FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 21-Formalización del contrato.-
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Una vez resuelta la adjudicación, se notificará al adjudicatario para la formalización del oportuno contrato en un plazo de 15 días naturales contados desde el siguiente al de la notificación. En el contrato deberán estipularse, además de las condiciones ya descritas en el Pliego de Condiciones, aquellas observaciones técnicas, jurídicas y económicas que se considere conveniente. El contrato se formalizará previa presentación, por el adjudicatario, de la siguiente documentación en el plazo máximo de 7 días, desde la notificación de la adjudicación. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA PERSONALIDAD a. Si el licitador fuese persona jurídica, deberá presentar la escritura de constitución y, en su caso, de modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, deberá aportar la escritura o documento de constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el correspondiente Registro oficial. b. Si el licitador fuese una persona física, deberá presentar el Documento Nacional de Identidad. c. Poder a favor de la persona que firme la proposición en nombre del licitador y DNI de la persona apoderada. Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. d. En el caso de que el adjudicatario fuese una U.T.E. o figura similar, esta deberá estar constituida como tal mediante escritura pública previamente a la formalización del contrato.
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. Formalización del contrato 23 14. Garantía definitiva 24 15. Pólizas de seguro 24 15.1. Condiciones generales 24 15.2. Seguro de responsabilidad civil general 25 15.3. Seguros de vehículos 26 16. Ejecución del contrato 26 17. Modificación del contrato 28 17.1. Incorporación de dispositivos, instalaciones o infraestructuras 28 17.2. Incorporación de dos Oficiales 3ª en el Área de Saneamiento 29 18. Subrogación de personal 30 19. Seguridad y salud laboral 31 20. Obligaciones de la empresa contratista 32 21. Sustituciones de personal 34 22. Determinación y abono del precio 35 23. Responsabilidad de la empresa contratista 36 24. Penalidades 37
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO. 20.- Formalización del contrato.- El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para suscribir, dentro del plazo de quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la adjudicación, el documento administrativo de formalización del contrato, al que se unirá, formando parte del contrato, la oferta del adjudicatario y un ejemplar ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ de cláusulas administrativas particulares y de las prescripciones técnicas, debidamente compulsados. Cuando el adjudicatario sea una unión temporal de empresarios, dentro del mismo plazo y con anterioridad a la firma del contrato, deberá aportar escritura pública de constitución como tal. El documento en que se formalice el contrato será en todo caso administrativo, siendo título válido para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contrato se formalizará en escritura pública cuando así lo solicite el contratista, siendo a su ▇▇▇▇▇ los gastos derivados de su otorgamiento. Si por causa imputable al adjudicatario no pudiera formalizarse el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la resolución del mismo, siguiendo a tal efecto el procedimiento establecido en el artículo 109 RGLCAP. En tal supuesto, procederá la indemnización de los daños y perjuicios ocasionados. 21.-Gastos e impuestos por cuenta del contratista.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación del anuncio en los Boletines Oficiales y en medios informativos, en su caso, y hasta un máximo de 5.000,00 €, así como los de formalización del contrato si éste se elevare a escritura pública y demás gastos que se deriven de la ejecución del contrato, incluidos todos los desplazamientos que resultaren necesarios. Los citados gastos de publicación se descontarán en el primer pago efectuado a favor del contratista, salvo que el mismo acredite el ingreso del coste de aquellos en la Tesorería de la Corporación. Tanto en las proposiciones presentadas por los licitadores, como en los presupuestos de adjudicación se entienden comprendidos todas las tasas e impuestos, directos e indirectos, y arbitrios municipales que graven la ejecución del contrato, que correrán por cuenta del contratista, salvo el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC) que deba ser soportado por la Administración. Se consideran también incluidos en la proposición del adjudicatario y en el precio del contrato todos los gastos que resultaren necesarios para la ejecución del contrato, incluidos los posibles desplazamie...
FORMALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO