de comunicaciones de los futuros sistemas 5G/6G.
- Y cualquier otra tarea que pueda surgir en la ejecución de la actividad de investigación.
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Presidente Titular: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇; Catedrático de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
Presidente Suplente: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; Catedrática de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
Vocales Titulares: ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ DEL RIO, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇; Catedrático de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇; Catedrático de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
Vocales Suplentes: ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇; Profesor Titular de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇, ▇▇▇; Catedrática de Universidad del Dpto. de Comunicaciones de la Universitat Politècnica de València.
Secretario Titular: ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇ ▇▇▇▇▇; Técnico Superior del I.U.I. de Telecomunicación y Aplicaciones Multimedia de la Universitat Politècnica de València, que actuará con voz pero sin voto.
Secretario Suplente: ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇; Técnico Superior del I.U.I. de Telecomunicación y Aplicaciones Multimedia de la Universitat Politècnica de València, que actuará con voz pero sin voto.
ANEXO II
Sistemas de identificación y firma
Para cumplimentar su solicitud debe identificarse electrónicamente mediante cualquiera de los sistemas de identificación y firma aceptados en la Sede electrónica de la Universitat Politècnica de València, que figuran detallados en la siguiente dirección web:
▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇_▇▇▇▇▇▇▇/?▇▇▇▇▇▇▇▇▇_▇▇#/▇▇▇▇▇▇▇/▇▇/▇▇▇
A continuación, se detallan las características principales de cada uno de ellos:
- Cl@ve-Identificación (sistema recomendado):
Es la plataforma común del Sector Público Administrativo Estatal para la identificación y autenticación electrónicas mediante el uso de claves concertadas, abierta a su utilización por parte de todas las Administraciones Públicas.
Proporciona distintos sistemas de identificación electrónica, entre ellos: DNI electrónico, certificados electrónicos de Autoridades de Certificación reconocidas en España, sistema de clave permanente promovido por la GISS, sistema de clave temporal PIN24H promovido por la AEAT o nodo EIDAS (reconocimiento de certificados transfronterizos emitidos por Autoridades de Certificación de otros países en el entorno de la UE).
Debido a su mejor usabilidad, se recomienda como sistema preferente el uso el sistema basado en la clave permanente promovido por la GISS. Este sistema está orientado a accesos habituales a distintos organismos. Para usar este sistema, únicamente se necesita haber obtenido previamente la credencial electrónica de identificación mediante alguno de los procedimientos previstos. Para ello deberás registrarte en el sistema bien de forma presencial, en alguna de las oficinas de registro adheridas al sistema, o bien por internet, si ya dispones de un certificado electrónico reconocido vigente. Si eres miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politécnica de València dispone de un punto de registro de Cl@ve.
Más información: ▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇
- Certificados electrónicos:
Certificados electrónicos para persona física emitidos por distintas Autoridades de Certificación reconocidas en España. Todos ellos requieren de un proceso de acreditación personal previo en alguno de los puntos de registro asociados a la Autoridad de Certificación que lo emite (FNMT, ACCV, Camerfirma, etc…).
Si es miembro de la comunidad universitaria, la Universitat Politècnica de València dispone de un punto de registro asociado a la ACCV (Agencia de Tecnología y Certificación Electrónica de la Generalitat Valenciana.
Más información: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇/
- DNI electrónico (DNIe):
Tal y como recoge la Declaración de Prácticas de Certificación del DNI, los certificados electrónicos podrán utilizarse:
Como medio de Autenticación de la Identidad, el Certificado de Autenticación (Digital Signature) asegura al titular, en la comunicación electrónica, acreditar su identidad frente a cualquiera.
Como medio de firma electrónica de documentos, mediante la utilización del Certificado de Firma (non Repudition), el receptor de un mensaje firmado electrónicamente puede verificar la autenticidad de esa firma, pudiendo de esta forma demostrar la identidad del firmante sin que este pueda repudiarlo.
Como medio de certificación de Integridad de un documento, permite comprobar que el documento no ha sido modificado por ningún agente externo a la comunicación.
Más información: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/
- Cuenta de usuario UPVNet:
Sistema de identificación personal basado en clave concertada (usuario y contraseña) proporcionado a todos los miembros de la comunidad universitaria.
Más información: ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇
Firmado por***8293** ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ en representación de Q4618002B - UNIVERSIDAD POLITECNICA DE VALENCIA - Cargo: Rector - 13/03/2025 12:25:38
