PLAZO DEL SUMINISTRO Cláusulas de Ejemplo
PLAZO DEL SUMINISTRO. EL SUMINISTRANTE se compromete a cumplir con la atención de gasolina de 84 octanos a LA SUMISTRADA, en forma periódica al requerimiento expreso de la Entidad, de acuerdo al presupuesto asignado en forma mensual para el año 2007,
PLAZO DEL SUMINISTRO. El plazo máximo del suministro de será de dos meses contado a partir del día siguiente al de la notificación del acuerdo de adjudicación del suministro.
PLAZO DEL SUMINISTRO. Es de quince (15) años contado desde la Fecha de Inicio. Es la potencia adjudicada al Generador en la Licitación. Potencia que el Generador se compromete a poner a disposición de cada Distribuidor Designado en cada Punto de Suministro y que Electroperú se obliga a pagar como mínimo mes a mes al Generador, durante el Plazo del Suministro. Definida en las Leyes Aplicables.
PLAZO DEL SUMINISTRO. Este Acuerdo comenzará en la fecha en que lo firmen ambas partes y continuará durante el Plazo.
PLAZO DEL SUMINISTRO. 7.1. El Plazo de Suministro es el periodo de tiempo comprendido entre la Fecha de Inicio del Contrato y la Fecha de Terminación del Contrato. El Plazo del Suministro será el establecido en el Numeral VII de las Condiciones Particulares de este Contrato.
PLAZO DEL SUMINISTRO. De Ejecución: El plazo de ejecución se iniciará a partir del día siguiente de suscrito el contrato hasta ejecutar el monto contratado o durante el periodo de un (1) año, lo que ocurra primero. De Entrega: La entrega se realizará en un plazo de dos (02) días calendarios, computado a partir del día hábil siguiente de notificada la Orden de Compra al contratista. De Reposición: El plazo de reposición no podrá ser mayor a dos (02) días calendario, el cual será computado desde el día calendario siguiente de recibida la comunicación de EL MINISTERIO. AGUA ▇▇ ▇▇▇▇ SIN GAS X 20 L 961 451 493 452 383 451 416 531 385 480 374 422 5,799 AGUA MINERAL CON GAS X 600 mL 975 248 272 398 248 272 398 248 272 398 272 260 4,261 AGUA MINERAL SIN GAS X 600 mL 3,762 1,719 1,839 2,319 1,724 1,838 2,318 1,718 1,843 2,418 1,823 1,715 25,036 ▇▇▇▇ FILTRANTE X 100 SOBRES 188 50 86 51 38 72 48 39 87 45 67 39 810 BEBIDA GASEOSA DIETETICA X 500 mL AMARILLA 1,514 645 645 695 645 643 693 643 643 693 640 648 8,747 BEBIDA GASEOSA DIETETICA X 500 mL OSCURA 1,031 449 737 499 449 737 499 450 738 500 723 447 7,259 BEBIDA GASEOSA DIETÉTICA X 500 mL NARANJA 792 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 792 BEBIDA GASEOSA X 2.25 L AMARILLA 771 293 241 252 192 277 209 289 237 249 235 234 3,479 BEBIDA GASEOSA X 2.25 L OSCURA 554 270 288 220 220 264 256 246 263 214 260 200 3,255 BEBIDA GASEOSA X 500 mL AMARILLA 2,625 1,192 1,441 1,590 1,152 1,479 1,549 1,190 1,436 1,587 1,429 1,166 17,836 BEBIDA GASEOSA X 500 mL NARANJA 945 186 474 186 186 473 187 187 475 187 460 174 4,120 BEBIDA GASEOSA X 500 mL OSCURA 3,099 1,351 1,297 1,698 1,348 1,296 1,696 1,347 1,296 1,694 1,338 1,315 18,775 CAFE INSTANTANEO X 190 g 336 178 227 150 136 182 169 132 180 142 205 143 2,180 CAFE MOLIDO X 220 g 611 288 370 266 288 330 266 286 329 281 364 288 3,967 GALLETA DE SODA X 34 g APROX. 6,743 2,553 2,985 2,703 2,553 3,014 2,703 3,513 2,985 2,733 2,985 2,598 38,068 GALLETA RELLENA DE DULCE X 51 g APROX. X 6 30 0 30 0 30 0 30 0 30 0 30 0 180 GALLETA VAINILLA X 37 g APROX. 7,328 2,491 2,919 4,047 2,486 2,919 3,087 2,487 2,919 3,187 2,919 2,538 39,327 GALLETA VAINILLA X 53 g APROX. 40 0 0 40 0 0 40 0 40 0 40 0 200 LECHE EVAPORADA ENTERA X 400 g APROX. 193 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 17 380 LECHE EVAPORADA SEMI DESCREMADA 400 g APROX. 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 25 300 LECHE FRESCA SIN LACTOSA X 1 L 12 0 0 12 0 0 12 0 12 0 0 0 48 MANZANILLA FILTRANTE X 100 SOBRES 174 48 89 52 38 88 48 40 97 51 84 39 848 MARGARINA CON SAL X 450 g 28 3 6 3 3 ...
PLAZO DEL SUMINISTRO. Es de quince (15) años contado desde la fecha de Inicio. Sumatoria de Potencias Contratadas Parciales. En ningún caso la Potencia Contratada será mayor a la Potencia Ofrecida. Potencia a ser suministrada por el Generador al Distribuidor en algún Punto de Suministro bajo el Contrato, y que el Distribuidor se obliga a pagar como mínimo mes a mes al Generador, durante el Plazo del Suministro. Es la potencia que puede suministrar la Central Hidroeléctrica con una probabilidad de excedencia de noventa y cinco por ciento (95%) Potencia señalada en la resolución que aprobó la Concesión Definitiva de la Central Hidroeléctrica, o en su defecto, la que aprobó la Concesión Temporal.
PLAZO DEL SUMINISTRO. Es de quince (15) años contado desde la fecha de Inicio. Sumatoria de Potencias Contratadas Parciales. En ningún caso la Potencia Contratada será mayor a la Potencia Ofrecida. Potencia a ser suministrada por el Generador al Distribuidor en algún Punto de Suministro bajo el Contrato, y que el Distribuidor se obliga a pagar como mínimo mes a mes al Generador, durante el Plazo del Suministro. Potencia señalada en la resolución que aprobó la Concesión Definitiva de la Central Hidroeléctrica, o en su defecto, la que aprobó la Concesión Temporal.
PLAZO DEL SUMINISTRO. EL CONTRATISTA se compromete a cumplir con el SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES a LA DIRECCIÓN, en forma periódica al requerimiento expreso de la Entidad, conforme se adecua al Expediente Técnico del Proyecto: “Apoyo a la Producción Agraria – Campaña Agrícola - 2005”, en la cual se aprecia la asignación presupuestal para el suministro de dichos bienes en forma mensualizada, comprendiendo dicho suministro hasta el 31 de Diciembre del 2005. .
PLAZO DEL SUMINISTRO. (Numeral 2 y 7 )
