Examen De Las Proposiciones Y Propuesta De Clasificación De Ofertas Requerimiento Y en Su Caso Adjudicación De Las Concesiones Cláusulas de Ejemplo

Examen De Las Proposiciones Y Propuesta De Clasificación De Ofertas Requerimiento Y en Su Caso Adjudicación De Las Concesiones 

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  • CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento en dos sobres cerrados, con la documentación que se especificada en la cláusula siguiente, firmados por el licitador, en los que se hará constar de forma legible: - La denominación del sobre (Sobre «A» Documentación Administrativa y Sobre «B» Oferta Económica, según xxxxxxx) - La leyenda «Proposición para licitar la concesión de Bar- Cafetería del Parque Barrio Lejos». - El nombre y apellidos de quien firme la proposición - Un domicilio, teléfono, fax y correo electrónico a efectos de notificaciones, Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: Declaración Responsable del licitador conforme al modelo incluido en el Anexo I del presente pliego, indicativa del cumplimiento de las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración. Si varias empresas concurren constituyendo una unión temporal, cada una de las que la componen deberá acreditar su personalidad, capacidad y solvencia, presentando cada una de ellas la correspondiente declaración responsable. Anexos relativos a la autorización al Ayuntamiento para recabar información de estar al corriente con AEAT y Seguridad Social. En todo caso, el órgano de contratación, o el órgano auxiliar de éste, en orden a garantizar el buen fin del procedimiento, podrá recabar, que los licitadores aporten la totalidad o una parte de los documentos justificativos, o aclaraciones sobre ellos, o requerirles para la presentación de otros complementarios cuando consideren que existen dudas razonables sobre la vigencia o fiabilidad de la declaración. En tal caso los licitadores requeridos deberán presentar la documentación solicitada en el plazo máximo de cinco días hábiles. En el caso de defectos u omisiones subsanables se concederá plazo no superior a tres días para su subsanación. SOBRE B, “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Contendrá la proposición económica con el criterio valorable en letra y número, con arreglo al modelo previsto que se adjunta al presente Xxxxxx como Xxxxx XX: La proposición económica estará debidamente firmada por quien tiene poder bastante para hacerlo y fechada. No se aceptaran aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta económica. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de contratación mediante resolución motivada.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES 7.1 Los derechos y obligaciones de cada una de LAS PARTES son las que constan en el referido Pliego de Condiciones Específicas que regulan el presente Contrato.

  • Concreción de las condiciones de solvencia 1. En los contratos de servicios y de obras, así como en los contratos de suministro que incluyan servicios o trabajos de colocación e instalación, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen, en la oferta o en la solicitud de participación, los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación.

  • APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN La apertura de las proposiciones presentadas, que será por medios electrónicos en el supuesto de licitación electrónica, y la propuesta de adjudicación del contrato se realizará según se indica a continuación, en función de los criterios de adjudicación, su forma de evaluación y tipo de procedimiento, dejándose constancia de todo lo actuado en el correspondiente acta de la reunión de la Mesa. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 (acto de apertura que será público en caso de que en la licitación no puedan emplearse medios electrónicos) de los licitadores admitidos. En la sesión que al efecto celebre la mesa de contratación, el Secretario de la mesa procederá a la apertura de los sobres nº 2 de los licitadores admitidos. Realizada por la Mesa de contratación la evaluación de los criterios de adjudicación, tras solicitar, en su caso, los informes técnicos que estime oportunos, o, en su caso, recibido el informe del comité de expertos o del organismo técnico especializado a que hace referencia la cláusula 15.4 de este Pliego, se convocará a los interesados al acto de apertura de los sobres n° 3. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tienen poder bastante para formular la oferta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En la sesión que al efecto celebra la mesa de contratación, el Secretario de la Mesa procederá a la apertura del sobre nº 2 de los licitadores admitidos. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la ofeerta, ostenta la solvencia económica, financiera y técnica o, en su caso, la clasificación correspondiente y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitadores siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. A continuación, la Mesa de contratación comprobará en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público que la empresa está debidamente constituida, el firmante de la proposición tiene poder bastante para formular la oferta, ostenta y no está incursa en ninguna prohibición para contratar; y efectuará el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego. En el caso de que se compruebe que la empresa no está inscrita en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público cuando ello sea preceptivo de conformidad con lo establecido en la Portada y en la cláusula 4.1 de este Pliego, la Mesa de contratación excluirá a dicha empresa del procedimiento y efectuará una nueva propuesta de adjudicación al licitador siguiente, según el orden de clasificación de las ofertas, y efectuará la correspondiente comprobación en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público y, posteriormente, el requerimiento a que se refiere la cláusula 18 de este Pliego.

  • Apertura y examen de las proposiciones Recibidas las proposiciones o transcurrido el plazo para ello, el órgano de contratación procederá a abrir los sobres relativos a la documentación general (“Sobres Número 1”). Si existiesen defectos en la documentación presentada, concederá un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que el licitador los subsane. A estos efectos se comunicará a los interesados verbalmente o correo electrónico la documentación que haya que subsanar, concediéndoles el plazo previsto en el apartado anterior, con el apercibimiento de que, caso de no subsanar, se les excluirá de la licitación. De todas las actuaciones realizadas, se dejará constancia en el acta que necesariamente deberá extenderse. Una vez calificada la documentación general a que se refiere el artículo 146 TRLCSP y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, el órgano de contratación procederá a la apertura sucesiva de los sobres número 2 y 3, con la documentación correspondiente a la oferta presentada, así como al examen de dicha documentación. En un plazo que no podrá ser superior a siete días, a contar desde la apertura de la documentación administrativa, se procederá, en su caso, a la apertura en acto público de los sobres que contengan la documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor, entregándose al órgano encargado de su valoración la documentación contenida en los mismos, dejando constancia documental de todo lo actuado. En acto público, dentro del plazo de un mes desde el fin del plazo de presentación de ofertas, la Mesa pondrá en conocimiento de los licitadores el resultado de la calificación de la documentación administrativa y, en su caso, la valoración previa de los criterios de adjudicación cuya ponderación dependa de un juicio de valor. Seguidamente, abrirá el sobre nº 3 “Proposición económica”, dando lectura a las ofertas de las empresas admitidas y, en su caso, al sobre 2, correspondiente a la documentación relativa a los criterios evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas. Posteriormente, junto con los informes emitidos, en su caso, la Mesa elevará las ofertas con el acta y la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso la ponderación de los criterios indicados en el apartado 11 de la cláusula 1, al órgano de contratación.

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:

  • CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO O INCUMPLIMIENTO PARCIAL DE LA EJECUCIÓN DEL OBJETO DEL CONTRATO 25.1.- En el caso de que el contratista realizara defectuosamente el objeto del contrato, el órgano de contratación podrá optar por resolver el contrato con incautación de la garantía constituida, o bien imponer una penalización económica proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 10 por 100 del presupuesto del contrato.

  • CADUCIDAD POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES Y CARGAS CLÁUSULA 17 - El incumplimiento de las obligaciones y cargas impuestas al Asegurado por el Código Civil (salvo que se haya previsto otro efecto en el mismo para el incumplimiento) y por el presente contrato, produce la caducidad de los derechos del Asegurado si el incumplimiento obedece a su culpa o negligencia, de acuerdo con el régimen previsto en el Artículo 1579 del Código Civil.

  • EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Finalizado el plazo de presentación de replicas, la Mesa de Contratación procederá a la apertura de los sobres que contienen la documentación formal (sobre A) y calificará los documentos presentados. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la documentación, se comunicará por fax o correo electrónico a los interesados y se concederá plazo no superior a tres días para subsanarlas. Se levantará acta del resultado de la Mesa. A los efectos establecidos en los arts. 54 a 64 y 82 de la LCSP , el órgano y la mesa de Contratación podrán pedir a los licitadores aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirlos para que en el plazo máximo de cinco días aporten otros , complementarios. Estos documentos no se podrán presentar después de declaradas admitidas las ofertas conforme dispone el art. 83.6 del RGLCAP. El acto de apertura de las proposiciones del sobre B (criterios no evaluables automáticamente) únicamente se realizará si se establece la presentación de este sobre. Este actor no será público, se hará en las dependencias municipales o en oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación, y se pasará a informe de los servicios técnicos, para que en evalúen su contenido. El acto de apertura de las proposiciones del sobre C (la propuesta económica y los otros criterios evaluables automáticamente) se hará en último lugar. El acto será público, se celebrará en las dependencias municipales o en las oficinas de la empresa, ante la Mesa de Contratación. Previamente habrán sido evaluados los criterios no automáticos en caso de haber. La Mesa procederá a la apertura del sobre C, si se da el caso, procederá a la valoración total de las ofertas presentadas y elevará propuesta al órgano de Contratación. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto mientras no exista acuerdo o resolución del órgano de Contratación. Si concurren a la licitación proposiciones que contengan ofertas anormales o desproporcionadas, hasta el desarrollo reglamentario del TRLCSP será de aplicación el artículo 85 del Reglamento General de la Ley de Contratos , aprobado por RD1098 / 2001, si figura en el anexo 1 . La adjudicación se producirá en el plazo máximo de 15 días, contados desde el acto público de apertura de proposiciones económicas si el único criterio a considerar es el precio y en el de 2 meses si se han tenido en cuenta otros criterios. Estos plazos se ampliarán en 15 días hábiles si concurren a la licitación ofertas desproporcionadas o anormalmente bajas Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en el expediente. Adjudicado el contrato y transcurrido el plazo para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si los licitadores no ejercen este derecho, la Empresa Municipal de Transportes Públicos quedará autorizada para proceder a la destrucción total de la documentación, transcurrido un año desde la adjudicación.