EXENCIONES TRIBUTARIAS Cláusulas de Ejemplo

EXENCIONES TRIBUTARIAS. (a) El Banco, sus ingresos, bienes y otros activos, así como las operaciones que efectúe de conformidad con este Acuerdo, estarán exentos de toda clase de gravámenes tributarios y derechos aduaneros. Asimismo, el Banco estará exento de toda responsabilidad relacionada con el pago, retención o recaudación de cualquier impuesto o derecho aduanero.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. El Concejo Municipal solo podrá otorgar exenciones de impuestos, tasas y contribuciones municipales por plazo limitado, que en ningún caso excederá xx xxxx (10) años, todo de conformidad con los planes de desarrollo municipal y las normas legales vigentes sobre impuestos.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. El CONTRATISTA se compromete a tramitar las exenciones tributarias contempladas en el Estatuto Tributario a que haya lugar y las mismas serán un menor valor del contrato.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. Se entiende por exención, la dispensa legal, total o parcial, de la obligación tributaria establecida de manera expresa y pro-témpore por el Concejo Municipal y teniendo en cuenta lo dispuesto en los planes de desarrollo municipal. PARÁGRAFO 1: Los contribuyentes están obligados a demostrar las circunstancias que los hacen acreedores a tal beneficio, dentro de los términos y condiciones que se establezca para el efecto. PARÁGRAFO 2: El Concejo Municipal no tiene facultades para condonar obligaciones tributarias causadas.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. EL CONTRATISTA se compromete a tramitar S.A. ADMINISTRADORA Y VOCERA DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO DERIVADO- PA FINDETER (PAF) – 1743 ICBF Y XXX
EXENCIONES TRIBUTARIAS. Se entiende por exención, la dispensa legal, total o parcial, de la obligación tributaria establecida de manera expresa y pro-tempore por el Concejo Municipal y teniendo en cuenta lo dispuesto en los planes de desarrollo municipal. La norma que establezca exenciones tributarias deberá especificar las condiciones y requisitos exigidos para su otorgamiento, los tributos que comprende, si es total o parcial y en su caso, el plazo de duración. El beneficio de exenciones no podrá exceder xx xxxx (10) años, ni podrá ser solicitado con retroactividad. En consecuencia, los pagos efectuados antes de declararse la exención no serán reembolsables. Para tener derecho a la exención, se requiere estar x xxx y salvo con el fisco municipal.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. 29.1 Tanto el Banco, como sus ingresos, bienes y otros activos, lo mismo que las operaciones y transacciones que efectúe en cumplimiento de su objeto, estarán exentos de toda clase de gravámenes tributarios y derechos aduaneros.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. (a) La Corporación, sus ingresos, bienes y otros activos, lo mismo que las operaciones y transacciones que efectúe de acuerdo con este Convenio, estará exenta de toda clase de gravámenes tributarios y derechos aduaneros. La Corporación estará asimismo exenta de toda responsabilidad relacionada con el pago, retención o recaudación de cualquier impuesto, contribución o derecho.
EXENCIONES TRIBUTARIAS. El CONTRATISTA se compromete a tramitar las
EXENCIONES TRIBUTARIAS. EL CONTRATISTA se compromete a tramitar las exenciones tributarias contempladas en el Estatuto Tributario a que haya lugar.