MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO Cláusulas de Ejemplo

MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Opción 1: Aseguramiento sin listas SI NO Opción 2: Aseguramiento con listas SI NO, de ser afirmativo señalar bajo cual esquema: Límite de Responsabilidad al 100% Primer Riesgo Relativo del 50% Límite de Responsabilidad Total: Valor Asegurado Individual (solo aplica si se enlistan los bienes que conforman el contenido) Partida Monto Asegurado Monto Asegurado Tarifa % Recargo o Tarifa Prima Asegurada al 100% al 50% Inicial Descuento Final Neta Sistema de Alarma conectada a la Policía o Central de Seguridad Privada (15%) SI NO Colinda con un inmueble desocupado o lote baldío y/x xxxxx que permanezcan durante el día sin ocupantes (20%) SI NO Periodo de Indemnización (entre 1 y 12 meses): Monto asegurado por mes: Monto Asegurado Prima neta anual Recargo por Impuesto de Ventas Prima total a Pagar Total a Pagar fraccionamiento
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO a. Modalidad Tradicional
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Para cada vehículo asegurado se determinará en las Condiciones Particulares de la póliza una de las siguientes modalidades de aseguramiento:
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. A primer riesgo y, en consecuencia, el asegurado no soportará parte alguna de la pérdida o deterioro, sino en el caso que el monto del siniestro exceda la suma asegurada. Por lo tanto, la indemnización no estará afecta a que la regla proporcional que señala el artículo 553 del Código de Comercio. Las personas naturales arrendatarias en los contratos de arrendamiento de vivienda con promesa de compraventa de la Ley N° 19.281, originados o administrados por la Entidad Crediticia, que habiendo cumplido con los requisitos de asegurabilidad, se encuentren aceptados e incorporados en las nóminas de asegurados enviados a la Compañía de Seguros. Son también asegurados el stock de arrendatarios actuales de la Entidad Crediticia o sus cesionarios, o los contratos administrados por ésta, los que se incorporarán automáticamente a las coberturas de la presente licitación, sin solución de continuidad con respecto a las pólizas antiguas, y sin nuevo requisito alguno. La nueva póliza deberá dar continuidad de cobertura en los seguros de incendio y coberturas complementarias. Se entenderá como continuidad de cobertura, al aseguramiento en la nueva póliza de la cartera de deudores asegurados en la póliza colectiva anterior, sin realizar una nueva suscripción, en tanto se cumplan con las condiciones previstas en el número 5 del Capítulo III.1 de la NCG 330.
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Opción 1: Aseguramiento sin listas SI NO Opción 2: Aseguramiento con listas SI NO, de ser afirmativo señalar bajo cual esquema: Límite de Responsabilidad al 100% Primer Riesgo Relativo del 50% Límite de Responsabilidad Total: Valor Asegurado Individual (solo aplica si se enlistan los bienes que conforman el contenido) Partida Monto Asegurado Monto Asegurado Tarifa % Recargo o Tarifa Prima Asegurada al 100% al 50% Inicial Descuento Final Neta Sistema de Alarma conectada a la Policía o Central de Seguridad Privada (15%) SI NO SI Colinda con un inmueble desocupado o lote baldío y/x xxxxx que permanezcan durante el día sin ocupantes (20%) NO Periodo de Indemnización (entre 1 y 12 meses): Monto asegurado por mes: Monto Asegurado Prima neta anual Recargo por Impuesto de Ventas Prima total a Pagar Total a Pagar fraccionamiento Monto Asegurado Prima neta anual Recargo por fraccionamiento Impuesto de Ventas Total a Pagar SI Las gradas tienen: Material antideslizante: SI NO Existe botiquín de primeros auxilios SI NO Tienen pasamanos SI Si cuenta con Piscinas, las áreas de acceso, baños y pisos a su alrededor son de material antideslizante: Parcialmente Cuenta con flotadores y salvavidas SI NO Hay animales domésticos, xx xxxx o guardiane: SI NO Tipo de animales: Permanecen dentro de los predios asegurados o del inmueble? SI NO Hay avisos de precaución SI NO Indicar el nombre completo y número de cédula del Asegurado que va a estar cubierto: Nombre del Beneficiario Cédula Fecha de Nacimiento Parentesco Porcentaje 10% del monto del monto de la Cobertura de Muerte Accidental Nombre Cédula Fecha de Nacimiento Parentesco
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. La modalidad de aseguramiento de la póliza respectiva será la de “Valor comercial”, que consiste en que los daños causados al vehículo asegurado a raíz de un siniestro indemnizable en los términos de la póliza contratada, se indemnizarán hasta la concurrencia de su valor comercial al momento del siniestro sin aplicación de descuento por concepto de infraseguro. La Suma Asegurada detallada en las Condiciones Particulares constituye el monto máximo a indemnizar, siendo que, el monto a indemnizar se calculará en función al Valor Comercial del vehículo al momento de la ocurrencia del siniestro, de acuerdo a lo definido en el artículo 2 literal tt) de este Condicionado General, y no podrá ser mayor a la Suma Asegurada.
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Valor Comercial: En caso de siniestro cubierto por el presente seguro, la indemnización de cargo del asegurador cubre el valor comercial del vehículo al momento del siniestro con el límite del monto asegurado establecido en las Condiciones Particulares de la póliza. Modalidad Vehículo con franquicia aduanera: En esta modalidad la suma asegurada será equivalente al valor de compra del vehículo señalado en la respectiva factura descontada la depreciación por uso, antigüedad y/o estado de conservación del vehículo. La depreciación y el límite del monto asegurado será el establecido en las Condiciones Particulares de la Póliza. En caso de no contar con la factura, la suma asegurada corresponderá al valor comercial del vehículo,con la misma franquicia, a la época del siniestro en la zona o región del país donde fue adquirido con el límite del monto asegurado establecido con las Condiciones Particulares de la póliza . Se entenderá que si el vehículo está afecto a alguna franquicia aduanera al momento del siniestro, el seguro se contrató bajo esta modalidad.
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Seguro de Desgravamen cubre el saldo insoluto del crédito contraído con el CONTRATANTE. ASEGURADO: Persona natural cuyo nombre y demás datos de identificación constan en las Condiciones Particulares o Certificado de Seguro, según corresponda, y cuya vida se asegura en la presente Póliza, para lo cual debe cumplir con los requisitos de edad y condiciones de asegurabilidad establecidos en ésta. El Asegurado es quien mantiene saldos deudores derivados de créditos otorgados por la ENTIDAD FINANCIERA. En caso que el ASEGURADO no tenga deuda con la ENTIDAD FINANCIERA, no tendrá cobertura por Desempleo Involuntario e Incapacidad Temporal.
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Valor de reposición a nuevo.
MODALIDAD DE ASEGURAMIENTO. Modalidad Tradicional, según Art. 4º, Letra C, Nº 1 de las Condiciones Generales de POL120140295.