Persianas Cláusulas de Ejemplo

Persianas. NO CONTRACTUAL El asegurador cubre el envío de un persianista en caso de avería en las persianas sobre carriles fijos del local empresarial, para la reparación de dicha avería. El importe del desplazamiento del profesional lo asume el asegurador. El coste de la mano de obra y de los materiales los asume el asegurador cuando los profesionales intervengan para reparar un siniestro cubierto, con los límites establecidos en la póliza. Cuando el siniestro no esté cubierto, la mano de obra y el coste de los materiales van a cargo del asegurado.
Persianas. Como consecuencia de avería en las persianas sobre carriles fijos de la vivienda asegurada, no cubierta por las demás garantías de la póliza, el Asegurador aprobará el envío de un profesional persianista para efectuar las correspondientes reparaciones para restituir el normal uso de las mismas.
Persianas. 4°. Ebanistería
Persianas. Las persianas se mantendrán limpias de polvo y se procederá a una limpieza más a fondo con detergente neutro cuando así lo precisen.
Persianas. Se limpiarán tanto las láminas como las cintas que las sustentan, utilizando un detergente neutro. 22.-
Persianas. 6.2. CONDICIONES Y PRESTACIONES DEL SERVICIO‌ La Compañía pone a disposición del Asegurado este servicio con las características siguientes: Existencia y funcionamiento, 24 horas al día y todos los días del año, de una centralita telefónica a través de la cual el Asegurado puede solicitar la prestación de los servicios ofrecidos. La organización y mantenimiento de una red de asistencia capaz de prestar los servicios requeridos. El envío al domicilio asegurado del profesional solicitado sin coste para el Asegurado. En el caso de que se trate de un hecho cubierto por la póliza, si el Asegurado lo solicita así, la Compañía podrá realizar el pago por cuenta del Asegurado a cuenta de la indemnización que le corresponde. En el caso de hechos no cubiertos, las facturas serán a cargo del Asegurado.
Persianas. Criterios de medición y valoración de unidades Características y recepción de los productos que se incorporan a las unidades de obra
Persianas. 6.8.1. PARA LA LIMPIEZA PROFUNDA DE PERSIANAS DEL SERVICIO DE LIMPIEZA INTEGRAL, CONSISTIRÁ EN LA LIMPIEZA Y EL LAVADO DE PERSIANAS, CON LA UTILIZACIÓN DE LÍQUIDO ESPECIAL MULTIUSOS Y AGUA, SEGÚN SEA EL CASO. SÁBADOS DE LAS 08:00 HRS. HASTA LAS 14:00 HRS. BAJO DEMANDA FUERA DE HORARIO DE ACUERDO A LA SUPERFICIE Y TIEMPO DE EJECUCIÓN.

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.