INICIAN DIVORCIO PRESENTACION CONJUNTA.
INICIAN DIVORCIO PRESENTACION CONJUNTA.
Señor ▇▇▇▇:
…, DNI …, con domicilio en … de esta ciudad, con patrocinio letrado GRATUITO de …., abogado, inscripto al Tº …. Fº ….del CAMDP, Legajo Provisional Nº ….., Monotributista, CUIT e IB …. en su carácter de LETRADO DESIGNADO por el CONSULTORIO JURIDICO GRATUITO DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇, (encontrándose exento de abonar ▇▇▇▇ ley 8480 y anticipo de aportes previsionales ▇▇ ▇▇▇ 10268), constituyendo el domicilio procesal en …. de ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ y con el electrónico …@▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I. Objeto
Que venimos en los términos de los arts. 435, 437, 438 y concs. del Código Civil y Comercial de la Nación a solicitar se decrete nuestro divorcio.-
II. Competencia
La misma resulta en razón de que el último domicilio conyugal fué el sito en … (Arg. Arts. 5 incs. 3, 827 incs. a del CPCC.)
III. Hechos:
Que el día … contrajimos enlace matrimonial como se acredita con la Partida de Matrimonio que se adjunta al presente escrito.
De dicha unión nacieron …. con fecha ….., tal como acredita con los certificados de nacimiento que se acompañan a la presente quedando debidamente acreditados los vínculos.
Que debido a diferentes circunstancias se hizo imposible la convivencia, existiendo causas que tornaron imposible la vida en común. Es por ello que en virtud de que la ley actual me exime de exponer dichas causales, se torna innecesarias su exposición quedando dentro del ámbito privado, haciendo reserva de las mismas.
En razón de lo expuesto precedentemente, solicitamos se decrete nuestro Divorcio por la voluntad conjunta de quienes suscriben conforme lo faculta el art. 437 del Código Civil, con los efectos de los art.. 439/445 del C. C. y C. N.-
III. PROPUESTA DE CONVENIO REGULADOR.
En orden a lo establecido por el art. 438 y 439 del CCyCN, hago saber a VS que en el caso que nos ocupa no se encuentran reunidos los presupuestos fácticos contemplados en la Sección 3ra, en consonancia con lo establecido en el Título I y en el Título VII de Libro segundo, Relaciones de Familia, del Código citado, razón por la que no se acompaña propuesta alguna.
V. Prueba
Se acompañamos la siguiente prueba documental:
1. Original y copia simple de la partida de matrimonio, con la anotación marginal del régimen patrimonial adoptado por las partes.
2. Original y copia de la partida de nacimiento.-
VII.- SOLICITA BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Que en la actualidad no poseo de recursos económicos suficientes para solventar los gastos que irrogue un proceso judicial. Por tal razón solicito se me otorgue el beneficio del litigar sin gastos previsto desde el art. 78 hasta el 86 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires.
A los fines probatorio adjunto Declaración Jurada suscripta por los testigos propuestos. Solicito, en base a ello, que V.S. me otorgue la franquicia en forma provisoria hasta que se resuelva su requerimiento en forma definitiva.
VI. Derecho
Se funda el derecho en los arts. 423, 431, 435, 436/438, 439, 441/442, 443, 444/446 y concs. del Código Civil y Comercial de la Nación, Arts. 5 incs. 3, 827 incs. a. y ccs. Del CPCC, doctrina y jurisprudencia aplicables.
VII. Petitorio
Por lo expuesto se solicita:
1) se nos tenga por presentados, por parte y constituido los domicilios procesales y electrónicos indicados.
2) Se tenga por presentada la solicitud de divorcio por voluntad Conjunta, conjuntamente con el convenio regulador y oportunamente se dicte sentencia de divorcio. (arg. art. 435 y ccs. del Código Civil y Comercial de la Nación).-
3) Previa certificación de las copias adjuntadas, se solicita el desglose de las partidas originales.
6) Una vez dictada sentencia, se libre oficio para la inscripción del divorcio en el Registro Civil que corresponda y se expidan testimonios de la sentencia a las partes con constancia de la inscripción efectuada.
7) Se homologue la propuesta de acuerdo enunciada.
8) Se impongan las costas por su orden causado.
Proveer de conformidad
SERÁ JUSTICIA
