DURACION. El plazo de duración del contrato será UN AÑO, surtiendo efectos a partir del ---- de de 200-. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales y hasta alcanzar una duración de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador y a la SOCIEDAD, su voluntad de no renovarlo. Dicha comunicación deberá hacerse de forma fehaciente, como mínimo, con treinta días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. A la fecha del vencimiento de la cuarta prórroga obligatoria, el contrato quedará extinguido de pleno derecho, y el arrendatario estará obligado a devolver al arrendador las llaves y la libre posesión y disposición de la finca objeto del mismo, quedando desde este momento notificado de la voluntad del arrendador de no renovar el contrato (sin perjuicio de que el arrendador le reitere esta notificación, si ello fuere necesario, al menos con un mes de antelación a la indicada fecha). Se establece de forma expresa que el contrato no será prorrogado en la anualidad siguiente si el arrendador necesita la vivienda para sí, en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la ▇▇▇. Este hecho deberá ser comunicado por el arrendador, tanto al arrendatario como a la Sociedad, 30 días antes de la entrada en vigor de la prórroga.
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DURACION. Las autorizaciones se otorgan con carácter PERSONAL E INTRANSFERIBLES INTERVIVOS. El tiempo de duración de las autorizaciones resultantes será de UN AÑO contados desde el 1 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2013 hasta el 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2014, con independencia de que la adjudicación definitiva o la firma del contrato se produjese con posterioridad a la primera de esas fechas, y CONDICIONADA A LA AUTORIZACIÓN QUE OTORGUE LA DEMARCACIÓN ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ DE CANARIAS. En el caso de que la Demarcación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ excluyera alguna playa, o elemento de la misma durante su autorización anual, el adjudicatario no podrá solicitar indemnización al Ayuntamiento por tal motivo. Estas autorizaciones no implican la cesión del dominio público, ni de las facultades de dominio del estado. Transcurrido el plazo de duración del contrato será UN AÑOestablecido, surtiendo efectos a partir del ---- caducarán todas las autorizaciones definitivamente, y los adjudicatarios dispondrán de de 200-. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales y hasta alcanzar una duración un plazo improrrogable de cinco añosdías naturales para retirar fuera del dominio público y de su zona de servidumbre, salvo las instalaciones correspondientes, sin necesidad de notificación alguna por parte del Ayuntamiento, debiendo restaurar la realidad física alterada sin que sea exigible por parte de los adjudicatarios indemnización de ningún tipo por el arrendatario manifieste desmantelamiento de las instalaciones que subsidiariamente será llevado a cabo por la Administración en el supuesto de que en dicho plazo, no lo ejecutase voluntariamente el adjudicatario, atribuyéndose al arrendador y a la SOCIEDAD, su voluntad de no renovarlo. Dicha comunicación deberá hacerse de forma fehaciente, como mínimo, con treinta días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. A la fecha del vencimiento de la cuarta prórroga obligatoria, el contrato quedará extinguido de pleno derecho, y el arrendatario estará obligado a devolver al arrendador las llaves y la libre posesión y disposición de la finca objeto del mismo, quedando desde este momento notificado de la voluntad del arrendador de no renovar el contrato (sin perjuicio de que el arrendador le reitere esta notificación, si ello fuere necesario, al menos con un mes de antelación a la indicada fecha). Se establece de forma expresa que el contrato no será prorrogado en la anualidad siguiente si el arrendador necesita la vivienda para sí, en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la ▇▇▇. Este hecho deberá ser comunicado los gastos devengados por el arrendador, tanto al arrendatario como a la Sociedad, 30 días antes de la entrada en vigor de la prórrogaello.
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DURACION. Las autorizaciones se otorgan con carácter PERSONAL E INTRANSFERIBLES INTERVIVOS. El tiempo de duración de las autorizaciones resultantes será de UN AÑO contados desde el 1 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2014 hasta el 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2015, con independencia de que la adjudicación definitiva o la firma del contrato se produjese con posterioridad a la primera de esas fechas, y CONDICIONADA A LA AUTORIZACIÓN QUE OTORGUE LA DEMARCACIÓN ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ DE CANARIAS. En el caso de que la Demarcación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ excluyera alguna zona o elemento de la misma durante su autorización anual, el adjudicatario no podrá solicitar indemnización al Ayuntamiento por tal motivo. Estas autorizaciones no implican la cesión del dominio público, ni de las facultades de dominio del estado. Transcurrido el plazo de duración del contrato será UN AÑOestablecido, surtiendo efectos a partir del ---- de de 200-. Llegado el día del vencimiento del contrato, éste se prorrogará obligatoriamente por plazos anuales y hasta alcanzar una duración de cinco años, salvo que el arrendatario manifieste al arrendador y a la SOCIEDAD, su voluntad de no renovarlo. Dicha comunicación deberá hacerse de forma fehaciente, como mínimo, con treinta días de antelación a la fecha de terminación del contrato o de cualquiera de sus prórrogas. A la fecha del vencimiento de la cuarta prórroga obligatoria, el contrato quedará extinguido de pleno derechocaducarán todas las autorizaciones definitivamente, y el arrendatario estará obligado a devolver al arrendador las llaves y la libre posesión y disposición los adjudicatarios dispondrán de la finca objeto del mismo, quedando desde este momento notificado de la voluntad del arrendador de no renovar el contrato (sin perjuicio de que el arrendador le reitere esta notificación, si ello fuere necesario, al menos con un mes de antelación a la indicada fecha). Se establece de forma expresa que el contrato no será prorrogado en la anualidad siguiente si el arrendador necesita la vivienda para sí, en virtud de lo establecido en el art. 9.3 de la plazo improrrogable ▇▇ ▇▇▇. Este hecho deberá ser comunicado ▇ días naturales para retirar fuera del dominio público y de su zona de servidumbre, las instalaciones correspondientes, sin necesidad de notificación alguna por parte del Ayuntamiento, debiendo restaurar la realidad física alterada sin que sea exigible por parte de los adjudicatarios indemnización de ningún tipo por el arrendadordesmantelamiento de las instalaciones que subsidiariamente será llevado a cabo por la Administración en el supuesto de que en dicho plazo, tanto no lo ejecutase voluntariamente el adjudicatario, atribuyéndose al arrendatario como a la Sociedadmismo, 30 días antes de la entrada en vigor de la prórrogalos gastos devengados por ello.
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