Tasación de Monedas Cláusulas de Ejemplo
Tasación de Monedas. Cuando sea necesario a efectos del Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ o del Contrato de Garantía o de cualquier otro convenio al que se apliquen estas Condiciones Generales, la determinación del valor de una moneda en términos de otra será hecha razonablemente por el Banco. El Banco podrá tasar un monto en moneda pendiente en la Cuenta Centra de Pagos en la forma en que sea necesario para reflejar la obligación de servicio de la deuda del Banco en relación con tal monto. Sin que obsten las disposiciones de la Sección 4.04
Tasación de Monedas. Cuando sea necesario a efectos del Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ o del Contrato de Garantía o de cualquier otro convenio al que se apliquen estas Condiciones Generales, la determinación del valor de una moneda en términos de otra será hecha razonablemente por el Banco. El Banco podrá tasar un monto en moneda pendiente en la Cuenta Central de Pagos en la forma en que sea necesario para reflejar la obligación de servicio de la deuda del Banco en relación con tal monto. Sin que obsten las disposiciones de la Sección 4.04 (a) y 4.05, el Banco puede especificar, para el reembolso del principal ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇, cualquier moneda que necesite el Banco para descargar tal obligación de servicio de la deuda y, en tal caso, un monto equivalente de la moneda pendiente en la Cuenta Central de Pagos será eliminado de tal Cuenta en vez de la moneda de tal manera especificada.
