TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación se compromete a: 1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ 2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio. 3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos. 4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda. 5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración. 6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.* 7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.* 8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021 9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente. 10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022 11. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos, Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos
TRANSPARENCIA. Teniendo presente La ENTIDAD PATROCINADA declara conocer y entender que como miembro de la EFPIA, BIOGEN debe cumplir con la regulación y Códigos de Conducta aprobados por la asociación, incluyendo el rol público que Código de Publicación de las Transferencias de Valor. En este sentido declara conocer la Fundación desempeñaobligación de BIOGEN de publicar anualmente, a partir del 1 de enero de 2015, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o Información relativa a la ejecución las Transferencias de los recursos públicos que en el marco Valor realizadas por BIOGEN no más tarde del presente convenio se le transfieran. ▇▇ 31 ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
2del año siguiente al gasto. Publicar Esta información incluye revelar, exhibir y proporcionar informaciones relativas a la cantidad o cantidades entregadas en dicho enlaceconcepto de Colaboración de conformidad con el presente Contrato y sus Anexos. A estos efectos, la resolución que aprueba el convenio.
3ENTIDAD PATROCINADA consiente y autoriza a BIOGEN a publicar toda la información relativa al presente contrato de forma individualizada, acompañada de una descripción detallada de los beneficios económicos y no económicos percibidos por la ENTIDAD PATROCINADA en virtud del presente Contrato. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio En cumplimiento de las normas que resulten aplicables contenidas obligaciones en materia de transparencia que, en su caso, vengan legalmente impuestas a las Partes, y en concreto para ENTIDAD PATROCINADA el cumplimiento de lo preceptuado en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenioLey 1/2014, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138de Transparencia Pública de Andalucía, Santiago) 31 Marzo 2022
11el presente contrato será objeto de publicación para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y el control de la actuación pública por parte de la ciudadanía y de la sociedad en general y favorecer la participación ciudadana en la misma. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo Serán de aplicación, en caso su caso, los límites al derecho de acceso a la información pública previstos en la normativa básica y, especialmente, el derivado de la protección de datos de carácter personal, por lo que la publicidad se llevará a cabo previa disociación de los recursos públicos transferidos sean utilizados datos personales en el pago de remuneracionesél contenidos.
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Sources: Sponsorship Agreement
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que De conformidad con lo establecido en la Fundación desempeñaLey 19/2013, la necesidad de que exista una oportuna9 de diciembre, eficientede Transparencia, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa Acceso a la ejecución Información Pública y Buen Gobierno y en la Ley 2/2015 de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ 2 ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, el convenio se publicará en el portal de transparencia de la UMH: ▇▇▇▇
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ://▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇.▇▇▇.▇▇/. Ambas partes se comprometen a cumplir las previsiones contenidas en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, con especial sujeción al mismo. Y se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, cualquier norma y/o reglamento de desarrollo, vigente en materia de protección de datos de carácter personal establecidos al efecto. Asimismo, ambas partes se informan mutuamente que, con respecto al tratamiento de los datos de los firmantes del convenio, tratarán los datos respectivamente como Responsables de Tratamiento para finalidades que se relacionan y se definen en el presente convenio. La base legitimadora es la ejecución del mismo. En cuanto al periodo de conservación de los datos, perdurarán el tiempo de duración del mismo y durante el tiempo necesario en el cual pudieran surgir responsabilidades consecuencia del tratamiento. Los datos no se cederán a terceros excepto por prescripción legal. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los docs. firmados accediendo al apartado Validación de Documentos de la Sede Electrónica del Ayto. de Alicante: ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇ 1138Los firmantes del convenio podrán ejercitar los derechos de acceso, Santiago) 31 Marzo 2022
11rectificación, oposición, supresión, portabilidad y limitación del tratamiento remitiendo una carta a la dirección respectiva del encabezado del presente convenio. Publicar Estados Financieros Finales 2021Los Firmantes tienen derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso (▇▇▇.▇▇▇▇.▇▇). Dado el objeto del convenio, el Ayuntamiento de que los recursos públicos transferidos sean utilizados Alicante deberá comunicar datos de carácter personal de las personas interesadas en el pago servicio realizado por la UMH, así pues, el Ayuntamiento cumplirá con los siguientes extremos: 1.Obtendrá los datos personales de remuneracioneslas personas interesadas del servicio, en calidad de Responsable del tratamiento y cederá los datos a la UMH, atendiendo al principio de minimización de datos y exactitud, sólo comunicará los datos imprescindibles para la ejecución del presente convenio. La base legitimadora de este tratamiento viene establecida en el artículo 6.1.a). el consentimiento expreso de la persona interesada y en el artículo 6.1.b) el tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato. El periodo de conservación de los datos es el necesario para la ejecución del objeto, así como, el tiempo necesario para dar cumplimiento a las posibles responsabilidades que pudieran surgir. El Ayuntamiento se asegurará de obtener y conservar la evidencia de la base legitimadora (art 6 RGPD) correcta tanto para la captación de datos de las personas interesadas como para la comunicación de sus datos a la Universidad según la finalidad específica, que según convenio es la realización de prácticas clínicas del Grado en Podología. ▇.▇▇ Universidad procederá a informar a las personas interesadas de lo establecido en el artículo 14 del RGPD. Asimismo, no destinará, aplicará o utilizará los datos transmitidos para un fin distinto al descrito o que suponga el incumplimiento del mismo. ▇.▇▇ la Universidad ni el Ayuntamiento, en ningún caso, compartirán los datos con terceros, a excepción de aquellos casos que se pudieran establecer por ministerio de la Ley. 4.Ambas partes se obligan a respetar todas las obligaciones que pudieran corresponderle como Responsable del tratamiento, conforme lo dispuesto en la normativa vigente y cualquier otra disposición o regulación que le fuera igualmente aplicable. 5.Tanto la Universidad como el Ayuntamiento garantizan que:
a. Que las personas autorizadas para realizar los tratamientos de datos personales de los que las partes actúan como Responsables de tratamiento se comprometerán a respetar la confidencialidad de los datos o estará sujeto a una obligación legal de confidencialidad de naturaleza estatutaria.
b. Manifiestan estar al corriente en lo que concierne a las obligaciones derivadas de la normativa de protección de datos, especialmente en lo que se refiere a la implantación de las medidas de seguridad para las diferentes categorías de datos y de tratamiento establecidas en la normativa vigente. En cuanto a las instalaciones cedidas por el Ayuntamiento a la UMH, éste, en ningún caso, está legitimado ni accederá a los datos personales de los que la UMH es Responsable de tratamiento y que se guardan dentro de las ubicaciones cedidas. Asimismo, implantará medidas de seguridad dirigidas a evitar dicho acceso por parte de su personal o terceros usuarios de las instalaciones. EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ALICANTE Este documento es una copia auténtica del documento electrónico original. Mediante el código de verificación puede comprobar la validez de la firma electrónica de los docs. firmados accediendo al apartado Validación de Documentos de la Sede Electrónica del Ayto. de Alicante: ▇▇▇▇▇://▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇/▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇
c. El Ayuntamiento comunicará a la UMH las solicitudes que haya recibido relativas a los derechos de rectificación y supresión de datos y de limitación u oposición al tratamiento, para que proceda a ejecutar estas peticiones, a menos que sea imposible o exija un esfuerzo desproporcionado. El Ayuntamiento se compromete a notificar a la UMH, de forma fehaciente, la ejecución de los derechos que éste le haya transmitido, o los motivos de no hacerlo.
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Sources: Convenio De Prácticas
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación el Museo desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación el Museo se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022
11. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público 8.1. Las partes reconocen que la Fundación desempeñalegislación o normativa (incluida la autorregulación), al objeto de reforzar la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, puede requerir de las compañías farmacéuticas la Fundación se compromete a:
1divulgación pública de cierta información de acuerdos, tales como, de donaciones, pago por servicios prestados, patrocinio o colaboración con gastos de eventos, en la medida en que representen transferencias de valor realizadas por parte de las compañías farmacéuticas en favor de organizaciones sanitarias u organizaciones de pacientes. Implementar en su Las partes acuerdan que ▇▇▇▇▇▇▇ podrá reportar y revelar, periódicamente y de forma individual por destinatario, dichas transferencias de valor, así como cualquier información relacionada, tanto durante el periodo de vigencia del presente convenio, como con posterioridad al mismo, de conformidad con las leyes y normativa (incluyendo la autorregulación) vigentes. La información detallada de las trasferencias de valor individuales será accesible a través de la página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇. Así, con carácter general, la transferencia de valor objeto del presente convenio podrá ser publicada en favor de la Entidad en tanto que organización sanitaria.
8.2. Excepcionalmente, en el caso en que ▇▇▇▇▇▇▇ sea patrocinador único de la Actividad o laboratorio patrocinador mayoritario de la misma, y la identidad de los profesionales sanitarios beneficiarios pueda conocerse antes, durante o con posterioridad a la realización de la Actividad, será de aplicación lo dispuesto a continuación: ▇▇▇▇▇▇▇ podrá informar y publicar, periódicamente, de manera individualizada y acumulada por categoría, dichas transferencias de valor en favor de los profesionales sanitarios, así como cualquier información relacionada de conformidad con las leyes y normativa vigente. A estos efectos, la Entidad se compromete a:
i) Facilitar ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en el plazo de un mes desde la finalización de la Actividad, un listado completo de todos los profesionales sanitarios beneficiarios.
ii) Informar a dichos profesionales sanitarios de la cesión de sus datos ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022
11. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso con la finalidad de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago llevar a cabo la transferencia de remuneracionesvalor realizada a su favor por la Entidad .
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Sources: Convenio De Colaboración Empresarial
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇2021
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇Unidad de Convenios, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022
11. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación el museo desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación el Museo se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇2023
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganosla Institución.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia Directorio y representatividad de cada director según correspondavigencia.
5. Publicar la individualización nombre del responsable de la gestión y administración.Gestión Administrativa
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 20212023
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
107. Publicar Memoria anual de actividades 2021del año 2023. (Entrega física 29 Marzo 2024
8. Publicar Balance General del año 2023. 31 Mayo 2024
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a ▇▇▇▇▇▇ información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 20222023
112. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica de la Institución.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su Directorio y vigencia.
5. Publicar nombre del responsable de la Gestión Administrativa
6. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros Finales 2021Financieros. 30 Agosto 2023
7. Publicar Memoria anual de actividades del año 2023. 29 Marzo 2024
8. Publicar Balance General del año 2023. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.2024
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación Corporación desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación Corporación se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022
11. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº Nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público 8.1. Las partes reconocen que la Fundación desempeñalegislación o normativa (incluida la autorregulación) puede requerir de las compañías farmacéuticas la divulgación pública de cierta información, al objeto de reforzar la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, tal como, donaciones y subvenciones, pago por servicios prestados, acuerdos de patrocinio o colaboración con gastos de eventos, en la Fundación se compromete a:
1. Implementar medida en su página web un enlace que representen transferencias de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio valor realizadas por parte de las normas compañías farmacéuticas en favor de organizaciones sanitarias. Las partes acuerdan que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
9. Publicar mensualmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
10. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇podrá reportar y revelar, ▇▇▇periódicamente y de forma individual por destinatario, dichas transferencias de valor, así como cualquier información relacionada, de conformidad con las leyes y normativa (incluyendo la autorregulación) vigentes, tanto durante el periodo de vigencia del presente acuerdo, como con posterioridad al mismo. La información detallada de las trasferencias de valor individuales será accesible a través de la página web ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138Así, Santiago) 31 Marzo 2022con carácter general, la transferencia de valor objeto del presente contrato podrá ser publicada en favor de la Entidad en tanto que organización sanitaria.
118.2. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados Excepcionalmente, en el pago caso en que ▇▇▇▇▇▇▇ sea patrocinador único de remuneracionesla Actividad o laboratorio patrocinador mayoritario de la misma, y la identidad de los profesionales sanitarios beneficiarios pueda conocerse antes, durante o con posterioridad a la realización de la Actividad, será de aplicación lo dispuesto a continuación: ones, Sección Primera F “ Docentes, ▇▇▇▇▇▇▇ podrá informar y publicar, periódicamente, de manera individualizada y acumulada por categoría, dichas transferencias de valor en favor de los profesionales sanitarios, así como cualquier información relacionada de conformidad con las leyes y normativa vigente. A estos efectos, la Entidad se compromete a:
i) Facilitar ▇ ▇▇▇▇▇▇▇, en el plazo de un mes desde la finalización de la Actividad, un listado completo de todos los profesionales sanitarios beneficiarios.
ii) Informar a dichos profesionales sanitarios de la cesión de sus datos ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ con la finalidad de llevar a cabo la transferencia de valor realizada a su favor por la Entidad. En cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia que, en su caso, vengan legalmente impuestas a las Partes, y en concreto para la Entidad el cumplimiento de lo preceptuado en la Ley 1/2014, de 24 ▇▇ ▇▇▇▇▇, de Transparencia Pública de Andalucía, el presente contrato será objeto de publicación para garantizar la transparencia de su actividad relacionada con el funcionamiento y el control de la actuación pública por parte de la ciudadanía y de la sociedad en general y favorecer la participación ciudadana en la misma. Serán de aplicación, en su caso, los límites al derecho de acceso a la información pública previstos en la normativa básica y, especialmente, el derivado de la protección de datos de carácter personal, por lo que la publicidad se llevará a cabo previa disociación de los datos personales en él contenidos.
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Sources: Convenio De Colaboración Empresarial
TRANSPARENCIA. Teniendo presente el rol público que la Fundación CORPORACIÓN desempeña, la necesidad de que exista una oportuna, eficiente, eficaz y transparente utilización de los fondos públicos transferidos y el objetivo de profundizar sus políticas de transparencia, la Fundación CORPORACIÓN se compromete a:
1. Implementar en su página web un enlace de acceso denominado "Transparencia", que permita y facilite el acceso en línea a información y documentación pertinente o relativa a la ejecución de los recursos públicos que en el marco del presente convenio se le transfieran. ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇30 Junio 2021
2. Publicar en dicho enlace, la resolución que aprueba el convenio.
3. Publicar estructura orgánica y funciones o competencias de sus órganos.
4. Publicar y mantener actualizada la composición de su directorio, período de vigencia y representatividad de cada director según corresponda.
5. Publicar la individualización del responsable de la gestión y administración.
6. Publicar nómina de su personal y cargo que desempeñan, sin perjuicio de las normas que resulten aplicables contenidas en la ley Nº 19.628 sobre protección de la vida privada.*
7. Publicar procedimiento de contratación de su personal.*
8. Publicar las políticas y protocolos de acceso a sus espacios y actividades. Esto incluirá dar a conocer los mecanismos de acceso para el público general (política de precios, acceso a visitas, actividades de formación y sus respectivos mecanismos de postulación, entre otros), así como bases de concursos y convocatorias dirigidas a creadores, artistas y productores de contenidos, para la definición y selección de obras o bienes culturales que formarán parte de la programación anual. La publicación debe incluir bases, criterios de evaluación y la nómina de jurados seleccionadores o el perfil de quienes los componen, cuando corresponda.
9. Publicar Información semestral sobre sus Estados Financieros. 30 Agosto 2021
910. Publicar mensualmente semestralmente el detalle de los recursos que percibe adicionalmente a la transferencia a que se refiere este convenio, de acuerdo a formato proporcionado por el SERVICIO NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL. Toda la información solicitada deberá mantenerse actualizada mensualmente, a más tardar el día 15 del mes siguiente.
1011. Publicar Memoria anual de actividades 2021. (Entrega física a ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇, ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ 1138, Santiago) 31 Marzo 2022
1112. Publicar Estados Financieros Finales 2021. 31 Mayo Marzo 2022 *Los requerimientos nº 7 y 8 son obligatorios sólo en caso de que los recursos públicos transferidos sean utilizados en el pago de remuneraciones.
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Sources: Convenio De Colaboración Y Transferencia De Recursos