Requisitos de forma Cláusulas de Ejemplo

Requisitos de forma. Una garantía se constituye como garantía internacional en virtud del presente Convenio cuando el acuerdo que la crea o prevé:
Requisitos de forma. La documentación necesaria para concurrir al procedimiento de contratación se entregará en dos (2) Sobres cerrados, identificados cada uno en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, número de teléfono y una dirección de correo electrónico. Cada uno de los Sobres deberá contener un documento, en hoja independiente, que encabece y enumere de forma sucesiva toda la documentación que es aportada en el mismo. De igual forma, en el exterior de cada Sobre se indicará el título correspondiente: SOBRE Nº 1 - “Propuesta Técnica” y SOBRE Nº 2 - “Oferta Económica”, y la indicación de la licitación a la que se concurre bajo el siguiente enunciado: CONTRATACIÓN EMTUSA EXP. 4/2017 – RED RECARGA TARJETAS Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. Acompañando a los Sobres se entregará declaración responsable del licitador en la que se haga constar que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar conforme al modelo ANEXO I de este Xxxxxx. La documentación constará en castellano, y la unidad monetaria en la que se expresarán los datos económicos será el euro (€). Cada licitador presentará una sola proposición, admitiéndose alternativas o variantes según se describe en Pliego de Prescripciones Técnicas. Si la documentación presentada no cumple las formalidades descritas en este Pliego, será causa suficiente para excluir al licitador del procedimiento de contratación, salvo consideración del Órgano de Contratación como defecto susceptible de subsanación. El departamento receptor de EMTUSA podrá facilitar el sello de entrada sobre un documento aportado por el ofertante en el que figure el nombre de éste, número de expediente, documentación objeto de entrega y día de la presentación. Recibida la propuesta, ésta ya no podrá ser retirada por el licitador.
Requisitos de forma. La documentación necesaria para concurrir al procedimiento de contratación (descrita en la cláusula 3 del presente Xxxxxx), se entregará en tres sobres cerrados (A, B y C), identificados cada uno en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, números de teléfono y de fax y dirección de correo electrónico, así como la firma del licitador o persona que lo represente. En el exterior de cada sobre se indicará, la leyenda correspondiente (documentación general, técnica u oferta económica) y la indicación de la licitación a la que se concurre bajo el siguiente enunciado: Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien, copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su contenido. Los licitadores presentarán su documentación en castellano y la unidad monetaria en la que vengan reflejadas las propuestas económicas será el euro (€). Si la documentación presentada no cumple las formalidades descritas en este Pliego, será causa suficiente para excluir al licitador del procedimiento de contratación, salvo consideración por el Comité de Valoración de defecto susceptible de subsanación.
Requisitos de forma. (a) Información a Divulgarse.-La información a divulgarse según requerido por esta Ley debe ser divulgada en un contrato de arrendamiento con opción a compra, y deberá:
Requisitos de forma. Cualquier notificación, confirmación, consenti- miento, pacto, declaración y demás comunicaciones a que se hace referencia en el párrafo 2 del artículo 19, en los párrafos 1 a 0 xxx xxxxxxxx 00, xx xxx xxxxxxxxx x), x) x x) xxx xxxxxxx 1 del artículo 36, en el apartado b) del párrafo 4 del artículo 40, en el artículo 44, en el párrafo 3 del artículo 48, en el apartado b) del párrafo 1 del artículo 51, en el párrafo 1 del artículo 59, en los artí- culos 63 y 66, en el párrafo 2 del artículo 67, en el párrafo 4 del artículo 75 yen los párrafos 2 y 5 del artículo 80 deberán hacerse por escrito. Podrán utili- zarse comunicaciones electrónicas para dicho fin, con tal de que se haga uso de tales medios con el consenti- miento del autor de la comunicación y de su destina- tario.
Requisitos de forma. Cualquier enmienda, suplemento o terminación del Acuerdo, así como cualquier notificación u otra comunicación en virtud de o en relación con el mismo, debe realizarse por escrito o electrónicamente y llevar la firma de un representante autorizado de la parte respectiva para tener validez legal. El requisito de forma de la oración anterior se aplica en consecuencia con respecto a cualquier exención de dicho requisito de forma.
Requisitos de forma. 199 10.3 Anexos de la demanda 202
Requisitos de forma. No obstante lo dispuesto en los artículos 8.6 y 8.7, una Parte podrá exigir a un inversor de la otra Parte, o a su inversión cubierta, que facilite información rutinaria sobre dicha inversión únicamente con fines informativos o estadísticos, siempre que dichas solicitudes sean razonables y no excesivamente gravosas. La Parte protegerá la información confidencial o protegida de cualquier revelación que pudiera perjudicar la posición competitiva del inversor o de la inversión cubierta. El presente apartado no impedirá a las Partes obtener de otro modo o divulgar información en relación con una aplicación equitativa y de buena fe de sus leyes.
Requisitos de forma. El artículo 9.3 no impedirá a una Parte adoptar o mantener una medida que establezca requisitos formales en relación con la prestación de un servicio, siempre que dichos requisitos no se apliquen de forma que constituyan un medio de discriminación arbitraria o injustificable. Estas medidas incluyen los requisitos de:
Requisitos de forma. Para que el endoso sea válido no es necesario que se cumpla ninguna fórmula determinada.