SBASE. Son transferidos con la Concesión todos los materiales, órganos y repuestos del material rodante, equipamiento e infraestructura con exclusiva aplicación a los servicios que prestará el CONCESIONARIO. El inventario de ellos será preparado por SBASE y revisado por el CONCESIONARIO antes de tomar posesión de los mismos. Los materiales, repuestos y órganos que se transfieren son aquellos que SBASE tiene en existencia al momento de la transferencia. Al finalizar la Concesión, se devolverá a SBASE igual cantidad y calidad de cada uno de los bienes recibidos. En relación a los bienes correspondientes a SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO, y sujeto a la aprobación de la ADDENDA modificatoria del CONTRATO DE CONCESIÓN se establece que: a) El CONCESIONARIO y SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO dentro del plazo de NOVENTA (90) días, contados a partir de la vigencia de la ADDENDA modificatoria del CONTRATO DE CONCESION, confeccionarán el inventario definitivo correspondiente a dicho servicio, tomando como base el inventario que resulta del Acta Acuerdo, firmada entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la ex MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y el CONCESIONARIO, de fecha 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 1994, que en copia forma parte del Anexo 5, incorporado por la ADDENDA al CONTRATO DE CONCESION. En el mismo plazo se perfeccionará la desafectación de TREINTA Y CINCO (35) coches, descriptos en el Anexo precitado, con base en lo dispuesto por el Punto 9.9.2. del Apartado 9.9 y el Apartado 9.13 ambos del Artículo 9° del CONTRATO DE CONCESIÓN.
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Sources: Contrato De Concesión
SBASE. Son transferidos con la Concesión todos los materiales, órganos y repuestos del El material rodante, equipamiento e infraestructura con exclusiva aplicación rodante a los servicios que prestará el CONCESIONARIO. El inventario de ellos será preparado entregar por SBASE y revisado por es el CONCESIONARIO antes de tomar posesión de los mismos. Los materiales, repuestos y órganos que se transfieren son aquellos que SBASE tiene en existencia al momento de la transferencia. Al finalizar la Concesión, se devolverá a SBASE igual cantidad y calidad de cada uno de los bienes recibidos. En relación a los bienes correspondientes a SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO, y sujeto a la aprobación de la ADDENDA modificatoria del CONTRATO DE CONCESIÓN se establece que:
a) El CONCESIONARIO y SUBTERRÁNEOS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD DEL ESTADO dentro del plazo de NOVENTA (90) días, contados a partir de la vigencia de la ADDENDA modificatoria del CONTRATO DE CONCESION, confeccionarán el inventario definitivo correspondiente a dicho servicio, tomando como base el inventario que resulta del Acta Acuerdo, firmada entre el MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la ex MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES y el CONCESIONARIO, de fecha 18 ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de 1994, que en copia forma parte del Anexo 5, incorporado por la ADDENDA al CONTRATO DE CONCESION. En el mismo plazo se perfeccionará la desafectación de TREINTA Y CINCO (35) coches, descriptos detalla en el Anexo precitadoXX - SBA, con base en lo dispuesto por el Punto 9.9.2. del Apartado 9.9 Adjuntos 1, 2, 3, 4 y el Apartado 9.13 ambos del Artículo 9° 5 del CONTRATO DE CONCESIÓN, en las condiciones y tiempos que se detallan seguidamente. El material rodante a entregar por SBASE a la Toma de Posesión, es el que se detalla en el Anexo XX - SBA, Adjunto 1 del CONTRATO DE CONCESIÓN. Este material será transferido al CONCESIONARIO en el estado en que se encontrare a la fecha de la Toma de Posesión. Sin embargo, y de acuerdo a los compromisos asumidos por la Autoridad de Aplicación en el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación, parte de ese material rodante será remitido a diversos talleres de la actividad privada, para efectuarle las Revisiones Generales comprometidas. El número de unidades a ser remitidas a la actividad privada, y el momento en el tiempo en que dichas unidades serán retiradas del servicio a cargo del CONCESIONARIO, se indican en el Anexo XX - SBA, Adjunto 2 del CONTRATO DE CONCESIÓN. También integran la Concesión las unidades identificadas en el Anexo XX - SBA, Adjunto 3 del CONTRATO DE CONCESIÓN, las que a la Toma de Posesión se encuentran internadas en distintos talleres privados a efecto de realizarles las Revisiones Generales comprometidas. Estas unidades, conjuntamente con las que serán enviadas para su Revisión General luego de la Toma de Posesión, serán entregadas (o reintegradas) al CONCESIONARIO, para su explotación, de acuerdo con el cronograma que se indica en el Anexo XX - SBA, Adjunto 4 del CONTRATO DE CONCESIÓN. Separadamente, en el Anexo XX - SBA, Adjunto 5 del CONTRATO DE CONCESIÓN, se indica el cronograma con que serán incorporadas a la Concesión las unidades nuevas, también comprometidas en el Pliego de Condiciones Particulares de la Licitación.
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Sources: Contrato De Concesión