Common use of Señalización Vertical Clause in Contracts

Señalización Vertical. Las señales verticales deben cumplir con lo señalado en el Manual de Señalización Vial 2004 “Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia” o el vigente que regule la materia. contenidas en la Norma Técnica Colombiana NTC-4739 En caso de que los valores sean inferiores será necesaria la reposición inmediata de las señales. La evaluación por Sector se efectuará utilizando los formatos relevantes contenidos en dicho manual o el vigente que regule la materia en donde se consignará la evaluación correspondiente para cada uno de los aspectos considerados para la señalización. El Concesionario deberá sustituir la señalización y/o los dispositivos de señalización dañados, tan pronto como ello sea advertido por parte del Interventor, de un representante de la ANI o del mismo Concesionario, así como en caso de dispositivos cuya falta, avería o reflectividad puedan generar peligro de accidentes. En los Sectores xx xxxxx calzada se deberá señalizar con señalización vertical a ambos costados de cada calzada, de tal forma que los vehículos que transitan por el carril rápido de las mismas se informen de la señalización instalada al costado izquierdo de la calzada, previniendo así una posible obstrucción, por parte de otro vehículo, de la línea visual entre el vehículo que transita por el carril izquierdo y la señal instalada en el costado derecho de la calzada. Se deberán colocar el número de señales provisionales que sean necesarias durante el tiempo que se requiera efectuar labores de mantenimiento u obras, y ser retiradas a su culminación. La cantidad de señales y su ubicación deberá ajustarse siempre en función de criterios técnicos y reducción de la accidentalidad. Adicionalmente la señalización temporal debe considerar las condiciones más desfavorables de visibilidad. Sin embargo, en estos casos, las señales, barricadas, conos y demás elementos de señalización deberán cumplir con: - Reflectividad de las señales de tránsito: Todas las señales de tránsito deberán ser en material reflectivo, cumpliendo con las Especificaciones Técnicas del INVÍAS, según se modifiquen o adicionen de tiempo en tiempo y con el Manual de Señalización Vial, según se modifique o adicione de tiempo en tiempo, o la Ley Aplicable. - Reflectividad de elementos de direccionamiento: Todos los elementos rígidos como barricadas, canecas, muros, deberán tener elementos y dispositivos reflectivos que cumplan con las normas técnicas y con el Manual de Señalización Vial. - Luces intermitentes: Con el fin de garantizar la visibilidad de barricadas o elementos de direccionamiento deberán utilizarse luces intermitentes. En caso xx xxxxxxxx, deberán colocarse luces de advertencia que permitan mayor visibilidad. - Señales luminosas: Las señales deben generar su propia luz. La luz debe ser opaca y no debe encandelillar a los conductores de vehículos. En caso de poca visibilidad nocturna se deberán utilizar reflectores orientados de manera que no deslumbren al conductor. No se permitirá el uso de mecheros. En el caso en que la UTDVVCC ponga en servicio algún trayecto de la xxxxxxx xxxxxxx que esta construyendo, será obligación del Concesionario deberá instalara apropiadamente la señalización de la calzada existente de acuerdo al nuevo sentido en una sola dirección del tráfico .

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión

Señalización Vertical. Las señales verticales deben cumplir con lo señalado en el Manual de Señalización Vial 2004 “Dispositivos para la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia” o el vigente que regule la materia. Las señales deberán tener una reflectividad como mínimo del (75%) de la medición obtenida en la instalación, siempre y cuando las señales instaladas cumplan con las especificaciones contenidas en la Norma Técnica Colombiana NTC-4739 En caso de que los valores sean inferiores será necesaria la reposición inmediata de las señales. La evaluación por Sector se efectuará utilizando los formatos relevantes contenidos en dicho manual o el vigente que regule la materia en donde se consignará la evaluación correspondiente para cada uno de los aspectos considerados para la señalización. El Concesionario deberá sustituir la señalización y/o los dispositivos de señalización dañados, tan pronto como ello sea advertido por parte del Interventor, de un representante de la ANI o del mismo Concesionario, así como en caso de dispositivos cuya falta, avería o reflectividad puedan generar peligro de accidentes. En los Sectores xx xxxxx calzada se deberá señalizar con señalización vertical a ambos costados de cada calzada, de tal forma que los vehículos que transitan por el carril rápido de las mismas se informen de la señalización instalada al costado izquierdo de la calzada, previniendo así una posible obstrucción, por parte de otro vehículo, de la línea visual entre el vehículo que transita por el carril izquierdo y la señal instalada en el costado derecho de la calzada. Se deberán colocar el número de señales provisionales que sean necesarias durante el tiempo que se requiera efectuar labores de mantenimiento u obras, y ser retiradas a su culminación. La cantidad de señales y su ubicación deberá ajustarse siempre en función de criterios técnicos y reducción de la accidentalidad. Adicionalmente la señalización temporal debe considerar las condiciones más desfavorables de visibilidad. Sin embargo, en estos casos, las señales, barricadas, conos y demás elementos de señalización deberán cumplir con: - Reflectividad de las señales de tránsito: Todas las señales de tránsito deberán ser en material reflectivo, cumpliendo con las Especificaciones Técnicas del INVÍAS, según se modifiquen o adicionen de tiempo en tiempo y con el Manual de Señalización Vial, según se modifique o adicione de tiempo en tiempo, o la Ley Aplicable. - Reflectividad de elementos de direccionamiento: Todos los elementos rígidos como barricadas, canecas, muros, deberán tener elementos y dispositivos reflectivos que cumplan con las normas técnicas y con el Manual de Señalización Vial. - Luces intermitentes: Con el fin de garantizar la visibilidad de barricadas o elementos de direccionamiento deberán utilizarse luces intermitentes. En caso xx xxxxxxxx, deberán colocarse luces de advertencia que permitan mayor visibilidad. - Señales luminosas: Las señales deben generar su propia luz. La luz debe ser opaca y no debe encandelillar a los conductores de vehículos. En caso de poca visibilidad nocturna se deberán utilizar reflectores orientados de manera que no deslumbren al conductor. No se permitirá el uso de mecheros. En el caso en que la UTDVVCC ponga en servicio algún trayecto de la xxxxxxx xxxxxxx que esta está construyendo, será obligación del Concesionario deberá instalara instalar apropiadamente la señalización de la calzada existente de acuerdo al nuevo sentido en una sola dirección del tráfico tráfico.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión

Señalización Vertical. Las señales verticales deben cumplir con lo señalado en tener una reflectividad como mínimo del ochenta por ciento (80 %) de la de la reflectividad inicial exigida por el Manual de Señalización Vial 2004 “Dispositivos para Especificaciones de Construcción del INVIAS (de 2004), según se modifique o adicione de tiempo en tiempo y las normas complementarias que menciona el Manual como la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia” o el vigente que regule la materiaNTC 4739. contenidas en la Norma Técnica Colombiana NTC-4739 En caso de que los valores sean inferiores será necesaria la reposición inmediata de las señales., según los plazos establecidos en el Apéndice Técnico 4. La evaluación por Sector Tramo se efectuará utilizando los formatos relevantes contenidos en dicho manual o en el vigente que regule la materia y en donde ellos se consignará la evaluación correspondiente para cada uno de los aspectos considerados en el Sistema de Control para la señalización. El Concesionario deberá sustituir la señalización y/o los dispositivos de señalización dañados, de manera inmediata tan pronto como ello lo advierta o le sea advertido comunicado por parte la Interventoría o la ANI, a través del Interventor, de un representante de la ANI o del mismo ConcesionarioSICC, así como en caso de dispositivos cuya cuando se advierta que la falta, avería o mala reflectividad de un dispositivo puedan generar peligro de accidentes. En los Sectores Lo anterior, sin perjuicio de la imposición de multas o la aplicación de deducciones sobre la Retribución de Operación y Mantenimiento pertinentes. Los Tramos xx xxxxx calzada se deberá señalizar deberán contar con señalización vertical a ambos costados de cada calzada, de tal forma que los vehículos que transitan por el carril rápido de sean informados por las mismas se informen de la señalización instalada señales instaladas al costado izquierdo de la calzada, previniendo calzada y se eviten así una posible obstrucción, por parte de otro vehículo, posibles obstrucciones de la línea visual entre el vehículo que transita por el carril izquierdo y la señal instalada en el costado derecho de la calzadacalzada por parte de otros vehículos. Se deberán deberá colocar el número de señales provisionales que sean necesarias durante el tiempo que se requiera efectuar tome realizar labores de mantenimiento Mantenimiento u obras, y estas señales deberán ser retiradas a su culminacióncuando las obras terminen. La cantidad de señales y su ubicación deberá ajustarse siempre en función de criterios técnicos y reducción de buscando reducir la accidentalidad. Adicionalmente la La señalización temporal debe considerar las condiciones de visibilidad más desfavorables de visibilidad. Sin embargo, en estos casosPara ello, las señales, barricadas, conos y demás elementos de señalización deberán cumplir con: - Reflectividad de las señales de tránsito: Todas las señales de tránsito deberán ser en fabricarse con material reflectivo, cumpliendo con conforme a las Especificaciones Técnicas del INVÍAS, según se modifiquen o adicionen de tiempo en tiempo tiempo, y con el Manual de Señalización Vial, según se modifique o adicione de tiempo en tiempo, o la Ley Aplicable. - Reflectividad de elementos de direccionamiento: Todos los elementos rígidos como barricadas, canecas, muros, deberán tener elementos y dispositivos reflectivos que cumplan con las normas técnicas y con el Manual de Señalización Vial. - Luces intermitentes: Con el fin de garantizar la visibilidad de barricadas o elementos de direccionamiento deberán utilizarse luces intermitentes. En caso xx xxxxxxxx, deberán colocarse luces de advertencia que permitan mayor visibilidad. - Señales luminosas: Las señales deben generar su propia luz. La luz debe ser opaca y no debe encandelillar a los conductores de vehículos. En caso de poca visibilidad nocturna se deberán utilizar reflectores orientados de manera que no deslumbren al conductor. No se permitirá el uso de mecheros. En el caso en mecheros ni de dispositivos de iluminación que la UTDVVCC ponga en servicio algún trayecto no cumplan con las normas de la xxxxxxx xxxxxxx que esta construyendo, será obligación del Concesionario deberá instalara apropiadamente la señalización de la calzada existente de acuerdo al nuevo sentido en una sola dirección del tráfico .calidad

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión Bajo El Esquema De App

Señalización Vertical. Las señales verticales deben cumplir con lo señalado en tener una reflectividad como mínimo del ochenta por ciento (80 %) de la de la refectividad inicial exigida por el Manual de Señalización Vial 2004 “Dispositivos para Especificaciones de Construcción del INVIAS (de 2004), según se modifique o adicione de tiempo en tiempo y las normas complementarias que menciona el Manual como la regulación del tránsito en calles, carreteras y ciclorrutas de Colombia” o el vigente que regule la materiaNTC 4739. contenidas en la Norma Técnica Colombiana NTC-4739 En caso de que los valores sean inferiores será necesaria la reposición inmediata de las señales., según los plazos establecidos en el Apéndice Técnico 4. La evaluación por Sector Tramo se efectuará utilizando los formatos relevantes contenidos en dicho manual o en el vigente que regule la materia y en donde ellos se consignará la evaluación correspondiente para cada uno de los aspectos considerados en el Sistema de Control para la señalización. El Concesionario deberá sustituir la señalización y/o los dispositivos de señalización dañados, de manera inmediata tan pronto como ello lo advierta o le sea advertido comunicado por parte la Interventoría o la ANI, a través del Interventor, de un representante de la ANI o del mismo ConcesionarioSICC, así como en caso de dispositivos cuya cuando se advierta que la falta, avería o mala reflectividad de un dispositivo puedan generar peligro de accidentes. En los Sectores Lo anterior, sin perjuicio de la imposición de multas o la aplicación de deducciones sobre la Retribución de Operación y Mantenimiento pertinentes. Los Tramos xx xxxxx calzada se deberá señalizar deberán contar con señalización vertical a ambos costados de cada calzada, de tal forma que los vehículos que transitan por el carril rápido de sean informados por las mismas se informen de la señalización instalada señales instaladas al costado izquierdo de la calzada, previniendo calzada y se eviten así una posible obstrucción, por parte de otro vehículo, posibles obstrucciones de la línea visual entre el vehículo que transita por el carril izquierdo y la señal instalada en el costado derecho de la calzadacalzada por parte de otros vehículos. Se deberán deberá colocar el número de señales provisionales que sean necesarias durante el tiempo que se requiera efectuar tome realizar labores de mantenimiento u obras, y estas señales deberán ser retiradas a su culminacióncuando las obras terminen. La cantidad de señales y su ubicación deberá ajustarse siempre en función de criterios técnicos y reducción de buscando reducir la accidentalidad. Adicionalmente la La señalización temporal debe considerar las condiciones de visibilidad más desfavorables de visibilidad. Sin embargo, en estos casosPara ello, las señales, barricadas, conos y demás elementos de señalización deberán cumplir con: - Reflectividad de las señales de tránsito: Todas las señales de tránsito deberán ser en fabricarse con material reflectivo, cumpliendo con conforme a las Especificaciones Técnicas del INVÍAS, según se modifiquen o adicionen de tiempo en tiempo tiempo, y con el Manual de Señalización Vial, según se modifique o adicione de tiempo en tiempo, o la Ley Aplicable. - Reflectividad de elementos de direccionamiento: Todos los elementos rígidos como barricadas, canecas, muros, deberán tener elementos y dispositivos reflectivos que cumplan con las normas técnicas y con el Manual de Señalización Vial. - Luces intermitentes: Con el fin de garantizar la visibilidad de barricadas o elementos de direccionamiento deberán utilizarse luces intermitentes. En caso xx xxxxxxxx, deberán colocarse luces de advertencia que permitan mayor visibilidad. - Señales luminosas: Las señales deben generar su propia luz. La luz debe ser opaca y no debe encandelillar a los conductores de vehículos. En caso de poca visibilidad nocturna se deberán utilizar reflectores orientados de manera que no deslumbren al conductor. No se permitirá el uso de mecheros. En el caso en mecheros ni de dispositivos de iluminación que la UTDVVCC ponga en servicio algún trayecto no cumplan con las normas de la xxxxxxx xxxxxxx que esta construyendo, será obligación del Concesionario deberá instalara apropiadamente la señalización de la calzada existente de acuerdo al nuevo sentido en una sola dirección del tráfico .calidad

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Concesión Bajo El Esquema De App