PLIEGO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL MENOR DE EXPLOTACIÓN TEMPORAL DE KIOSCO BAR EN PARAJE FUENTE DE LAS PIEDRAS DE CABRA
PLIEGO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL MENOR DE EXPLOTACIÓN TEMPORAL DE KIOSCO BAR EN PARAJE FUENTE DE LAS PIEDRAS ▇▇ ▇▇▇▇▇
1º.- El Ilustrísimo Ayuntamiento ▇▇ ▇▇▇▇▇ convoca licitación para la adjudicación del contrato administrativo especial menor de Kiosco Bar en Paraje Fuente de las Piedras ▇▇ ▇▇▇▇▇, cuya situación y características se indican en el plano que obra en el expediente.
2º.- El objeto del contrato es la instalación y explotación de establecimiento desmontable destinado a quiosco-bar-cafetería en la forma y condiciones que en el presente pliego se establecen.
3º.- A la vista del importe del contrato que asciende a 2.176,14 euros excluido I.V.A. el órgano competente para efectuar la presente contratación y tramitar el expediente, de conformidad con la Disposición Adicional Segunda del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, será el Alcalde.
Condiciones de la adjudicación:
4º.- La duración del contrato se extiende desde el día 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ hasta el 30 de septiembre de 2014 ambos inclusive.
5º.- La superficie que ocupará el kiosco desmontable es de 20 m2, pudiéndose instalar también 15 veladores.
6º.- El adjudicatario abonará al Ayuntamiento un precio de 2.176,14 euros que se fija en función de los siguientes parámetros: Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Aprovechamiento Especial de la Vía Pública con Mesas, Sillas, Puestos, Barracas, Quioscos, Casetas de venta, Botillería y Establecimientos Análogos y Andamios y Vallas, para el ejercicio 2014:
Vías 3ª. Categoría: Quioscos para la venta de bebidas alcohólicas, cafés, refrescos, etc. Por m/2 o fracción, al día ........ 0,631761 euros. (Desde el 1 ▇▇ ▇▇▇▇▇ hasta el 30 de septiembre: 122 días x 20 m/2: 1.541,49 euros.
Por la ocupación de mesas y sillas: Cuota temporada, ▇▇ ▇▇▇▇▇ a 30 de septiembre, por velador (1 mesa y 4 sillas) 42,31 euros. Por 15 veladores: 634,65 euros.
7º.- Queda prohibida la utilización de altavoces e instrumentos musicales desde las 0 hasta las 8 horas y desde las 15 a las 18 horas. La prohibición abarca a cualquier instrumento capaz de perturbar el descanso vecinal.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
Firmado por SR. ALCALDE ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ a fecha 21/5/2014
Código seguro verificación (CSV) B6CB 994B CB1C ECCA 2207
B6CB994BCB1CECCA2207
Resp1Aytos
▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇ - ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇) ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ Fax: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
8º.- El adjudicatario deberá tener en cuenta todas las normas sanitarias de aplicación para las actividades de esta naturaleza, así como otras obligaciones que sean de aplicación a estos establecimientos en cuanto a requisitos para la explotación de los mismos, y el cumplimiento de los horarios de apertura y cierre de estos.
9º.- Queda prohibida la elaboración de alimentos para cuya preparación sea necesario freir, asar o cocer, salvo que se tramite en este Ayuntamiento la correspondiente licencia para esta actividad.
10º.- El adjudicatario habrá de proveerse del correspondiente seguro de responsabilidad civil conforme a la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía y DECRETO 109/2005, de 26 ▇▇ ▇▇▇▇▇, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio en materia de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, que responda de la actividad a ejercer de explotación de la Barra-Bar.
11º.- Obligaciones del adjudicatario: El adjudicatario deberá aportar los utensilios y enseres que resulten necesarios.
Estará obligado a la limpieza diaria ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ teniendo en cuenta las normas sanitarias dictadas al efecto.
Los precios deberán ser expuestas con carácter permanente en lugar visible al público no pudiendo exceder el precio de la cantidad que figura en oferta presentada por el adjudicatario.
También deberá ser expuesto el teléfono y dirección para presentación de posibles reclamaciones.
La explotación se realiza a riesgo y ▇▇▇▇▇▇▇ del interesado sin que este pueda solicitar alteracion del precio o indenización por causas de perdidas averías o perjuicios ocasionados en la prestación del servicio.
12º.- El plazo de presentación de ofertas será de seis días naturales contados desde la publicación de anuncio en el perfil del contratante en la página web de este Ayuntamiento: ▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
13º.- Las ofertas deberán adjuntar la siguiente documentación:
- Oferta para instalación ▇▇ ▇▇▇▇▇ Bar en Paraje de las Fuente de las Piedras comprometiéndose al cumplimiento de las obligaciones establecidas en las presente bases.
- D.N.I. o escritura de constitución de la sociedad en su caso.
- Declaración responsable de no incurrir en las prohibiciones para contratar establecidas en artículo 60 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
Firmado por SR. ALCALDE ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ a fecha 21/5/2014
Código seguro verificación (CSV) B6CB 994B CB1C ECCA 2207
B6CB994BCB1CECCA2207
Resp1Aytos
▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇ - ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇) ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ Fax: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
Público, que comprenderá expresamente las circunstancias de hallarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Informe de Instituciones financieras que acredite la solvencia económica del solicitante.
- Memoria comprensiva de los aspectos técnicos y económicos que servirán de base a la adjudicación y que serán los siguientes:
- Relación de los medios materiales y técnicos que proponga adscribir a la Explotación.
- Relación de precios de venta al público para los productos de uso o consumo diario.
14º.- Recibidas las ofertas la Alcaldía procederá a la apertura de las mismas así como comprobación de la documentación presentada, concediendo en caso de existencia de defectos subsanables, un plazo no superior a tres días para su subsanación.
15º.- Los aspectos técnicos-económicos que servirán de base para la adjudicación serán los siguientes:
1º- Medios materiales y técnicos que se adscriban: Hasta 10 puntos.
2º.- Precios de venta al público para los artículos de uso o consumo diario: Hasta 10 puntos.
16º.- Valorada la oferta se procederá a la adjudicación directa por el órgano de contratación a favor de la oferta económicamente más ventajosa.
17º.- En lo no previsto en las presentes cláusulas regirá se atenderá a lo dispuesto en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
18º.- El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes durante la vigencia del contrato, correspondiendo al Alcalde, en cuanto órgano de contratación, las prerrogativas para interpretarlo, resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento, modificarlo por razones de interés público, acordar su resolución y determinar sus efectos.
FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE POR EL ALCALDE EN LA FECHA DE LA FIRMA.
Este documento es una copia en papel de un documento electrónico. El original podrá verificarse en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
Firmado por SR. ALCALDE ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ a fecha 21/5/2014
Código seguro verificación (CSV) B6CB 994B CB1C ECCA 2207
B6CB994BCB1CECCA2207
Resp1Aytos
▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, ▇▇ - ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ (▇▇▇▇▇▇▇) ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ Fax: ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇ ▇▇▇.▇▇▇▇▇.▇▇
