RESPONSABILIDAD DEL. PROVEEDOR".- En caso de que el "PROVEEDOR" incurra en incumplimiento del contrato al no proporcionar el servicio, se obliga con el "ININ" a resarcirlo por los daños y perjuicios correspondientes, aplicándose las sanciones por incumplimiento señaladas en el presente instrumento, así como la responsabilidad derivada de lo señalado en el Código Civil Federal y demás disposiciones aplicables. El "PROVEEDOR" será el único responsable por la mala ejecución de los servicios cuando éste no se ajuste a lo convenido en el presente contrato. Asimismo será responsable por los daños y perjuicios causados al "ININ" o a terceros, cuando sean consecuencia ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ u omisiones del personal que ocupe para la prestación del servicio, salvo que hayan sido provocadas por caso fortuito o fuerza mayor, debiéndose considerar los señalados por la legislación mexicana.
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Sources: Service Agreement, Contract for Cleaning and Gardening Services