Programa Arquitectónico Cláusulas de Ejemplo

Programa Arquitectónico. La Intendencia de Montevideo propone la enajenación ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ 419.954, para que de acuerdo al Programa Arquitectónico presentado por el oferente y aprobado oportunamente, se construya un edificio de propiedad privada. El adjudicatario se comprometerá a construir siguiendo fielmente el Programa Arquitectónico establecido en su oferta.
Programa Arquitectónico. Significa la definición de espacios que componen una edificación, definiendo la estructura espacial, su organización y su superficie, así como la manera de agruparse de cada una de las áreas y la definición de las áreas en sus dimensiones superficiales o análisis de áreas.
Programa Arquitectónico. El Contratista deberá dar estricto cumplimiento a las especificaciones técnicas de cada uno de los rubros establecidos para el contrato, adicionalmente deberá ocupar los recursos que en su propuesta establezca, como son equipos y herramientas, mano de obra, materiales, etc. El Contratista deberá contar con el personal técnico requerido por la contratante, en cada una de las especialidades requeridas y presentadas dentro de la misma, en función del tiempo de participación requerido por la contratante, laborando en las jornadas establecidas y garantizando la ejecución del proyecto con profesionales calificados. El Contratista trabajará con mínimo tres frentes de trabajo simultáneos. Lo cual deberá verse reflejado en la presentación de un cronograma de actividades de la obra, con la finalidad de dar cumplimiento a los tiempos establecidos dentro del contrato. CENTRO DE SALUD TIPO A, EN LA LOCALIDAD DE CHONTAPUNTA, ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ EN LA PROVINCIA DE NAPO
Programa Arquitectónico. Debe efectuarse un estudio y análisis de la adecuada ubicación de la infraestructura propuesta en el terreno destinado a esta inversión en función a las características y necesidades específicas. Se debe establecer el ordenamiento adecuado de los elementos de diseño de forma lógica y funcional para la buena ejecución del proyecto, determinando los tipos y cantidad de ambientes de acuerdo a requerimiento, la superficie a ocupar, los sistemas de instalaciones (eléctrico, sanitario, agua, seguridad electrónica, etc.). Definir el dimensionamiento en función al proyecto mediante tablas, esquemas, diagramas y otros que vea por conveniente implementar el proyectista. El estudio incluirá mínimamente las siguientes áreas.
Programa Arquitectónico conjunto particular de características y condicionantes del espacio funcional a diseñar. Debe brindar a sus destinatarios una solución espacio-funcional adecuada, y cumplir con las condiciones exigidas por las Especificaciones Técnicas y con los requisitos legales vigentes establecidos en los diversos recaudos y en el presente Pliego.

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  • Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.

  • CESIÓN Y SUBARRIENDO El inmueble no se podrá ceder ni subarrendar de forma parcial ni total por el arrendatario sin previo consentimiento por escrito del arrendador. El incumplimiento de esta cláusula será causa de resolución del contrato.

  • Metas e indicadores del programa LÍNEA CONCEPTO DE GASTO META Indicador

  • COBERTURA Y MATERIA ASEGURADA El asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, según corresponda, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de fallecimiento, desmembramiento, incapacidad, hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de un accidente, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos de cada una de las alternativas de cobertura contratadas. El accidente necesariamente debe ocurrir dentro del período de vigencia del asegurado en el contrato de seguro y las coberturas, que darán origen al pago del monto asegurado o al reembolso de gastos médicos, deben encontrarse contratadas por el asegurado y vigentes al momento de la ocurrencia del accidente. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si el accidente ocurrió con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. Adicionalmente, el asegurador pagará al asegurado o a sus beneficiarios, el monto asegurado señalado en las Condiciones Particulares de la póliza en caso de hospitalización, cirugía y/o el reembolso de gastos médicos incurridos, a consecuencia de una enfermedad, si así lo contempla la alternativa de cobertura contratada, de acuerdo a la definición, descripción, límites, topes y montos máximos contemplados en ella. La enfermedad que dé lugar a la cobertura de alguna de las alternativas de este contrato de seguro, necesariamente debe haber sido diagnosticada durante la vigencia del asegurado en el contrato de seguro y de la alternativa de cobertura. Por lo tanto, no se pagará el monto asegurado o los reembolsos de gastos médicos de la alternativa de cobertura contratada si la enfermedad fue diagnosticada con anterioridad al inicio de vigencia del asegurado en el contrato de seguro o sin estar la alternativa de cobertura contratada y vigente. El contratante podrá contratar una o más de estas alternativas de cobertura, las que según corresponda deberán estar expresamente indicadas en las Condiciones Particulares de la póliza. Las alternativas de cobertura son las siguientes:

  • Promoción profesional En materia de promoción profesional y ascensos se promoverá mediante la introducción de medidas de acción positiva la superación del déficit de presencia de mujeres, en el supuesto que existieren, en los puestos y grupos profesionales más cualificados o, en su caso, del género menos representado. De la misma manera la edad, procedencia étnico cultural, orientación sexual o diversidad cognitiva y/o física, no podrá suponer un hándicap en los sistemas de promoción profesional.