Common use of Relativos al contrato Clause in Contracts

Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores portátiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. *Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores portátilesportatiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Mobiliario e instrumental profesional* Joyas en el importe que supere el 10% de la suma asegurada de mobiliario y con el límite de 6.000€ Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. *Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores portátilesportatiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. ** Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste este resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores portátilesportatiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos incluidos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. ** Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste este resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores y consolas portátiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, drones, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. ** Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda Sin cédula de habitabilidad En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste este resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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Relativos al contrato. CONTINENTE Las construcciones, instalaciones y elementos que se detallan a continuación, siempre que sean propiedad y de uso exclusivo del asegurado y no puedan separarse sin producir daños en la vivienda. CONTENIDO Los bienes propiedad del asegurado que se encuentren dentro de la vivienda, que se detallan a continuación. TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN NO TIENEN ESTA CONSIDERACIÓN Ajuar doméstico y personal Bienes que no se encuentren en el interior de la vivienda asegurada Comestibles Teléfonos móviles, PDAs, ordenadores y consolas portátiles, agendas electrónicas, MP3, MP4, consolas, ebook, tablets, GPS, cámaras de fotos y cualquier otro dispositivo portátil electrónico Cubertería, vajilla, útiles de cocina, menaje del hogar Vehículos de motor, drones, remolques, embarcaciones y sus accesorios Mobiliario, incluídos incluidos los de cocina y jardín Dinero en efectivo, valores y cualquier documento que represente un valor o garantía en dinero incluidos billetes de lotería, escrituras, títulos y documentos en general Electrodomésticos incluyendo placa vitrocerámica y campana Software y datos almacenados en cualquier soporte informático Objetos de decoración, espejos, cuadros y lámparas Objetos y mercancías que formen parte de muestrarios o catálogos o que estén destinados a su venta Herramientas y materiales para reparaciones domésticas, útiles de bricolaje y jardinería Animales de cualquier clase Bicicletas, xxxxxx xx xxxxxx y material deportivo * Si se presta actividad profesional en la vivienda, la superficie dedicada a dicha actividad no podrá exceder del 30% de la superficie útil. *Mobiliario e instrumental profesional siempre que el valor no supere el 30% del capital de mobiliario y con un límite máximo de 3.000€. Paredes, techos, suelos, puertas, ventanas y chimenea Viviendas con una antigüedad superior a 50 años que no hayan sufrido nunca reforma en un plazo inferior (conducciones de agua en su totalidad, instalación eléctrica e instalación de gas) Azulejos, parqués, papel pintado, escayolas, entelados, moqueta, mármol, espejos encastrados siempre que estén adheridos de forma permanente a los suelos, techos y/o paredes Viviendas prefabricadas, íntegras xx xxxxxx Fregadero, lavabo, inodoro, bañera, bidé, mampara fija Viviendas en multipropiedad Instalaciones fijas de: calefacción, refrigeración, placas solares, gas, agua, sanitarias, electricidad, telecomunicaciones Bienes que tengan una especial protección legal Armarios empotrados, persianas, xxxxxx, contraventanas Hórreos, cruceros y blasones Jardín: árboles, arbustos, césped Instalaciones fijas: piscinas, zonas de recreo y deportivas y farolas Árboles frutales destinados a fines industriales o comerciales Aparatos de seguridad y/o domótica Planchas de policarbonato situadas en el exterior Vallas, cercas, muros y otros cerramientos medianeros Viviendas particulares dedicadas a alquiler turístico por un periodo superior a 90 días anuales Dependencias anexas (trasteros, garajes, sótanos) con elementos constructivos similares a los de la vivienda Sin cédula de habitabilidad En caso de propiedad horizontal, la parte del coeficiente de participación de la vivienda siempre que no exista seguro común o si éste este resulta insuficiente Todos aquellos bienes que no pueden separarse de la vivienda sin producir daños en la misma

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