DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO Cláusulas de Ejemplo

DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio, con goce xx xxxxxxx íntegro los siguientes: 1 de Enero; 2 de Enero; 3 de Enero; 5 de Febrero; 25 de Febrero; 3 xx Xxxxx; 21 xx Xxxxx; 25 xx Xxxxx; 1 xx Xxxx; 5 xx Xxxx; 10 xx Xxxx; 15 xx Xxxx; 15 de Septiembre; 16 de Septiembre; 12 de Octubre; 00 xx xxxxxxx, x xx xxxx xx xxxx xxxx en día inhábil, se dará el día hábil siguiente; 1 de Noviembre; 2 de Noviembre; 20 de Noviembre; 1 de Diciembre, de cada seis años cuando corresponda a la transmisión del poder ejecutivo federal; 25 de Diciembre; Lunes y martes de carnaval; jueves y viernes de semana santa; Y todos los días que por costumbre se hayan dado en las Facultades, Escuelas y Departamentos de la Universidad. La Universidad otorgará a los trabajadores administrativos y/o manuales sindicalizados, con motivo del día del empleado, el importe de un día xx xxxxxxx tabulado más antigüedad, pagadero en la segunda xxxxxxxx xx xxxxx. A los trabajadores administrativos y/o manuales sindicalizados de base, se les otorgará adicionalmente a dicho pago un apoyo de $150.00 (CIENTO CINCUENTA PESOS, MONEDA NACIONAL), mediante vales de despensa, pagadero en la segunda quincena del mes xx xxxxx. Los trabajadores administrativos y manuales de base en servicio activo recibirán adicionalmente a lo establecido en los párrafos anteriores un apoyo de $50.00 (CINCUENTA PESOS, MONEDA NACIONAL), mediante vales de despensa pagadero en la segunda quincena del mes xx xxxxx.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio con goce xx xxxxxxx: I. 1o. de Enero
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Además de los señalados en el artículo 24 de la Ley del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a los días de descanso con goce xx xxxxxxx, que acuerde el Titular del Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio con goce xx xxxxxxx: Cuando el 15 xx xxxx coincida con día domingo, la UdeG diferirá el disfrute del día de descanso para el día hábil siguiente.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores con goce xx xxxxxxx: ? 1° de enero; ? 05 de febrero; ? 00 xx xxxxx; ? 1° xx xxxx; ? 10 xx xxxx para madres de familia; ? 15 xx xxxx; ? 08 xx xxxxx; ? 00 xx xxxxxxxxxx; ? 00 xx xxxxxxx; ? 00 xx xxxxxxxxx; ? 00 xx xxxxxxxxx; Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxx ? SUTUdeG ? 25 ? Cada 6 años, cuando corresponda el cambio del Poder Ejecutivo Federal; ? El día correspondiente al informe del Ejecutivo del Estado, cuando sea día hábil; ? El xxxxxxx xxxxxx del mes de diciembre, para celebrar los festejos xx Xxxxxxx; ? El día del cumpleaños del trabajador. En los casos que el día del cumpleaños xxx xxxxx- jador coincida con las vacaciones o día de descanso obligatorio, la Universidad otorga- rá al trabajador otro día con goce xx xxxxxx íntegro, y ? Los demás que sean pactados por la Universidad y el Sindicato.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Artículo 23º: Serán días de descanso obligatorio remunerado, de acuerdo con la legislación actual, y entre tanto no sea modificada por nuevas disposiciones, los domingos y los siguientes días de fiesta de carácter civil o religioso: 1º de enero, 6 de enero, 19 xx xxxxx, 1º xx xxxx, 29 xx xxxxx, 20 de julio, 7 xx xxxxxx, 15 xx xxxxxx, 12 de octubre, 1º de noviembre, 11 de noviembre, 8 de diciembre y 25 de diciembre; además los días jueves y xxxxxxx xxxxxx, el de la Ascensión del Señor, el de Corpus Xxxxxxx y el xxx Xxxxxxx Corazón de Xxxxx.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Serán días de descanso obligatorio para “EL EMPLEADO”, con goce xx xxxxxxx: 1º de Enero; el primer lunes de febrero, en conmemoración del 5 de Febrero; el tercer lunes xx xxxxx, en conmemoración del 21 xx Xxxxx; 1º xx Xxxx; 16 de Septiembre; el tercer lunes de noviembre, en conmemoración del 20 de Noviembre, el 1º de Diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, el 25 de Diciembre y los días fijados en las Leyes Electorales para cubrir la jornada electoral. Ambas partes convienen que cuando sea necesario concurrir a laborar en los días señalados por la Ley como de descanso, “EL EMPLEADO” estará obligado a prestar sus servicios y “LA INSTITUCIÓN” habrá de asignarle otro día de descanso o cubrirá aquél en los términos xx Xxx. “EL EMPLEADO” no está autorizado para laborar en los días de descanso semanal u obligatorio, salvo que medie orden expresa y por escrito de “LA INSTITUCIÓN” o alguno de sus representantes patronales, requisito sin el cual no se le cubrirá cualquiera de esos días.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Artículo 26º: los días de descanso obligatorios remunerado para los empleados, son de acuerdo con lo estipulado en los cuadros de turnos que son cambiantes.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores con goce xx xxxxxxx: • 1° de enero; • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero; • El tercer lunes xx xxxxx en conmemoración del 21 xx xxxxx; • 1° xx xxxx; • 10 xx xxxx para madres de familia; • 15 xx xxxx, cuando coincida con día domingo, la UdeG diferirá el disfrute del día de descanso para el día hábil siguiente; • Primer lunes del mes xx xxxxx, en conmemoración del 08 xx xxxxx (día del trabajador universitario); • 16 de septiembre; • 12 de octubre; • 02 de noviembre; • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre; • Cada 6 años, cuando corresponda el cambio del Poder Ejecutivo Federal; • El día correspondiente al informe del Ejecutivo del Estado, cuando sea día hábil; • El xxxxxxx xxxxxx del mes de diciembre, para celebrar los festejos xx Xxxxxxx; • El día del cumpleaños del trabajador. En los casos que el día del cumpleaños del trabajador coincida con las vacaciones o día de descanso obligatorio, la Universidad otorgará al trabajador otro día con goce xx xxxxxx íntegro, y • Los demás que sean pactados por la Universidad y el Sindicato.
DÍAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. Son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores con goce xx xxxxxxx: Universidad de Guadalajara • SUTUdeG • 29