Common use of INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN Clause in Contracts

INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisión, con el fin de dar trámite a la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugar. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partes.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión del presente contrato El Ministerio de Defensa – Dirección de Sanidad FAC Fuerza Aérea, ejercerá el control y la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes vigilancia de la contratación sobre ejecución de los cambios que se presenten durante trabajos a través de la ejecución del contrato Señora T3. CAÑON XXXX XXXXX. El Supervisor debe ejercer un control integral, técnico, administrativo, financiero, contable y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar jurídico sobre el cumplimiento objeto del contrato, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las obligaciones cumplidas condiciones técnicas, económicas y verificar los informes presentados financieras existentes al momento de la celebración del mismo El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por EL CONTRATISTAescrito, y con copia al Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea, el interventor y/o supervisor. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para No obstante, si el pago del valor del contrato Contratista no está de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisiónlas mismas debe manifestarlo por escrito al interventor y/o supervisor, con el fin copia al Ministerio de dar trámite Defensa – Fuerza Aérea, antes de proceder a la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugarejecutar las órdenes. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor y/o supervisor si del cumplimiento de ausencia parcial dichas órdenes se derivan perjuicios para el Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea. Si el Contratista rehúsa o total descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor y/o supervisor, éste le notificará por escrito sobre el ordenador incumplimiento de gasto designará uno nuevodicha orden, previa solicitud radicada ante la Subdirección señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de Contrataciónun plazo de 10 días hábiles, el interventor y/o supervisor comunicará dicha situación al Ministerio de Defensa – Fuerza Aérea, para lo cual no se requerirá que este tome las medidas que considere necesarias. El interventor y/o supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, como es el caso de modificación contractual y atención de emergencias, derrumbes, hundimientos de bancas, interrupción del tránsito, entre otros, incumpliendo así el oficio con la nueva designación se comunicará a desarrollo normal de las partesactividades programadas.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión y/o Interventoría del presente contrato será ejercida por el-la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES Subdirector-a para la Gestión Integral Local y/o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por la firma externa contratada para el cabal cumplimiento efecto; en virtud de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado dispuesto en el Contratoinciso segundo del artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, en la Leysupervisión podrá contratar personal de apoyo con el fin de ejercer adecuadamente la Supervisión mediante un profesional o un equipo de profesionales, sin que dicho apoyo implique el traslado de la responsabilidad del ejercicio de la Supervisión. De ser necesario la Interventoría se ejecutará por una persona jurídica independiente de la SECRETARÍA, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIOcontratada para tal efecto. La Interventoría externa realizará la vigilancia contractual, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así para lo requieran. Informar al líder cual debe contar con conocimientos técnicos o líderes de la contratación sobre los cambios especializados que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificacionesrelacionen directamente con el objeto contractual, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato desarrollo de una adecuada vigilancia y control contractual. PARÁGRAFO PRIMERO: El Interventor y/o Supervisor ejercerá la labor encomendada de acuerdo con lo establecido en los documentos del Manual de Contratación y el Manual de Supervisión e Interventoría de la cláusula Secretaría Distrital de forma Integración Social y demás herramientas administrativas existentes para el control – seguimiento de pagolas obligaciones contractuales y lo consignado en la presente ficha técnica de negociación y en particular lo relacionado con la ejecución, supervisión y liquidación del Contrato. Elaborar el informe final de supervisión, PARÁGRAFO SEGUNDO: La Interventoría y/o Supervisión deberá actuar en oportunidad con el fin de dar trámite verificar el cumplimiento de la negociación en lo que tiene que ver con el desarrollo de sus actividades y la prestación del servicio en armonía con los lineamientos conceptuales, metodológicos y operativas del proyecto “Bogotá Te Nutre”. PARÁGRAFO TERCERO: En virtud del Artículo 83 de la ley 1474 de 2011, el supervisor podrá contar con apoyo a la liquidación Supervisión por parte de un profesional o un equipo de profesionales, sin que dicho apoyo implique el traslado de la responsabilidad del contrato, si a ello hubiere lugarejercicio de la Supervisión. Las demás funciones inherentes a PARAGRAFO CUARTO: El Interventor y/o supervisor verificará el cumplimiento de los requisitos para la supervisión. Parágrafo: En caso ejecución de ausencia parcial la presente negociación y ejercerá todas las obligaciones propias de la Interventoría y/o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partesSupervisión.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión supervisión y/o control de ejecución de la negociación estará a cargo de la persona que designe el Director, quien deberá observar en el ejercicio de sus funciones lo dispuesto en el numeral 1º del presente contrato artículo 4° y numeral 1º del artículo 26 de la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesLey 80 de 1993, el artículo 84 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes, a quien le corresponde vigilar través del Coordinador del Grupo de Planeación Operativa y el debido Visto Bueno de la Oficina Asesora Jurídica, a efectos de corroborar la veracidad y la legitimidad del proceso de ejecución.  OBLIGACIONES ESPECIALES DEL SUPERVISOR: Serán funciones de la supervisión: velar por el cabal cumplimiento desempeño del COMITENTE VENDEDOR, asistir a las presentaciones de los informes, recibir y aprobar todos los informes presentados, comunicar las obligaciones de decisiones tomadas en relación con los proyectos y ejecutar las partesdemás actividades que le sean propias. En consecuencia, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especialdesarrollará las siguientes actividades: Velar por 1) Exigir el cumplimiento de las obligaciones de las la negociación en todas sus partes. 2) Hacer el seguimiento para verificar y certificar que el COMITENTE VENDEDOR cumpla con las condiciones de ejecución exigidas. 3) Verificar el cumplimiento administrativo y financiero del contrato COMITENTE VENDEDOR a fin de validar su documentación para pago; estas son: facturas, remisiones y aspectos tributarios. 4) Resolver las consultas que le formule el COMITENTE VENDEDOR y hacer las observaciones que estime conveniente. 5) Verificar que el COMITENTE VENDEDOR realice los aportes al Sistema de Seguridad Social en cuanto a plazoSalud y Pensión, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula normatividad que rige la materia. 6) Elaborar y Suscribir las Actas de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisiónInicio, con el fin de dar trámite a la liquidación del contratosuspensión, si reanudación (cuando a ello hubiere lugar) y de Liquidación de la negociación. Las demás funciones inherentes 7) Cumplir lo establecido en el manual de contratación de la entidad y las normas que la adicionen, modifiquen o sustituyan. 8) Todas aquellas a que haya lugar, para la correcta ejecución dela negociación, y que no se encuentran expresamente descritas en este documento. Para efectos del correcto seguimiento a la supervisión. Parágrafo: En caso ejecución de ausencia parcial la presente negociación, los supervisores designados se apoyarán en los soportes y/o total planillas diligenciados y debidamente firmados por el personal que recibió el servicio y visto bueno del supervisorrespectivo coordinador del Área Operativa, Instrumentos y Metalmecánica, Automatización y/o el ordenador coordinador del grupo o Jefe de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partesdependencia.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión INFICALDAS ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos y obras del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesContrato, a quien le corresponde vigilar y velar través de la interventoría, la cual será contratada por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por INFICALDAS. La interventoría tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista. La interventoría ejercerá, en nombre de INFICALDAS, un control integral sobre el Contrato, para lo cual podrá exigir al Contratista, en cualquier momento, la presentación de la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del Contrato, las condiciones técnicas, administrativas, financieras, contables y jurídicas existentes al momento de la celebración del mismo. Además de las partes. Verificar actividades generales antes mencionadas y de las contempladas en el cumplimiento Manual de Interventoría del contrato INVIAS 2016, con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del Contrato, la interventoría apoyará, asistirá y asesorará a INFICALDAS, hasta la liquidación del Contrato, respecto de todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, jurídico, socio-ambiental, presupuestal, de Seguridad y Salud en cuanto a plazoel Trabajo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten susciten durante la ejecución del contrato Contrato. Así mismo, la interventoría prestará a INFICALDAS asesoría relacionada con la ejecución del Contrato cuando la situación judicial o administrativa así lo requiera, sin que implique un costo adicional para INFICALDAS. La interventoría no permitirá que el Contratista inicie los trabajos y velar obras del Contrato, sin que aquél cuente con los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, la interventoría velará porque se suscriban por cumpla con lo establecido en la normatividad ambiental y llevará estricto control y seguimiento del cumplimiento del PMA aprobado para el desarrollo de las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre obras del Contrato y verificará el cumplimiento de las obligaciones cumplidas los indicadores del Contratista para alcanzar una calificación final y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales paz y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato salvo, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Interventoría del INVIAS vigente. La interventoría está facultada para revisar todos los documentos del Contrato cuando, por razones técnicas, económicas, ambientales, jurídicas o de otra naturaleza, el Contratista solicite modificaciones en la cláusula ejecución del Contrato. La interventoría está autorizada para ordenarle al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de forma los desajustes que pudieren presentarse durante la ejecución del Contrato y la determinación de pagolos mecanismos y de los procedimientos pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la referida ejecución. Elaborar El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la interventoría; no obstante, si el informe final Contratista no estuviese de supervisiónacuerdo con las mismas, así deberá manifestarlo por escrito a la interventoría antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con la interventoría si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para INFICALDAS. En el evento de que INFICALDAS, por las características técnicas del Contrato y las condiciones ambientales del Área de influencia del Contrato, requiera de la contratación de una interventoría ambiental especializada, el Contratista deberá interactuar con ésta, en los mismos términos antes descritos. La interventoría tendrá bajo su custodia el libro de interventoría, en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el fin desarrollo de dar trámite la ejecución del Contrato, las observaciones o sugerencias que haga la interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan presentarse en los frentes de trabajos, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc., cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del Contratista y de la interventoría. La persona responsable de llevar al día el mencionado registro diario, será el ingeniero Residente, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes de INFICALDAS que lo soliciten. La supervisión del contrato estará ejercida por INFICALDAS a través de la liquidación Sub gerencia de Proyectos Energéticos y de Infraestructura, la cual consiste en el seguimiento técnico, administrativo, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato, si a ello hubiere lugar. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partes.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión INFICALDAS ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos y obras del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesContrato, a quien le corresponde vigilar y velar través de la interventoría, la cual será contratada por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por INFICALDAS. La interventoría tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones a cargo del Contratista. La interventoría ejercerá, en nombre de INFICALDAS, un control integral sobre el Contrato, para lo cual podrá exigir al Contratista, en cualquier momento, la presentación de la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del Contrato, las condiciones técnicas, administrativas, financieras, contables y jurídicas existentes al momento de la celebración del mismo. PLIEGO DE CONDICIONES Además de las partes. Verificar actividades generales antes mencionadas y de las contempladas en el cumplimiento Manual de Interventoría del contrato INVIAS 2016, con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del Contrato, la interventoría apoyará, asistirá y asesorará a INFICALDAS, hasta la liquidación del Contrato, respecto de todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico, jurídico, socio-ambiental, presupuestal, de Seguridad y Salud en cuanto a plazoel Trabajo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten susciten durante la ejecución del contrato Contrato. Así mismo, la interventoría prestará a INFICALDAS asesoría relacionada con la ejecución del Contrato cuando la situación judicial o administrativa así lo requiera, sin que implique un costo adicional para INFICALDAS. La interventoría no permitirá que el Contratista inicie los trabajos y velar obras del Contrato, sin que aquél cuente con los respectivos permisos, autorizaciones y concesiones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. Igualmente, la interventoría velará porque se suscriban por cumpla con lo establecido en la normatividad ambiental y llevará estricto control y seguimiento del cumplimiento del PMA aprobado para el desarrollo de las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre obras del Contrato y verificará el cumplimiento de las obligaciones cumplidas los indicadores del Contratista para alcanzar una calificación final y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales paz y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato salvo, de acuerdo con lo establecido en el Manual de Interventoría del INVIAS vigente. La interventoría está facultada para revisar todos los documentos del Contrato cuando, por razones técnicas, económicas, ambientales, jurídicas o de otra naturaleza, el Contratista solicite modificaciones en la cláusula ejecución del Contrato. La interventoría está autorizada para ordenarle al Contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de forma los desajustes que pudieren presentarse durante la ejecución del Contrato y la determinación de pagolos mecanismos y de los procedimientos pertinentes para prever o solucionar, rápida y eficazmente, las diferencias que llegaren a surgir durante la referida ejecución. Elaborar El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la interventoría; no obstante, si el informe final Contratista no estuviese de supervisiónacuerdo con las mismas, así deberá manifestarlo por escrito a la interventoría antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con la interventoría si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para INFICALDAS. En el evento de que INFICALDAS, por las características técnicas del Contrato y las condiciones ambientales del Área de influencia del Contrato, requiera de la contratación de una interventoría ambiental especializada, el Contratista deberá interactuar con ésta, en los mismos términos antes descritos. La interventoría tendrá bajo su custodia el libro de interventoría, en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el fin desarrollo de dar trámite la ejecución del Contrato, las observaciones o sugerencias que haga la interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan presentarse en los frentes de trabajos, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de la obra, avance de las medidas de manejo ambiental, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc., cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del Contratista y de la interventoría. La persona responsable de llevar al día el mencionado registro diario, será el ingeniero Residente, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes de INFICALDAS que lo soliciten. La supervisión del contrato estará ejercida por INFICALDAS a través de la liquidación Sub gerencia de Proyectos Energéticos y de Infraestructura, la cual consiste en el seguimiento técnico, administrativo, contable y jurídico sobre el cumplimiento del contrato, si a ello hubiere lugar. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partes.

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Samples: Pliego De Condiciones

INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión del presente contrato El Ministerio de Educación Nacional ejercerá el control y la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus veces, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento vigilancia de la ejecución de las obligaciones a través de un servidor de la entidad designado en los estudios previos para tal fin. El supervisor ejercerá el control integral sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las partescondiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de conformidad con lo estipulado en la celebración de este. El Contratista deberá acatar las órdenes que le imparta el Contrato, en la Leysupervisor por escrito, y en con copia a la Entidad. No obstante, si el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato Contratista no está de acuerdo con lo establecido en la cláusula las mismas debe manifestarlo por escrito al supervisor, con copia al Ministerio de forma Educación Nacional, antes de pagoproceder a ejecutar las órdenes. Elaborar el informe final de supervisión, Lo anterior con el fin de dar trámite que el supervisor del contrato informe al ordenador del gasto para tomar la decisión correspondiente. Si a la liquidación pesar de no estar de acuerdo con las órdenes del contratoSupervisor las ejecuta sin manifestar su desacuerdo, responderá solidariamente con el supervisor si a ello hubiere lugardel cumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para el Ministerio de Educación Nacional. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial Si el Contratista se rehúsa o total descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el ordenador incumplimiento de gasto designará uno nuevodicha orden, previa solicitud radicada ante señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de los ocho días hábiles, el supervisor comunicará dicha situación al Ministerio de Educación nacional para que este tome las medidas que considere necesarias. El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse. Teniendo en cuenta la Subdirección cuantía del contrato a celebrar, así como las especificaciones técnicas involucradas en la prestación del servicio, el Ministerio no requiere la contratación de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partesuna interventoría externa.

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Samples: Carta De Presentación De Las Ofertas

INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesSupervisión, entendida como el seguimiento administrativo, técnico, financiero, contable y jurídico a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato será ejercida por la persona designada por el FONDO. Dicha labor podrá ser llevada a cabo directamente por integrantes del FONDO o por una persona natural o jurídica externa e idónea, cuando las circunstancias del contrato lo ameriten. El FONDO ejercerá el control y velar porque se suscriban la vigilancia de la ejecución de los trabajos a través de una supervisión por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones medio del funcionario o prorrogas los funcionarios que se requierandesigne. Suscribir Salvo que en la ejecución del contrato surja la necesidad de contratar una interventoría. La supervisión ejercerá el acta de inicio. Certificar control integral sobre el cumplimiento proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución de los contratos, las obligaciones cumplidas condiciones técnicas, económicas y verificar los informes presentados financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por EL CONTRATISTAescrito el supervisor. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para No obstante, si el pago del valor del contrato Contratista no está de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisiónlas mismas debe manifestarlo por escrito al supervisor, con el fin copia al GERENTE DEL FONDO, antes de dar trámite proceder a la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugarejecutar las órdenes. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso contrario, responderá solidariamente con el supervisor si del cumplimiento de ausencia parcial dichas órdenes se derivan perjuicios para el Ministerio de Educación Nacional. Si el Contratista rehúsa o total descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el ordenador incumplimiento de gasto designará uno nuevodicha orden, previa solicitud radicada ante señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de los ocho días hábiles, el supervisor comunicará dicha situación a la Subdirección GERENCIA DEL FONDO para que este tome las medidas que considere necesarias. El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse. Cuando el seguimiento del contrato suponga conocimiento especializado o cuando la complejidad o la extensión del contrato así lo justifiquen, se podrá contratar una persona natural o jurídica que realice la Interventoría técnica al cumplimiento del contrato. No obstante lo anterior cuando se encuentre justificado y acorde a la naturaleza del contrato principal, podrá contratar la FIDUCIA, con la interventoría técnica, el seguimiento administrativo, financiero, contable y jurídico del contrato. El FONDO ejercerá el control y la vigilancia de Contrataciónla ejecución de los trabajos a través de una supervisión por medio del funcionario o los funcionarios que designe. Salvo que en la ejecución del contrato surja la necesidad de contratar una interventoría. La supervisión ejercerá el control integral sobre el proyecto, para lo cual cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución de los contratos, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El Contratista debe acatar las órdenes que le imparta por escrito el supervisor. No obstante, si el Contratista no está de acuerdo con las mismas debe manifestarlo por escrito al supervisor, con copia al GERENTE DEL FONDO, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el supervisor si del cumplimiento de dichas órdenes se requerirá derivan perjuicios para el Ministerio de modificación contractual Educación Nacional. Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del supervisor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de los ocho días hábiles, el oficio con supervisor comunicará dicha situación a la nueva designación se comunicará GERENCIA DEL FONDO para que este tome las medidas que considere necesarias. El supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a las partespresentarse.

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Samples: Invitación Abierta

INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión del presente contrato la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesXXXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX, en calidad de Coordinadora de Programas Generales, a quien le corresponde vigilar y velar por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Ley, y en el Manual de Contratación de EL MINISTERIO, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisión, con el fin de dar trámite a la liquidación del contrato, si a ello hubiere lugar. Las demás funciones inherentes a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de Contratación, para lo cual no se requerirá de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partes.

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INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN. La Supervisión vigilancia y control del presente contrato suministro será ejercida por: Nombre del funcionario: XXXXXXXXXXXX Cargo: XXXXXXXXXXXXXX Identificación: XXXXXXXXXXXXXX Secretaría: XXXXXXXXXXXXXX Quien ejercerá el control integral o técnico, administrativo, financiero, contable o jurídico; sobre el proyecto, para lo cual, podrá en cualquier momento, exigir al contratista la efectuará JEFE OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES o quien haga sus vecesinformación que considere necesaria, a quien así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del mismo. El Contratista debe acatar las órdenes que le corresponde vigilar y velar imparta por el cabal cumplimiento de las obligaciones de las partes, de conformidad con lo estipulado en el Contrato, en la Leyescrito, y en con copia a la Entidad, el Manual de Contratación de EL MINISTERIOinterventor y/o supervisor. No obstante, y hacer los requerimientos del caso y en especial: Velar por si el cumplimiento de las obligaciones de las partes. Verificar el cumplimiento del contrato en cuanto a plazo, lugar, cantidad, calidad, planes, proyectos y acciones. Efectuar los requerimientos que sea del caso a EL CONTRATISTA cuando las exigencias de cumplimiento así lo requieran. Informar al líder o líderes de la contratación sobre los cambios que se presenten durante la ejecución del contrato y velar porque se suscriban por las partes las correspondientes modificaciones, adiciones o prorrogas que se requieran. Suscribir el acta de inicio. Certificar sobre el cumplimiento de las obligaciones cumplidas y verificar los informes presentados por EL CONTRATISTA. Elaborar los informes parciales y los certificados de cumplimiento para el pago del valor del contrato Contratista no está de acuerdo con lo establecido en la cláusula de forma de pago. Elaborar el informe final de supervisiónlas mismas debe manifestarlo por escrito al interventor y/o supervisor, con el fin de dar trámite copia a la liquidación SECRETARÍA DE CONTRATACIÓN DE LA GOBERNACION DE BOYACÁ, antes de proceder a ejecutar las órdenes. En caso contrario, responderá solidariamente con el interventor y/o supervisor si del contratocumplimiento de dichas órdenes se derivan perjuicios para el DEPARTAMENTO DE BOYACÁ. Si el Contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor y/o supervisor, si a ello hubiere lugaréste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Las demás funciones inherentes Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de TRES (3) DIAS HABILES, el interventor y/o supervisor comunicará dicha situación a la supervisión. Parágrafo: En caso de ausencia parcial o total del supervisor, el ordenador de gasto designará uno nuevo, previa solicitud radicada ante la Subdirección de ContrataciónSECRETARÍA DE CONTRATACIÓN DE LA GOBERNACIÓN DE BOYACÁ, para lo cual no se requerirá que este tome las medidas que considere necesarias. El interventor y/o supervisor debe documentar las causas o motivos del incumplimiento que llegue a presentarse, incumpliendo así el desarrollo normal de modificación contractual y el oficio con la nueva designación se comunicará a las partesactividades programadas.

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