Requisitos Básicos de Elegibilidad Cláusulas de Ejemplo

Requisitos Básicos de Elegibilidad. El Asegurado Titular y sus Asegurados Dependientes deben cumplir con los siguientes requisitos para ser elegibles:
Requisitos Básicos de Elegibilidad. La presente póliza sólo puede ser emitida a favor de personas individuales que sean residentes permanentes de Bolivia, quienes necesariamente deberán contar con dieciocho (18) años de edad cumplidos (con excepción de los dependientes elegibles) y en atención de criterios técnicos no podrán tener una edad que supere los setenta y cuatro (74) años de edad. Para la renovación de esta póliza por parte de Asegurados Titulares que ya gozan de cobertura bajo esta póliza no se aplicará ninguna restricción o limitación a razón de edad máxima. Esta póliza no puede ser emitida ni otorga cobertura a personas que residen permanentemente en cualquier otro país distinto de Bolivia. Los asegurados con visa de trabajo, visa de estudiante u otro tipo de estadía, permanencia o residencia temporal en los Estados Unidos de América pueden recibir cobertura, previo cumplimiento de determinadas condiciones acordadas y aceptadas por la Aseguradora, siempre y cuando la residencia permanente del Asegurado Titular se mantenga en Bolivia. 2.5.2
Requisitos Básicos de Elegibilidad. Serán elegibles para participar en este seguro cualquier persona y sus dependientes, que se encuentren dentro de los límites de edad establecidos por la Aseguradora, y que presenten una solicitud por escrito suministrando pruebas de asegurabilidad satisfactorias a la Aseguradora, sin costo alguno para ésta, y dicho seguro entrará en vigor en la fecha que la Aseguradora determine.
Requisitos Básicos de Elegibilidad. La Compañía debe cumplir con los siguientes requisitos para ser elegible: El Asegurado Titular (empleado) y sus dependientes deben cumplir con los siguientes requisitos para ser elegibles:

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  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • requisitos De la empresa Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. • No haber sido excluida del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo según lo previsto en el artículo 46 del R. D. legis- lativo 5/2000, de 4 xx xxxxxx (B.O.E. de 8 xx xxxxxx), por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social. • Las empresas que hayan extinguido o extingan, por despido declarado improcedente o por despido colectivo, contratos bonificados al amparo de las distintas Normativas de programas de fomento de empleo, según lo establecido en el artículo 6.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre(BOE de 30 de diciembre), quedarán excluidas por un período de doce meses de las ayudas contempladas.

  • Disponibilidad presupuestaria El área requirente cuenta con la autorización y disponibilidad presupuestaria correspondiente.

  • REQUISITOS TÉCNICOS a) La “Propuesta Técnica” deberá contener la descripción clara y precisa del servicio objeto de está Licitación, especificación Técnica, unidad de medida y de conformidad con lo solicitado en el Anexo 1 y la información adicional que el “Licitante” considere necesaria.

  • DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL El valor del presente contrato se pagará con recursos propios de LA PREVISORA S.A. con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No del emitido por la Gerencia de Planeación Financiera. CLÁUSULA OCTAVA.

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Contratos de servicios Además de en los casos previstos en el artículo 170, los contratos de servicios podrán adjudicarse por procedimiento negociado en los siguientes supuestos:

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • PLAZOS DE ENTREGA El suministro deberá efectuarse en el número de meses inicialmente estimado en el apartado F del Cuadro de Características de este Pliego desde la adjudicación por parte de VAV. Las ofertas que rebasen dicho plazo podrán ser rechazadas y se valorará la reducción del mismo que, debidamente justificado técnicamente, se incluya como parte de la oferta técnica. La instalación, pruebas finales y puesta en marcha de los equipos objeto de licitación estarán supeditadas a la evolución de la obra principal de la nueva B.M.I. El inicio de la instalación de los equipos, no se prevé para antes de noviembre de 2012. El adjudicatario no tendrá derecho a recibir indemnización alguna por cualquier adelanto o retraso que produzca en el plazo previsto para estas actividades. En todo caso, VAV se reserva el derecho a variar las citadas fechas, en cumplimiento de sus necesidades operativas o de la consecución del suministro, lo que comunicará fehacientemente y con la suficiente antelación al adjudicatario. Este deberá implementar las necesidades actuaciones y previsiones para poder responder con la necesaria diligencia al requerimiento de VAV.