VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES Cláusulas de Ejemplo

VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. UNA VEZ PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES TÉCNICAS, LOS LICITANTES SE OBLIGAN MEDIANTE ESCRITO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD A FACILITAR Y PERMITIR EL ACCESO AL PERSONAL DESIGNADO POR EL INSTITUTO PARA EFECTUAR VISITAS SEGÚN FORMATO ANEXO 8, QUE JUZGUE NECESARIAS A SUS INSTALACIONES Y A LOS CENTROS DE TRABAJO DONDE LAS EMPRESAS PROPONENTES PRESTEN SUS SERVICIOS, A FIN DE VERIFICAR EN DÍAS Y HORAS HÁBILES QUE CUENTAN CON LOS ELEMENTOS REQUERIDOS Y CUMPLE CON LAS CARACTERÍSTICAS Y ESPECIFICACIONES DE CANTIDAD Y CALIDAD SEÑALADOS EN SUS OFERTAS TÉCNICAS, ASÍ COMO EN LAS BASES DE ESTA LICITACIÓN Y QUE SEAN NECESARIOS PARA REALIZAR, CONTROLAR, EVALUAR Y SUPERVISAR LA CORRECTA PRESTACIÓN DEL SERVICIO, AL TERMINO DE LA VISITA SE LEVANTARA ACTA CIRCUNSTANCIADA ANEXO 9, LA CUAL SERÁ FIRMADA POR EL PERSONAL DEL INSTITUTO QUE REALICE LA VISITA Y PERSONAL AUTORIZADO DE LA EMPRESA LICITANTE.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. Una vez presentadas sus proposiciones, los licitantes se obligarán a permitir el acceso a sus instalaciones al personal del FIFOMI, para efectuar las visitas que se juzgue necesarias, a fin de verificar que cuenta con los elementos señalados en su proposición técnica, y que sean necesarios para prestar el servicio de cursos de capacitación. Al término de la visita se levantará un acta circunstanciada en la que se anotarán los resultados de la visita, la cual será firmada por el licitante o su representante legal y el representante del FIFOMI que realice la visita.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. NO SE REALIZARÁ VISITA A LA INSTALACIÓN DE LOS LICITANTES POR PARTE DE LA CONVOCANTE.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. La Convocante realizará visita a las oficinas que designen los licitantes, en caso de que así se decida dentro del procedimiento, según se señalen en el acto de presentación y apertura de proposiciones. El resultado de la visita servirá de base para desechar la propuesta formulada por los licitantes.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. Como parte del análisis de las propuestas técnicas, el Administrador del Contrato realizará visitas a las instalaciones de los licitantes, con el objetivo de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos señalados, para la prestación del servicio, respecto a las plantas de tratamiento, acopio e incineración, entre otros, aplicando el Apéndice 9 “Cuestionario visita a las instalaciones”; para lo cual el licitante brindará todas las facilidades en cuanto a acceso a oficinas, instalaciones, documentos propios o emitidos por las autoridades que regulan el servicio. En caso de que no se pueda llevar a cabo la visita a las instalaciones del licitante por causas imputables a él, la propuesta técnica será desechada.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. Telecomunicaciones de México, queda facultada a través de la Gerencia Estatal Guerrero, para realizar visitas físicas a las instalaciones de los licitantes durante el proceso licitatorio, para lo cual en su momento se designara a la persona responsable de éstas, además para el licitante ganador durante la vigencia del contrato, a fin de verificar su infraestructura. Para lo cual se solicita a los licitantes se brinde al personal de Telecomunicaciones de México, previa identificación, las facilidades necesarias para verificar que se cuente con lo ofertado, durante la vigencia del contrato.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. Una vez recibidas las propuestas, la CONVOCANTE podrá visitar las instalaciones de los licitantes, pudiendo efectuarse durante el proceso de evaluación o después del fallo o durante la vigencia del contrato correspondiente, realizando las visitas que juzguen necesarias en la fecha y hora que previamente le notifique la misma, a efecto de verificar que cuente con la infraestructura idónea y las instalaciones correspondan a las de un negocio formalmente establecido.
VISITAS A LAS INSTALACIONES DE LOS LICITANTES. UNA VEZ PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES, LOS LICITANTES SE OBLIGARAN A PERMITIR EL ACCESO A SUS INSTALACIONES AL PERSONAL DE LA SEDESOL Y/O OPORTUNIDADES Y/O INAPAM Y/O CORETT Y/O INDESOL Y/O FONART Y/O FONHAPO Y/O CONEVAL Y/O DICONSA, PARA EFECTUAR LAS VISITAS QUE SE JUZGUEN NECESARIAS, A FIN DE VERIFICAR QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS SEÑALADOS EN SU PROPOSICIÓN TECNICA, Y QUE SEAN NECESARIOS PARA REALIZAR, CONTROLAR, EVALUAR Y SUPERVISAR LA CORRECTA PRESTACION DEL SERVICIO. DURANTE LA VISITA DEBERAN MOSTRAR FACTURAS ORIGINALES DE LA MAQUINARIA Y EQUIPO DONDE DEMUESTREN QUE ÉSTE ES DE LA PROPIEDAD DEL LICITANTE AL TERMINO DE LA VISITA SE LEVANTARA UN ACTA CIRCUNSTANCIADA EN LA QUE SE ANOTARAN LOS RESULTADOS DE LA VISITA, LA CUAL SERA FIRMADA POR EL LICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL Y EL REPRESENTANTE DE LA SEDESOL, OPORTUNIDADES, INAPAM, XXXXXX, INDESOL, FONART, CONEVAL, FONHAPO Y DICONSA QUE REALICEN LA VISITA UNA VEZ PRESENTADAS SUS PROPOSICIONES, LOS LICITANTES SE OBLIGARAN A PERMITIR EL ACCESO A SUS INSTALACIONES AL PERSONAL DE LA SEDESOL Y/O OPORTUNIDADES Y/O INAPAM Y/O CORETT Y/O INDESOL Y/O FONART Y/O FONHAPO Y/O CONEVAL Y/O DICONSA Y/O LICONSA, PARA EFECTUAR LAS VISITAS QUE SE JUZGUEN NECESARIAS, A FIN DE VERIFICAR QUE CUENTA CON LOS ELEMENTOS SEÑALADOS EN SU PROPUESTA TECNICA, Y QUE SEAN NECESARIOS PARA REALIZAR, CONTROLAR, EVALUAR Y SUPERVISAR LA CORRECTA PRESTACION DEL SERVICIO. AL TERMINO DE LA VISITA SE LEVANTARA UN ACTA CIRCUNSTANCIADA EN LA QUE SE ANOTARAN LOS RESULTADOS DE LA VISITA, LA CUAL SERA FIRMADA POR EL LICITANTE O SU REPRESENTANTE LEGAL Y EL REPRESENTANTE DE LA SEDESOL, OPORTUNIDADES, INAPAM, CORETT, INDESOL, FONART, CONEVAL, FONHAPO, LICONSA Y DICONSA QUE REALICEN LA VISITA.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.