Common use of EMPLEADOS DEL CONTRATISTA Clause in Contracts

EMPLEADOS DEL CONTRATISTA. El CONTRATISTA deberá proporcionar toda la mano de obra capacitada y en número suficiente que sea necesaria para la debida ejecución de la obra en el plazo previsto. Deberá emplear a auxiliares técnicos, capataces, encargados, oficiales y ayudantes que posean pericia y experiencia en su ramo y que sean competentes para asegurar la correcta ejecución del trabajo del que se han encargado. Para todos los efectos del Código del Trabajo de la República del Paraguay y de las leyes sobre Previsión Social el CONTRATISTA asume los deberes del Patrono, en relación al personal afectado al presente contrato. El CONTRATISTA dará cumplimiento a todo lo establecido en las leyes laborales vigentes en el país que corresponden a la relación laboral con los trabajadores por él contratados. En caso de que los trabajos a ejecutar sean de alto riesgo, el CONTRATISTA deberá asegurar adicionalmente a todo su personal con pólizas de seguro contra accidentes de trabajo que cubran todos los riesgos y exonere a la Empresa de toda responsabilidad al respecto. De no hacerlo así, el CONTRATISTA asume la responsabilidad por cualquier accidente ocurrido al personal a su cargo. En todo momento, el CONTRATISTA deberá adoptar todas las precauciones razonables para prevenir e impedir toda conducta tumultuosa o desordenada por o entre sus empleados, en el sitio de obra, así como para preservar la paz y para la protección de personas y bienes en proximidad de la obra contra este tipo de acciones. La Empresa podrá ordenar AL CONTRATISTA el retiro del personal que por su conducta o falta de competencia perjudique los trabajos, y sobre dicha orden no existirá apelación.

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Samples: Contrato De Provisión Y Colocación De Fachada Vidriada Obra, Contrato De Provisión De Carpintería Metálica, Contrato De Provisión Y Colocación De Barandas Obra