Common use of EL PROGRAMA Clause in Contracts

EL PROGRAMA. 7.1 La Entidad ejecutora a) preparará, ejecutará, operará y mantendrá el Programa observando los reconocidos principios financieros y técnicos así como de acuerdo, en lo esencial, con la concepción del Programa acordada con el KfW. b) contratará a una empresa consultora cualificada e independiente para la preparación y supervisión del Programa, así como empresas cualificadas para la ejecución del Programa, en la medida que ésta no sea realizada por administración directa de la Entidad ejecutora; c) adjudicará los suministros y servicios a financiar con cargo al aporte financiero por medio de licitaciones; d) llevará o hará llevar libros y documentos en los que se señalen claramente todos los gastos por concepto de bienes y servicios para el Programa así como los bienes y servicios financiados con cargo a este aporte financiero; e) facilitará en todo momento a los encargados del KfW la inspección de estos libros y de todos los demás documentos importantes para la ejecución y operación del Programa, así como la visita al Programa y a todas las instalaciones relacionadas con el mismo; f) facilitará todos los datos e informes solicitados por el KfW sobre el Programa y su futuro desarrollo y g) encargará a auditores independientes la revisión anual de su situación económica y la debida utilización de los fondos de aporte financiero, así como la administración del Fondo de Disposición y enviará los respectivos informes de auditoría al KfW, a más tardar hasta el 30 ▇▇ ▇▇▇▇ del próximo año. 7.2 La Entidad ejecutora y el KfW definirán los detalles en relación con el artículo 7.1 por acuerdo separado. 7.3 El Beneficiario y la Entidad ejecutora a) garantizarán la financiación total del Programa y comprobarán ante el KfW, cuando éste lo solicite, la cobertura de los gastos no financiados con este aporte financiero, y b) informarán al KfW inmediatamente y por iniciativa propia de cualquier circunstancia que impida o ponga seriamente en peligro la ejecución, la operación o el objetivo del Programa. 7.4 El Beneficiario apoyará a la Entidad ejecutora en la realización del Programa y el cumplimiento de sus obligaciones resultantes de este Contrato, sobre la base de los reconocidos principios técnicos y financieros otorgándole, sobre todo, todas las autorizaciones necesarias para la ejecución del Programa. 7.5 En lo que respecta al transporte de los bienes a financiar con cargo al aporte financiero, se aplicarán las disposiciones del Convenio Intergubernamental que el Beneficiario conoce.

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Sources: Contrato De Aporte Financiero

EL PROGRAMA. 7.1 La Entidad ejecutoraEjecutora a) preparará, ejecutará, operará preparará y mantendrá ejecutará el Programa observando los reconocidos principios financieros y técnicos así como y de acuerdo, en lo esencial, con la concepción del Programa acordada con el KfW.KfW; además cuidará de que las instalaciones de los Proyectos sean operadas y/o mantenidas por los entes operadores descentralizados en conformidad con estos principios y dicha concepción. La Entidad ejecutora asumirá transitoriamente la responsabilidad de las instalaciones de los Proyectos mientras que no exista todavía un ente operador descentralizado que pueda asegurar una gestión adecuada; b) contratará a una empresa consultora cualificada consultores cualificados e independiente independientes para la preparación y supervisión del Programa, Programa así como empresas cualificadas para la ejecución del Programa, en la medida que ésta no sea realizada por administración directa de la Entidad ejecutorasu ejecución; c) adjudicará los servicios de consultoría mediante una licitación pública así como los suministros y servicios las obras a financiar con cargo al aporte financiero por medio de licitacionesmediante una licitación pública internacional; d) llevará o hará llevar libros y documentos en los que se señalen claramente todos los gastos por concepto de bienes y servicios para el Programa y los Proyectos así como los bienes y servicios financiados financieros con cargo a este aporte financiero; e) facilitará en todo momento a los encargados del KfW la inspección de estos libros y de todos los demás documentos importantes relevantes para la ejecución del Programa y de los Proyectos, y cuidará de que los encargados del KfW puedan, en todo momento, inspeccionar la documentación relativa a la operación del Programa, de los Proyectos así como la visita al Programa visitar los Proyectos y a todas las instalaciones relacionadas con el mismolos mismos; f) facilitará todos los datos e informes solicitados por el KfW sobre el Programa y su futuro desarrollo ydesarrollo; g) encargará comprobará antes del primer desembolso que fueron cumplidas las condiciones previas al desembolso conforme a auditores independientes la revisión anual cláusula 3.02 de su situación económica y la debida utilización de los fondos de aporte financiero, así como la administración las Estipulaciones Especiales del Fondo de Disposición y enviará los respectivos informes de auditoría al KfW, a más tardar hasta el 30 Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇del próximo año. 7.2 La Entidad ejecutora y 1102/OC-ES firmado el KfW definirán los detalles en relación con 25.03.2000 entre el artículo 7.1 por acuerdo separado. 7.3 El Beneficiario Banco Interamericano de Desarrollo y la Entidad ejecutoraRepública de El ▇▇▇▇▇▇▇▇ en la versión del artículo 2 del Contrato Modificatorio del 15.10.2001; h) presentará antes del primer desembolso conceptos a satisfacción del KfW para la operación de los Proyectos; i) comprobará antes del primer desembolso para obras/suministros que fue cumplida las condición previa al desembolso conforme a la cláusula 3.03 (a) garantizarán de las Estipulaciones Especiales del Contrato ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ 1102/OC-ES firmado el 25.03.200 entre el Banco Interamericano de Desarrollo y la financiación total del Programa y comprobarán ante el KfW, cuando éste lo solicite, la cobertura República de los gastos no financiados con este aporte financiero, y b) informarán al KfW inmediatamente y por iniciativa propia de cualquier circunstancia que impida o ponga seriamente en peligro la ejecución, la operación o el objetivo del Programa. 7.4 El Beneficiario apoyará a la Entidad ejecutora ▇▇▇▇▇▇▇▇ en la realización versión del Programa y el cumplimiento de sus obligaciones resultantes de este Contrato, sobre la base de los reconocidos principios técnicos y financieros otorgándole, sobre todo, todas las autorizaciones necesarias para la ejecución artículo 3 del Programa. 7.5 En lo que respecta al transporte de los bienes a financiar con cargo al aporte financiero, se aplicarán las disposiciones Contrato Modificatorio del Convenio Intergubernamental que el Beneficiario conoce.15.10.2001;

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Sources: Contrato De Aporte Financiero Y De Ejecución Del Programa