RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD Cláusulas de Ejemplo

RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. Artículo 177.- Efectos de la conformidad Artículo 178.- Constancia de prestación
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. 168.1. La recepción y conformidad es responsabilidad del área usuaria. En el caso de bienes, la recepción es responsabilidad del área xx xxxxxxx y la conformidad es responsabilidad de quien se indique en los documentos del procedimiento de selección.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. DE LA RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. La recepción y conformidad es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad. La conformidad requiere del informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar, dependiendo de la naturaleza de la prestación, la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias. Tratándose de órdenes de compra o de servicio, derivadas de Adjudicaciones de Menor Cuantía distintas a las de consultoría y ejecución de obras, la conformidad puede consignarse en dicho documento. De existir observaciones se consignaran en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de estas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien o servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes y/o servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. Las discrepancias en relación a la recepción y/o conformidad, así como la negativa de la Entidad de efectuarlas podrán ser sometidas a conciliación y/o arbitraje dentro del plazo de quince (15 ) días hábiles de ocurrida la recepción, la 81, 82 Modificado mediante Decreto Supremo N° 138-2012-EF, publicado el 7 xx xxxxxx de 2012. 83 Modificado mediante Decreto Supremo N° 138-2012-EF, publicado el 7 xx xxxxxx de 2012. negativa o de vencido el plazo para otorgar la conformidad, según corresponda. La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.84
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. La recepción y conformidad de los bienes se regulan por lo dispuesto en el Artículo 233º y 234° del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y los documentos que lo conforman. La Conformidad de Recepción, será dada mancomunadamente por el jefe xx Xxxxxxx (o quien haga sus veces) y por el funcionario responsable del área usuaria. En el caso de existir observaciones se consignará en el Acta respectiva, indicándose claramente el sentido de estas, dándole a EL CONTRATISTA un plazo no menor de dos ni mayor de 10 días para la subsanación, en función a la complejidad del bien. Si pese al plazo otorgado el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. La recepción y conformidad es responsabilidad del órgano de administración o, en su caso, del órgano establecido en las Bases, sin perjuicio de lo que se disponga en las normas de organización interna de la Entidad. La conformidad requiere del informe del funcionario responsable del área usuaria, quien deberá verificar, dependiendo de la naturaleza de la prestación, la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones contractuales, debiendo realizar las pruebas que fueran necesarias. Tratándose de órdenes de compra o de servicio, derivadas de Adjudicaciones de Menor Cuantía distintas a las de consultoría y ejecución de obras, la conformidad puede consignarse en dicho documento. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien o servicio. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor xx xxxx (10) días calendarios. Si pese al plazo otorgado, el contratista no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Entidad podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes y/o servicios manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso la Entidad no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. La recepción conforme de la Entidad no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. La recepción y conformidad de los bienes se regula por lo dispuesto en el artículo 233° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y los documentos que lo conforman. La Conformidad de Recepción, será dada por el Jefe xx Xxxxxxx (o quien haga sus veces) y por el encargado del Área de Salud (o quien haga sus veces) en el almacén de destino, considerando el cumplimiento de lo siguiente: Los medicamentos que se entregan corresponden a las especificaciones técnicas incluidas en la propuesta adjudicada y se encuentran en adecuado estado de conservación. Para llevar a cabo tal verificación el contratista deberá entregar en cada punto de destino copia simple de los siguientes documentos: Protocolo ó Certificado de Análisis de Control de Calidad; en el que se pueda verificar que los medicamentos que está entregando cumplen con las especificaciones técnicas adjudicadas. Este documento debe ser emitido por el laboratorio fabricante o por quien encargue su fabricación. Registro Sanitario del producto, el cual deberá estar vigente a la fecha de entrega de los bienes. Sólo para la primera entrega, verificación física, de la entrega de folletos o cartillas ú hojas de instrucciones que señale las condiciones de almacenamiento del medicamento. La entrega de los medicamentos se realiza en las cantidades requeridas y especificadas en las correspondientes órdenes de compra. La Guía de Remisión deberá indicar obligatoriamente por cada punto de destino el número de los lotes entregados y la cantidad de medicamentos que suministra con cada lote. No deberán entregar más de 4 (CUATRO) lotes distintos por cada entrega y punto de destino.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. La recepción y conformidad, se regula por lo dispuesto en el Artículo 233 del Reglamento del Texto Único Ordenado (D.S. 084-2004 PCM) de la Ley Nro. 26850 -Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, verificándose la calidad, cantidad y cumplimiento de las condiciones establecidas en el presente contrato y los documentos que lo conforman. La conformidad de recepción de la última entrega debidamente aprobada cerrará el expediente del Suministro de CONCRETO PREMEZCLADO F’C= 175KG/CM2.
RECEPCIÓN Y CONFORMIDAD. El contratista, deberá presentar mensualmente la relación de atenciones efectuadas, adjuntando las Guías de Remisión debidamente firmadas, consignando el nombre, apellido y número de registro del responsable de la unidad solicitante; lo cual será requisito previo para que la División de Servicios Generales otorgue la conformidad del servicio mensual. La recepción conforme, no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o vicios ocultos.