Common use of Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Clause in Contracts

Obligaciones laborales, sociales y medioambientales. El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo. La contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo adjudicado, está obligada al exacto cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Social, de integración social de personas discapacitadas y de prevención de riesgos laborales y, en relación a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte de las empresas subcontratistas -en su caso- se cumpla la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus personas trabajadoras. La contratista estará obligada a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate -en su caso- se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a las personas trabajadoras el convenio del sector del que forman parte, especialmente en cuanto a la subrogación del personal se refiere.

Appears in 3 contracts

Samples: Contrato De Servicios, Contrato De Suministros, mnhlicitaciones.com

Obligaciones laborales, sociales y medioambientales. El contrato se halla sujeto contratista está obligado al estricto cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes y que resulten de aplicación en materia laboral, de Seguridad Social y seguridad social, de integración de personas con discapacidad, de seguridad y salud en el trabajotrabajo y de prevención de riesgos laborales. La contratista respecto al El personal que emplee en se adscriba a la realización ejecución del trabajo adjudicado, está obligada al exacto cumplimiento contrato dependerá exclusivamente de la empresa adjudicataria que tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empresario/a y deberá cumplir la normativa vigente en materia laboral, de Seguridad Socialseguridad social, de integración social de personas discapacitadas con discapacidad, seguridad y de salud en el trabajo y prevención de riesgos laborales yriesgos, e igualmente con cuantos tributos u obligaciones fiscales pudieran derivarse de dicho personal, quedando la Mancomunidad exenta de responsabilidad sobre las relaciones entre el contratista y su personal. A la finalización del contrato de servicios no podrá producirse en relación a estas últimas, de formación social, comprometiéndose a que por parte ningún caso la consolidación de las empresas subcontratistas -en su caso- se cumpla personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la legislación vigente en materia laboral con respecto a sus personas trabajadoras. La contratista estará obligada a que el trabajo, tanto en su empresa como con las empresas que subcontrate -en su caso- se desempeñe en condiciones dignas, siéndoles de aplicación a las personas trabajadoras el convenio del sector del que forman parte, especialmente en cuanto a la subrogación del personal se refiereentidad contratante.

Appears in 1 contract

Samples: www.contratacion.euskadi.eus