Impago Cláusulas de Ejemplo
Impago. El impago por parte del CLIENTE a EUSKALTEL de las cantidades debidas por la utilización de los servicios en la fecha en que se deba realizar el pago, debido a causas no imputables a la entidad de crédito en la que se domicilien los pagos, implicará la obligación para el CLIENTE de pagar intereses de demora, sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivar de su incumplimiento. El tipo de demora se devengará desde la fecha en que el pago debió realizarse, siendo dicho interés el legal del dinero más dos puntos porcentuales. Igual interés de demora se aplicará para el caso de que, como consecuencia de una reclamación, el CLIENTE tenga derecho al reintegro de alguna cantidad.
Impago. El impago puede tener consecuencias graves, pudiendo acarrear: • Que deba pagar costes o cargos adicionales; • Que su calificación de crédito pueda verse afectada, dificultando o encareciendo la obtención de crédito; y • Que puedan iniciarse acciones legales o un procedimiento concursal contra Usted para recuperar la deuda pendiente de pago nacida del Contrato.
Impago. No pago por el comprador del crédito en la fecha, moneda y en el lugar especificado en el contrato de compraventa.
Impago. Si el Comprador se retrasase en el pago, el Vendedor deberá notificar tal hecho a la Comisión Nacional de Energía tan pronto como lo aprecie y deberá informar a la Comisión Nacional de Energía de la situación del impago en el modo y plazos que ésta establezca.
Impago. Es obligación del CLIENTE abonar las facturas a su vencimien- to. En el caso de producirse impago de la factura por parte del Cliente y tras analizar el caso concreto, EUSKALTEL podrá cargar al CLIENTE los gastos generados por dicha falta de pago, así como las consecuencias que se deriven de este impago, incluidos los gastos de devolución del recibo y los costes de reconexión. Los cargos aplicables en el caso de impago están disponibles en la página web ▇▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇▇▇▇▇▇▇.▇▇▇/ Todo ello sin perjuicio de otras acciones que pudieran llevarse a cabo, como el cobro de demora igual al interés legal del dinero más dos puntos, o la inclusión de los datos del CLIENTE en ficheros de solvencia y crédito.
Impago. Si llegado el vencimiento correspondiente el CLIENTE no ha efectuado el pago acordado, C.A. procederá a la suspensión provisional del servicio y se podrá en contacto con el CLIENTE para intentar solucionar el problema. Si transcurridos siete (7) días desde el vencimiento el CLIENTE sigue sin efectuar los pagos acordados, C.A. podrá suspender definitivamente el servicio, sin que tenga que devolver cantidad alguna por cuotas o indemnizar ninguna cantidad por posibles daños y perjuicios ocasionados.
Impago. La ejecución de cualquier prestación está condicionada al pago completo del precio previsto en el Pedido de Servicios o el presupuesto (en cualquier otra cláusula o anexo del Contrato). Los plazos de pago se precisan en el Pedido de Servicios. La prestación se considerará «pagada» cuando el pago efectivo esté en manos de ▇▇▇▇▇▇. En caso de retraso de pago, se aplicará un interés por demora igual a 5 veces al tipo de interés legal en vigor en la fecha de emisión de la factura en cuestión, a las sumas exigibles a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento del importe no abonado hasta su pago íntegro, y eventualmente se añadirán los gastos y las cargas que Ikoula haya pagado con el fin de cobrar el impago. Se considera como un impago o un retraso, la falta de provisión y/o rechazo por parte del establecimiento bancario de Ikoula tras un pago por cheque o adeudo por domiciliación, o la anulación del pago por tarjeta bancaria. El impago, total o parcial, por parte del Cliente de una factura conllevará inmediata y automáticamente la caducidad del vencimiento del conjunto de las facturas emitidas por Ikoula, que pasarán a ser exigibles de inmediato por ▇▇▇▇▇▇. Cualquier impugnación relativa a las tarifas y facturas de Ikoula deberá formalizarse por correo electrónico motivado, recibido por ▇▇▇▇▇▇ en un plazo máximo de un año a partir de la fecha de emisión de las facturas en cuestión. El retraso o el impago total o parcial al vencimiento de cualquier suma debida en concepto del contrato conllevará de pleno derecho y sin requerimiento previo: La posibilidad de suspender o de rescindir de conformidad con las presentes Condiciones Generales cualquier Servicio en curso hasta el pago completo de las sumas debidas por el Cliente, La suspensión de todos los Servicios en curso, sea cual sea su naturaleza, Los gastos de cobro así como los gastos de rechazo correrán a cargo del cliente con un importe mínimo global de 50 euros impuestos excluidos que el cliente deberá pagar.
Impago. En cuanto a las cuentas prepago, los pagos deben ser abonados tras la realización de un pedido. En cuanto a las cuentas pospago, los pagos deben ser abonados en un plazo de 30 días tras la recepción de la factura. Todos los pagos deben abonarse mediante fondos de disponibilidad inmediata en euros o la moneda local. El cumplimiento del plazo de pago es esencial. El Cliente acepta pagar íntegramente todos los importes debidos sin ninguna compensación, deducción o retención (salvo las deducciones o retenciones exigidas por ley). El Cliente es responsable del pago de las facturas. Asimismo, y sin perjuicio de la responsabilidad del Cliente, la Clínica, si se nombra en la factura o si esta suele pagar las facturas de SureSmile, es responsable de forma conjunta y solidaria con el Cliente en lo que respecta al pago de todas las facturas. Por lo tanto, ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ puede reclamar el pago de cualquier suma debida en virtud de cualquier acuerdo al Cliente personalmente y/o a la Clínica. El Cliente renuncia a la diligencia, reclamación, presentación de un título para el pago, notificación de incumplimiento de pago y protesto. Además, el Cliente acepta el pago de todos los gastos razonables en los que incurra SureSmile por ejecutar el cobro de tarifas o ejercer otros derechos en virtud del Acuerdo, incluidos, con carácter meramente enunciativo, todos los gastos de cualquier procedimiento legal relacionado con ello y los honorarios legales.
Impago. El impago a su vencimiento de cualquier cantidad dispuesta o mensualidad bajo el Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ facultará a la Entidad para exigir, además del pago del importe impagado o mensualidad, una penalización por ▇▇▇▇ del 8 % del importe impagado (con un mínimo de 6 €) que se añadirá al capital, intereses y demás conceptos que integren la mensualidad, formando parte de la misma. La Entidad podrá reformular la mensualidad y volver a presentar al cobro la/s mensualidad/es impagada/s incrementada/s según resulta del párrafo anterior. Con carácter mensual, si la/s mensualidad/es pendiente/s hubiese/n resultado de nuevo impagada/s, la Entidad podrá volver a incrementarla/s exigiendo la penalización por ▇▇▇▇ prevista anteriormente sobre el total montante de las cantidades presentadas al cobro. A partir de la segunda mensualidad impagada a su vencimiento, y mientras el/los deudor/es no haya/n regularizado su situación de pagos con la Entidad poniéndose al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones, cada sucesivo vencimiento de mensualidad tendrá la consideración de impagado y, en consecuencia, devengará la penalidad por ▇▇▇▇ prevista en el primer párrafo de esta Condición. El devengo y/o la exigencia de la penalización por ▇▇▇▇ no obstará ni impedirá a la Entidad declarar el vencimiento anticipado de la deuda en los términos señalados en la Cláusula 14 siguiente.
Impago. En caso de demora en el pago, tolltickets tiene derecho a facturar inmediatamente las
