REPÚBLICA DE COLOMBIA
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UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME
RESOLUCIÓN No. 000435 de 2023
05-06-2023
Radicado ORFEO: *20231140004355*
“Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 02-2023 “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del cuarto transformador 500/230 kV de 450 MVA en la Subestación Sogamoso”.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO ENERGÉTICA - UPME
En ejercicio de sus facultades legales, y especialmente las conferidas por el artículo 9 del Decreto 1258 de 2013, la Resolución MME 181315 de 2002, la Resolución 180925 de 2003 y
C O N S I D E R A N D O:
Que el Ministerio de Minas y Energía – MME, mediante la Resolución No. 181315 de 2 de diciembre de 2002, modificada por la Resolución No. 180925 del 15 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 2003, delegó en la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME, las gestiones administrativas necesarias para la selección, mediante convocatorias públicas, de los Inversionistas que acometan los proyectos definidos y aprobados en el Plan de Expansión de Transmisión del Sistema Interconectado Nacional – STN, en los términos del artículo 85 de la Ley 143 de 1994, así como el proceso de selección de la Interventoría que haga el seguimiento a la ejecución de estos proyectos.
Que, en virtud de la mencionada delegación, la Unidad de Planeación Minero Energética – UPME dio apertura a la Convocatoria Pública UPME 02-2023, en los términos establecidos en la Resolución CREG No. 022 de 2001 y sus modificaciones, con el objeto de llevar a cabo la selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del cuarto transformador 500/230 kV de 450 MVA en la Subestación Sogamoso.
Que el 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2023, la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME publicó oficialmente los Documentos de Selección del Inversionista -DSI y del Interventor (Anexo 3 de los DSI) para el proyecto objeto de la Convocatoria Pública UPME 02-2023.
Que el 17 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2023, fecha límite prevista en el cronograma de los Documentos de Selección del Inversionista - DSI para la presentación de ofertas para la selección del Interventor, se recibieron dos ofertas: Consorcio SMA-CU y Consultoría Colombiana S.A.
Que el Director General de la UPME, mediante memorando interno UPME No. 20231000013393 del 18 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2023, designó los integrantes del Comité Evaluador de las ofertas presentadas en el proceso de selección del Interventor de la Convocatoria UPME 02-2023.
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 02-2023 “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del cuarto transformador 500/230 kV de
450 MVA en la Subestación Sogamoso”.
Que el Comité Evaluador realizó la correspondiente evaluación de las ofertas presentadas por los oferentes del Consorcio SMA-CU y Consultoría Colombiana S.A., teniendo en cuenta los criterios definidos en el Anexo 3 de los Documentos de Selección del Inversionista – DSI (Términos de Referencia para la selección del Interventor).
Que mediante memorando interno UPME No. 20231530014723 de fecha 29 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2023, el Comité Evaluador presentó el Acta de Evaluación para la selección del Interventor de la Convocatoria Publica UPME 02-2023, en los siguientes términos:
“1. La oferta de CONSULTORÍA COLOMBIANA S.A fue rechazada por no haber acreditado la experiencia profesional mínima exigida para el profesional propuesto para el cargo de “Ingeniero electricista o eléctrico con experiencia en Diseño y/o Interventoría de Diseño de Subestaciones”, de acuerdo con lo establecido en el literal b), Numeral 11.1.3.2. del Anexo 3 de los DSI. Así como también, por no haber subsanado en debida forma los requerimientos, conforme la causal del literal l) del Numeral 11.4. del Anexo 3 de los DSI.
2. La oferta presentada por CONSORCIO SMA - CU, cumplió con los requisitos técnicos establecidos en los Términos de Referencia (Anexo 3) de los Documentos de Selección (DSI) de la Convocatoria Pública UPME 02-2023, obteniendo un puntaje igual o superior al 80% del máximo puntaje técnico posible, en consecuencia y tomando en consideración que no existió causal de rechazo de la oferta económica, se procedió a su evaluación económica, obteniendo el siguiente resultado:
OFERENTE | PUNTAJE ECONÓMICO | |
1 | CONSORCIO SMA - CU | 200 |
(…)”
Que el Acta de Evaluación de referencia fue publicada para observaciones en la sección de la Convocatoria Pública 02-2023, en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME, en el link ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇▇▇▇/▇▇▇▇-▇▇- 2023-Cuarto-Transformador-Sogamoso-500_230_KV.aspx
Que dentro del plazo para presentar observaciones al acta de evaluación para la selección del Interventor de la Convocatoria Pública UPME 02-2023, el cual se vencía el 31 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2023, no se recibieron observaciones.
Que, en consecuencia, la Dirección General de la Unidad de Planeación Minero Energética - UPME acoge el resultado del informe de evaluación presentado por el Comité Evaluador, en el cual se determina que la oferta presentada por el CONSORCIO SMA-CU cumple con los requisitos exigidos para realizar la Interventoría del proyecto objeto de la Convocatoria Pública UPME 02-2023.
Que en mérito de lo anterior,
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Continuación de la Resolución: “Por la cual se selecciona al consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 02-2023 “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del cuarto transformador 500/230 kV de
450 MVA en la Subestación Sogamoso”.
R E S U E L V E:
Artículo Primero. Selección del Interventor. Seleccionar al CONSORCIO SMA-CU, integrado por las sociedades ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Y ASOCIADOS INGENIEROS CONSULTORES S.A.S. con NIT No. 860.032.057-7 y ANDINA DE ENERGÍA S.A.S. con NIT
No. 901.380.787-5, como el Consultor que adquiere el derecho a suscribir el Contrato de Interventoría derivado de selección del interventor de la convocatoria pública UPME 02-2023, cuyo objeto es la “Selección de un inversionista y un interventor para el diseño, adquisición de los suministros, construcción, operación y mantenimiento del cuarto transformador 500/230 kV de 450 MVA en la Subestación Sogamoso.”
Parágrafo 1. El valor mensual del servicio de interventoría es de VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS PESOS ($24.755.700) antes de
IVA, vigente al momento de la prestación efectiva del servicio, según la oferta presentada.
Parágrafo 2. Esta selección queda sujeta a la condición suspensiva establecida en el numeral
7.10 del Anexo 3 de los Documentos de Selección del Inversionista -DSI de la Convocatoria Pública UPME 02-2023.
Artículo Segundo. Comunicación. Comunicar el presente acto administrativo al CONSORCIO SMA-CU y a CONSULTORÍA COLOMBIANA S.A. a través de la página web de la UPME, en la sección de la Convocatoria Pública UPME 02-2023.
Artículo Tercero. Publicación. Publicar la presente Resolución en la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME.
Artículo Cuarto. Recursos. Contra la presente Resolución no procede recurso alguno.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Bogotá, D.C., a 05-06-2023
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Director General
Elaboró: GIT Jurídico y Contractual UPME
Revisó: ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇.
