Common use of EXENCIÓN FISCAL Clause in Contracts

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 La Sección 7 del artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directos, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista consultará inmediatamente al PNUD para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: procurement-notices.undp.org, procurement-notices.undp.org, procurement-notices.undp.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 19.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de las Naciones Unidas de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD a las Naciones Unidas para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: Invitación a Licitar, Invitación a Licitar, Invitación a Licitar

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 24.1 La Sección 7 del artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directos, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista consultará inmediatamente al PNUD para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: procurement-notices.undp.org, erc.undp.org, procurement-notices.undp.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 18.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD UNFPA de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD UNFPA para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: www.unfpa.org, www.unfpa.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 18.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiariosincluida UNOPS como órgano subsidiario, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de UNOPS de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD a UNOPS para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: content.unops.org, content.unops.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 18.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de las Naciones Unidas de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD a las Naciones Unidas para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: www.un.org, www.un.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 21.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiariosincluido ACNUR como órgano subsidiario, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de ACNUR de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD a ACNUR para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: procurement-notices.undp.org

EXENCIÓN FISCAL. 25.1 19.1 La Sección 7 del artículo Artículo II de la Convención sobre Prerrogativas e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiariosincluida UNOPS como órgano subsidiario, estarán exentas de todos los impuestos directostoda contribución directa, salvo las contribuciones que constituyan una remuneración por servicios públicos, así como y estarán exentas de derechos de aduana, prohibiciones y restricciones y contribuciones de índole similar respecto a los artículos que importen o exporten para su uso oficial. En caso de que alguna autoridad gubernamental se niegue a reconocer la exención del PNUD de UNOPS de dichos impuestos, restricciones, derechos o contribuciones, el Contratista contratista consultará inmediatamente al PNUD a UNOPS para determinar un procedimiento mutuamente aceptable.

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Samples: content.unops.org