MINIMA CUANTIA Cláusulas de Ejemplo

MINIMA CUANTIA. C-VENTA-0236-201 DIDACTICOS PINOCHO S A COMPRAVENTA 30/12/2014 0 10 COMPRAVENTA MATERIAL DE EDUCACIÓN NUTRICIONAL Y SALUD PARA EL PLAN DE SALUD DEL MUNICIPIO Y ELEMENTOS DE PSICOMOTRICIDAD Y TERAPIA PARA EL PROGRAMA CENTRO DE VIDA SENSORIAL DE LA XXXX CUNDINAMARCA MINIMA CUANTIA C-SUM-0237-2014 TRANSMIFRA SAS CONTRATO DE SUMINISTRO 30/12/2014 0 8 SUMINISTRO Y DOTACION DE ELEMENTOS PARA EL GIMNASIO DEL MUNICIPIO DE LA XXXX CUNDINAMARCA MINIMA CUANTIA C-VENTA-0238-201 MAQUINAS XX XXXXX MLS S COMPRAVENTA 30/12/2014 0 8 COMPRAVENTA DE MAQUINAS XX XXXXX PARA EL APOYO A LOS PROCESOS DE GENERACIÓN DE INGRESOS DEL PROGRAMA EQUIDAD SOCIAL Y DE GÉNERO DEL MUNICIPIO DE LA XXXX MINIMA CUANTIA CPS-0239-2014 XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX. CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS 31/12/2014 6 0 PRESTACION DE SERVICIO HOTELERO PARA LAS PRACTICANTES DE PSICOLOGÍA Y TRABAJO SOCIAL DE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE LA XXXX MINIMA CUANTIA COBRA-0240-2014 HDD CONSTRUCCIONES LTDA CONTRATO DE OBRA 31/12/2014 4 0 MEJORAMIENTO Y MANTENIMIENTO DE VIAS RURALES, POR AMENAZA Y/O RIESGO EN EL MUNICIPIO DE LA XXXX CUNDINAMARCA. SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA CPS-0241-2014 AGROAMBIENTAL INTERVENTORIAS Y OBRAS CIVILES S.A.S. CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS 31/12/2014 6 0 PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES PARA EL CARGUE Y REPORTE DE REGALIAS A TRAVES DEL APLICATIVO GESPROY_GSR, DE LA INFORMACIÓN DEL SEGUIMIENTO DE LOS PROYECTOS DEL MUNICIPIO DE LA XXXX CUNDINAMARCA APROBADOS POR EL SISTEMA NACIONAL DE REGALIAS DIRECTA X CONT-ARRENDAM COMITÉ DE CAFETEROS CONTRATO DE ARRENDAMIENTO 22/01/2014 1 ARREANDAMIENTO DE UN BIEN INMUEBLE DE 80M2 UBICADO EN LA XXXXXXX 0 Xx. 00-00 XXXXXXXXXX XXXXXX XXXXXXXXX XX XX XXXX XXXXXXXXXXXX PARA USO INSTITUCIONAL DIRECTA
MINIMA CUANTIA. A X CPS-0106-2014 XXXX XXXXXXXXX XXXXXX P CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS 13/05/2014 7 0 PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y DE APOYO A LA GESTIÓN COMO SUPERVISOR DE OBRAS EN EL SUMINISTRO DE MATERIALES PARA MEJORAMIENTO DE VÍAS RURALES VÍAS URBANAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS INMUEBLES MUNICIPALES O BAJO CUSTODIA DEL MUNICIPIO MEJORAMIENTO DE VIVIENDA URBANA Y RURAL DEL MUNICIPIO DE LA XXXX. MINIMA CUANTIA X CPS-0107-2014 XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX CONTRATTO DE PRESTACION DE SERVICIOS 16/05/2014 0 1 PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGÍSTICO EN LA CELEBRACIÓN DEL FORO EDUCATIVO 2014 “PROYECTOS Y PROCESOS PRODUCTIVOS EN LA EDUCACIÓN MEDIA” EN EL MUNICIPIO DE LA XXXX, CUNDINAMARCA MINIMA CUANTIA XXXX-0000-0000 XXXXX GIVETH MURCIA DUAR CONTRATO DE SUMINISTRO 17/05/2014 0 8 SUMINISTRO DE “IMPLEMENTACION DEPORTIVA” PARA LAS ESCUELAS DE FORMACIÓN DEPORTIVA DEL MUNICIPIO DE LA XXXX CUNDINAMARCA.
MINIMA CUANTIA. La mínima cuantía es un procedimiento sencillo y rápido para escoger al contratista en la adquisición de los bienes, obras y servicios cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía de las Entidades Estatales. La mínima cuantía puede a todos los objetos de contratación cuando el presupuesto oficial del contrato sea inferior o igual a la mínima cuantía de la Entidad Estatal, sin importar la naturaleza del contrato y así que esta modalidad tiene menos formalidades y los términos en el Proceso de selección son menores a las demás modalidades. Las reglas aplicables a la modalidad de selección de mínima cuantía son las consagradas en el numeral 5 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007, que fue modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011, y las particulares del artículo 84 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. El Decreto regula igualmente la adquisición de bienes en Grandes Superficies hasta por el monto de su mínima cuantía, para lo cual se deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 86 del decreto 1510 de 2013. La descripción sucinta de la necesidad que pretende satisfacer con la contratación. La descripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios. Las condiciones técnicas exigidas. El valor estimado del contrato y su justificación. El plazo de ejecución del contrato. El certificado de disponibilidad presupuestal que respalda la contratación. De haberse previsto, las garantías exigibles al contratista. Forma de pago, de haberse previsto un plazo por parte de la Entidad para ello.
MINIMA CUANTIA. De acuerdo al Capitulo V y en especial el Artículo 3.5.1 del decreto 734 de 2012 se define Como Mínima cuantía las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda xxx xxxx por ciento (10%) de la menor cuantía de la entid ad contratante, independientemente de su objeto, cuyas reglas se determinan exclusivamente en el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011. Según el Artículo 2 de la ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 94 de la Ley 1474 de 2011y reglamentado por el artículo 3.1.1 del decreto 734 de 2012, las entidades seleccionarán a los contratistas a través de las siguientes modalidades:
MINIMA CUANTIA. CSUM-0113-2014 XXXXX XXXX XX XXXXXXXXX CONTRATO DE SUMINISTRO 03/06/2014 7 0 SUMINISTRO DE COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES PARA LA OPERACIÓN DE LOS VEHICULOS MOTOCICLETAS DE PROPIEDAD Y/O ASIGNADOS A LOS ORGANISMOS DE SEGURIDAD Y ORDEN PUBLICO QUE PRESTAN SUS SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE LA XXXX CUNDINAMARCA SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTIA CSUM-0114-2014 VICARTECHZ LIMITADA CONTRATO DE SUMINISTRO 03/06/2014 1 0 SUMINISTRO DE EQUIPOS DE AUDIO Y AMPLIFICACIÓN PARA LOS DIFERENTES EVENTOS DE PEQUEÑA – MEDIANA ASISTENCIA EL MUNICIPIO DE LA XXXX, CUNDINAMARCA, Y GENERAR DIFUSIÓN MÓVIL DE LAS DIFERENTES CONVOCATORIAS REALIZADAS POR LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL.
MINIMA CUANTIA. La SECRETARIA DISTRITAL DE INTEGRACION SOCIAL, adelantará el procedimiento de mínima cuantía para la adquisición de bienes, servicios y obras cuando el valor no exceda el 10% de la menor cuantía de la Entidad, independiente de su objeto, teniendo en cuenta el procedimiento previsto en el Capítulo V del Título I del Decreto 1510 de 2013, siendo posible adelantar un proceso público o una adquisición en Grandes Superficies. CONTRATACION DIRECTA La Contratación Directa bajo la ley 80 de 19993, 1150 de 2007 y Decreto 1510 de 2013, procede entre otras en los siguientes casos:
MINIMA CUANTIA. Se considera contrato de mínima cuantía cuando esta no sobrepase de Cien (100) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes y será una orden de suministro o de servicios cuando excede los cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes y no sobre pase de Veintiocho (28) SMMLV.
MINIMA CUANTIA. Será procedente contratar por la modalidad de Mínima Cuantía, cuando se trate de adquisición de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda el diez por ciento (10%) de la menor cuantía del Municipio. Las reglas del procedimiento bajo la modalidad de Mínima Cuantía, se encuentran previstas en la ley 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción) y el Dec.1510 de 2013. No se podrá adelantar por Mínima cuantía procesos que tengan causal definida en la Contratación Directa.  Descripción sucinta descripción de la necesidadDescripción del objeto a contratar identificado con el cuarto nivel del Clasificador de Bienes y Servicios.  Las condiciones técnicas exigidasValor estimado del contrato y su justificación.  El plazo de ejecución  El correspondientes certificado de disponibilidad presupuestal.
MINIMA CUANTIA. La Alcaldía de Valledupar utilizará esta modalidad de selección para las adquisiciones de bienes, servicios y obras cuyo valor no exceda xxx xxxx (10%) de la menor cuantía del Municipio, independientemente de su objeto, cuyas reglas se determinan exclusivamente en el articulo 94 de la Ley 1474 de 2011 y en el Decreto 734 de 2012.

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  • Cancelación del Procedimiento En cualquier momento comprendido entre la convocatoria y hasta 24 horas antes de la fecha de presentación de las ofertas, la máxima autoridad de la entidad contratante podrá declarar cancelado el procedimiento, mediante resolución debidamente motivada, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la LOSNCP.

  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Ámbito El servicio se presta sobre situaciones fácticas acontecidas en territorio español y a las que sea aplicable la legislación española, correspondiendo la competencia a los Jueces y Tribunales españoles. El contenido del asesoramiento jurídico prestado al USUARIO por los Abogados de LEGÁLITAS no podrá ser empleado para usos distintos al estricto aprovechamiento personal del mismo; la difusión pública del referido asesoramiento jurídico requerirá la expresa autorización por parte de LEGÁLITAS.

  • ANEXOS DEL CONTRATO Hacen parte integrante de este contrato los siguientes documentos:

  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.