Gastos específicos de trabajo Cláusulas de Ejemplo

Gastos específicos de trabajo. Son los que varían o deberían variar, en proporción directa a la disminución de los ingresos del negocio (ventas) en caso de siniestro:
Gastos específicos de trabajo. 1. TODAS LAS COMPRAS (MENOS LOS DESCUENTOS OTORGADOS)
Gastos específicos de trabajo. CORRESPONDE A TODAS LAS COMPRAS (MENOS LOS DESCUENTOS OTORGADOS), FLETES, FUERZA MOTRIZ, MATERIALES DE EMPAQUE, ELEMENTOS DE CONSUMO Y AQUELLOS OTROS GASTOS QUE SE DETERMINEN ESPECÍFICAMENTE PARA LA CONTRATACIÓN DEL SEGURO.
Gastos específicos de trabajo. 4.3.1.Todas las compras (menos los descuentos otorgados). 4.3.2.Fletes. 4.3.3.Fuerza Motriz. 4.3.4.Materiales de Empaque. 4.3.5.Elementos de Consumo. 4.3.6.Descuentos concedidos. 4.3.7.Otros, de acuerdo a lo indicado en el encabezamiento de éste anexo.
Gastos específicos de trabajo. 4.3.1. Todas las compras (menos los descuentos otorgados).
Gastos específicos de trabajo. Todas las compras (menos los descuentos otorgados) - Fletes - Fuerza motriz - Materiales de empaque - Elementos de consumo - Descuentos concedidos Campo 1 2 3 4 5 Descripción Fecha a partir de la cual se utiliza Tipo y número de la Entidad Tipo de Documento Ramo al cual pertenece Identificación interna de la proforma Formato 05/04/2016 0000 XX-X 07/ 08 / 14 / 15 TRDM-001 Formato 24/11/2016 1348 P 07/ 08 / 14 / 15 TRDM-002

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  • Propiedad de los trabajos Todos los estudios y documentos elaborados, en su caso, en ejecución del contrato serán propiedad del Ayuntamiento de Granada quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor de los trabajos. El adjudicatario no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos elaborados con motivo de la ejecución de este contrato, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa del órgano de contratación. Los contratos de servicios que tengan por objeto el desarrollo y la puesta a disposición de productos protegidos por un derecho de propiedad intelectual o industrial, llevarán aparejada la cesión de éste al Ayuntamiento de Granada. En todo caso, y aún cuando se excluya la cesión de los derechos de propiedad intelectual, se podrá autorizar el uso del correspondiente producto a los entes, organismos y entidades pertenecientes al sector público a que se refiere el artículo 3.1 del TRLCSP.

  • Prendas de trabajo 1. En base al Real Decreto 773/1997, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual, se entiende por Equipo de Protección Individual (EPI en adelante) cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de uno o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud, así como cualquier complemento o accesorio destinado a tal fin. También se considerará como EPI la prenda de trabajo/uniforme que esté destinado específicamente a proteger la salud o integridad física del trabajador. Se seguirán; para la elección, utilización y mantenimiento de los equipos de protección las disposiciones mínimas de seguridad y de salud establecidas en el Real Decreto anteriormente mencionado.‌

  • LUGAR DE TRABAJO El TRABAJADOR desempeñará las funciones para las cuales ha sido contratado en las instalaciones ubicadas en __________________ (Escriba la dirección de la compañía), en la ciudad de _______ (Ingresar la ciudad), provincia de _________ (Ingresar Provincia y barrio) para el cumplimiento cabal de las funciones a él encomendadas.

  • METODOLOGÍA DE TRABAJO La metodología para evaluación de este parámetro estará de acuerdo a lo dispuesto a continuación: Para dar cumplimiento a los objetivos específicos se sugiere la siguiente metodología, en caso de que el consultor proponga una metodología de trabajo distinta, esta deberá ser validada y aprobada por los técnicos del Ministerio de Educación: - El consultor presentará un cronograma de trabajo de la consultoría en Microsoft Project con la asignación de recursos y costos en concordancia con el presupuesto presentado y esté deberá ser aprobado por el personal del proyecto en el Servicio de Contratación de Obras previo a la firma del contrato. - Una vez suscrito el contrato y para todas las firmas en la etapa de preparación de las propuestas, el Servicio de Contratación de Obras deberá proveer los diseños arquitectónicos y de ingenierías del Modelo Estandarizado del Formato para las Obras que son financiadas por el Banco Mundial al consultor, con la finalidad de que evalúe la información proporcionada previa al trabajo de implantación. - Evaluar cada uno de los estudios de ingenierías previo al trabajo de adaptación de acuerdo a las implantaciones referenciales de los proyectos. - El consultor deberá verificar la legalidad del predio de suelo para cada Unidad Educativa. - El consultor de acuerdo al cronograma, hará una visita de campo al predio y al GAD municipal correspondiente, para revisión de la normativa vigente del cantón respectivo. En dicha visita deberán participar todos los profesionales que forman parte del equipo técnico del consultor, en caso de que el GAD lo requiera se deberá realizar el registro de los profesionales del equipo técnico del consultor para que estén autorizados a registrar los planos en la institución correspondiente. - El consultor deberá recopilar toda la documentación necesaria para cumplir con el objetivo general de esta consultoría. - Se realizará el levantamiento topográfico (planimétrico, altimétrico, estudio geotécnico y de respuesta sísmica de sitio, del predio destinado para la construcción de la unidad educativa) con el objeto de escoger el tipo de cimentación a implementarse en caso de que lo requiera. El estudio incluirá todas las actividades necesarias que comprenden el reconocimiento de campo, la investigación del subsuelo, la determinación de las características físicas y de comportamiento geo- mecánico y geofísico de los suelos con el apoyo de ensayos de campo y laboratorio; los análisis y propuestas de ingeniería necesarios para el diseño y construcción de: cimentaciones, obras complementarias, sistemas de contención, excavaciones y rellenos, además se deberá coordinar los trabajos de levantamiento de información de campo, la ejecución de ensayos (destructivos y no destructivos de los elementos), el análisis y evaluación de las estructuras existentes de acuerdo en los parámetros establecidos por la NEC vigente, la ejecución de modelos de los posibles bloques a ser repotenciados (con sus respectivas opciones de reforzamiento y demostración del cumplimiento de los niveles de desempeños especificados por la norma) y la metodología de derrocamiento de los bloques que así ameriten, con su respectivo volumen. Tanto los trabajos de reforzamiento o de derrocamiento, deben estar descritos en una metodología de trabajo, que incluya la descripción del rubro, las especificaciones técnicas de ejecución y su precio unitario. Debe incluirse también la tabla de cantidades y precios finales de los trabajos que se sugieran Previo al desarrollo del diseño de cada ingeniería, el consultor deberá obtener toda la información necesaria para realizar los respectivos sistemas. Adicionalmente, para cubrir la demanda de infraestructura educativa satisfactoria se deberá realizar un levantamiento de las instalaciones existentes en donde se determinará el estado actual y el nivel de intervención requerido. Posteriormente a la evaluación de las instalaciones existentes, el consultor determinará que bloques deberán ser repotenciados, para lo cual deberá realizar el diseño de las instalaciones internas de cada bloque en base a los requerimientos arquitectónicos. Para el diseño de los sistemas exteriores, deberá tomar en cuenta la propuesta arquitectónica, en donde según el bloque arquitectónico propuesto, el consultor dispondrá de los diseños interiores del Estándar de las Unidades Educativas diseñados por el Servicio de Contratación de Obras (SECOB), mismos que deberán ser ajustados a las necesidades de infraestructura educativa del sector y a las condiciones del terreno donde se implantará cada Proyecto. Se deberán realizar todos los estudios técnicos, mismos que permitirán obtener un diseño definitivo de las obras necesarias con el fin de otorgar un funcionamiento óptimo, garantizando un eficiente servicio educativo. Se considerará la correcta secuencia de actividades, la metodología describirá los planes y programas de operación, indicando los frentes de trabajo a organizar y su respectivo organigrama, indicará además el sistema de coordinación, desarrollo de actividades, y señalará la secuencia lógica para el desarrollo de estos estudios. La metodología presentará un plan de control de calidad y propuesta de procesos para cumplimiento de la consultoría. Los planos deberán ser identificados con la nomenclatura que se detalla en la siguiente tabla: ESPECIALIDAD ABREVIATURA GRUPO CODIGO CONTENIDOS ARQUITECTURA A IMPLANTACION 1 NN Ubicación, Implantación General, Planta Baja General, Plataformas, Tratamiento de pisos, Topografía, Paisajismo, Detalles de Implantación y Obras Exteriores EDIFICIOS 2 NN Plantas, Cortes, Fachadas TALLERES (SI APLICARA) 3 NN Plantas, Cortes, Fachadas DETALLES 4 NN Detalles Constructivos, Detalles Carpintería, Mobiliario ESTRUCTURA E GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRICO EL GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos ELECTRONICO ELE GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos HIDROSANITARIO HS GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos MECANICO M GENERALES 1 NN Implantación EDIFICIOS 2 NN Diseños: Edificio Administrativo, Auditorio, Aulas, Biblioteca, Cafetería TALLERES 3 NN Diseño de Talleres DETALLES 4 NN Detalles Constructivos

  • REQUISITOS DE LOS TRABAJADORES  Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo Competente, o pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absolu- ta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o de retiro por incapaci- dad permanente para el servicio o inutilidad.  Proceder de un enclave laboral y estar en situación de excedencia voluntaria en el Centro Especial de Empleo.  Pertenecer a alguno de los siguientes colectivos (según se establece en el artículo 6 del R. D. 290/2004, de 20 de febrero):

  • ACUERDOS COMERCIALES De acuerdo con lo establecido en el numeral 8 del artículo 2.2.1.1.2.1.1., del Decreto 1082 de 2015, y en consonancia con lo indicado en el “Manual para el manejo de los Acuerdos Comerciales en Procesos de Contratación” M-MACPC-13, se procedió a realizar el análisis de si el presente proceso de contratación se encuentra o no cobijado por un acuerdo comercial, de lo cual se estableció lo siguiente: ACUERDO COMERCIAL ENTIDAD ESTATAL INCLUIDA PRESUPUESTO DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN SUPERIOR AL VALOR DEL ACUERDO COMERCIAL EXCEPCIÓN APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATAC IÓN PROCESO DE CONTRATACI ÓN CUBIERTO POR EL ACUERDO COMERCIAL Alianza Pacífico Chile SI SI NO SI Perú SI SI NO SI México SI SI NO SI Canadá SI SI NO SI Chile SI SI NO SI Xxxxx Rica SI SI NO SI Estados AELC SI SI NO SI Estados Unidos SI SI NO SI Unión Europea SI SI NO SI Corea SI SI NO SI México SI SI NO SI Triángulo Norte con Centro América El Xxxxxxxx SI SI NO SI Guatemala SI SI NO SI Honduras SI SI NO SI Comunidad Andina de Naciones SI SI NO SI Estados AELC (1. Los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en inglés) son: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza.) De lo anterior se establece que el MEN como entidad estatal del Nivel Nacional se encuentra cubierta por los acuerdos comerciales señalados con la palabra SI en el cuadro anterior. En consecuencia, el MEN concederá trato nacional a proponentes y servicios de dichos países. También está sujeto a la Decisión 439 de la Secretaría de la Comunidad Andina. Adicionalmente, los Proponentes de Estados con los cuales el Gobierno Nacional haya certificado la existencia de trato nacional por reciprocidad recibirán este trato. Teniendo en cuenta que el proceso que se pretende adelantar no se encontraba publicado en el plan anual de adquisiciones, se tendrá como plazo mínimo entre la publicación del aviso de convocatoria y el día en que vence el término para presentar ofertas, 30 días calendario.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b).

  • Obligaciones de los trabajadores El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene. Cada trabajador debe velar por su propia seguridad y salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que pueda afectar su actividad profesional. Los trabajadores, con arreglo a su formación y siguiendo las instrucciones del empresario, están obligados a:

  • Contrato de trabajo Habrá contrato de trabajo, cualquiera sea su forma o denominación, siempre que una persona física se obligue a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en favor de la otra y bajo la dependencia de ésta, durante un período determinado o indeterminado de tiempo, mediante el pago de una remuneración. Sus cláusulas, en cuanto a la forma y condiciones de la prestación, quedan sometidas a las disposiciones de orden público, los estatutos, las convenciones colectivas o los laudos con fuerza de tales y los usos y costumbres.

  • Estados de Cuenta  Al momento de la apertura de la cuenta EL CLIENTE decidirá si optará por la emisión de Estado de Cuenta al final de cada mes o si visualizará los movimientos de su cuenta a través de la Banca en Línea de EL BANCO. EL CLIENTE está en la obligación de notificar a EL BANCO su decisión.  Si EL CLIENTE no objetare dicho estado de cuenta dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha en que el mismo es puesto a su disposición, se entenderá aceptado por éste, y sus saldos deudores o acreedores serán definitivos en la fecha de la cuenta. Las reclamaciones contra otra clase de comunicaciones deberán elevarse a EL BANCO de inmediato. Toda reclamación deberá ser por escrito y la falta de reclamación será Interpretada como señal de conformidad por parte de EL CLIENTE.  La presentación o envío del Estado de Cuenta constituye una petición a EL BANCO para que EL CLIENTE dé su conformidad con la liquidación hecha. EL BANCO podrá de tiempo en tiempo realizar cambios respecto al envío del estado de cuenta.  A tales efectos EL BANCO emitirá con el Estado de Cuenta las notas débito o crédito realizadas en la cuenta y a su vez podrá utilizar medios alternos para el envío de esto documento, tales como: Banca en Línea, Banca Móvil y/o cualquier otro medio tecnológico de información que se implemente.  EL BANCO no asume responsabilidad alguna por la pérdida o extravío de los Estados de Cuenta y documentos anexos al mismo, si fuese el caso.  EL BANCO podrá destruir todas los Estados de Cuenta, avisos, comprobantes y otros documentos relacionados con los mismos, si transcurridos 3 meses (90 días) desde a fecha de liquidación, los mismos hubiesen sido devueltos por correo o no hubieren sido retirados oportunamente.  EL CLIENTE también podrá dar instrucciones las cuales deberá confirmar por escrito completando el formulado que EL BANCO le suministre a fin de que los estados de cuenta y/o demás documentos que le correspondan sean retenidas en EL BANCO para su retiro.  Todo Estado de Cuenta enviado a la dirección que EL CLIENTE haya indicado a EL BANCO y el mismo sea devuelto por cualquier razón, a partir de ese momento la instrucción de envío será cambiada a Retener en EL BANCO y todos los estados de cuenta que se sigan generando se le hará un cargo a la cuenta respectiva hasta por tres meses con la comisión establecida para la retención de estados de cuenta. En caso de que EL CLIENTE no retire sus estados de cuenta por 3 meses seguidos los mismos serán destruidos y la instrucción de impresión de este documento será eliminada. En caso de que EL CLIENTE a futuro solicite la reimpresión de estos documentos los mismos tendrán un costo adicional por cada mes solicitado.