Documentación General. a) La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único. b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa. c) Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP. d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. f) Acreditación de la solvencia económica y técnica.
Appears in 1 contract
Documentación General. Sociedad inscrita en el Registro Mercantil de Santa ▇▇▇▇ de Tenerife, Inscripción 25º,Hoja 1.087, Tomo 205, Libro 107, Sección 3ª, Folio 96. CIF ▇-▇▇▇▇▇▇▇▇ En este sobre se incluirá la documentación tendente a acreditar la capacidad y aptitud para contratar, así como la solvencia económica y financiera, técnica y profesional del licitador:
a) La acreditación Documento nacional de la personalidad del empresario. Cuando identidad, mediante fotocopia compulsada o legitimada notarialmente, cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporteempresarios individuales. Si se trata de una persona jurídica española, deberá personas jurídicas deberán presentar el NIF de la empresa y la escritura escrituras de constitución, y/o modificación, y de modificación en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción inscritas en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación del Estado mercantil que les sea aplicable. Si no lo fuere, deberán presentar el documento de constitución, estatutos o acto fundacional en el que consten las normas por las que se encuentren establecidasregula su actividad, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscritainscritos, en su caso, en el correspondiente Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano oficial que fuera preceptivo.
b) Relación de contratación o por el Servicio Jurídico documentos al objeto de cualquier otro órgano de contratación de acreditar la Administración de solvencia económica y financiera y la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresariossolvencia técnica, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar en los derechos términos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativacontenido enunciados en este Pliego.
c) Declaración Testimonio judicial, certificación administrativa o declaración responsable del licitador otorgada ante una autoridad administrativa u organismo profesional cualificado, o mediante acta de manifestaciones ante notario público, de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar con el sector público que se describen en el artículo 49.1 de la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) Esta declaración incluirá LCSP, comprendiendo expresamente la manifestación expresa circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio . Cuando se trate de que la justificación acreditativa empresas de tal requisito deba presentarse, antes Estados miembros de la adjudicaciónUnión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable, otorgada por autoridad judicial. Las empresas extranjeras no pertenecientes a la Unión Europea acreditarán sus obligaciones fiscales, tributarias y de Seguridad Social u obligaciones de carácter análogo, mediante certificado expedido por la autoridad competente del Estado del que se trate.
d) Pliego de Condiciones firmado en todas sus páginas por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstalicitador o persona que lo represente en prueba de conformidad y aceptación incondicional de sus cláusulas.
e) Las Para las empresas extranjeras deben presentar una extranjeras, del ámbito comunitario o internacional, declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Acreditación Si se tratase de una agrupación de empresas que tienen la solvencia económica intención de constituirse formalmente en una Unión Temporal de Empresas (UTE), deberán acompañar el compromiso escrito de constituirse como tal en su momento,
g) Comprobante/resguardo expedido por ▇▇▇▇▇, de haber ingresado en el Departamento de Caja la garantía provisional con el fin de participar en el procedimiento de contratación.
h) Declaración por la que el licitador se compromete, en caso de resultar adjudicatario, a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y técnicamateriales suficientes.
i) Declaración responsable del cumplimiento de requisitos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo modelo se adjunta en el Anexo IV del presente Pliego.
Appears in 1 contract
Sources: Pliego De Condiciones
Documentación General. a) La acreditación Documentos acreditativos de la personalidad del empresario. Cuando se trate empresarial y la capacidad de un empresario individual obrar de los licitadores en la forma descrita a continuación.
1) Si el licitador fuere una o varias personas jurídicas, deberá presentarse su Documento Nacional presentar copia autorizada o testimonio notarial de Identidad, NIF, ola escritura de constitución o de modificación, en su caso, pasaporteinscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si se trata de una persona jurídica españolano lo fuere, deberá presentar el NIF la acreditación de la empresa y capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, y/estatutos, o modificaciónacta fundacional, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que constaren las normas por las que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidasregula su actividad, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscritainscritos, en su caso, en el Registro Mercantilcorrespondiente registro oficial.
2) Los empresarios individuales deberán presentar original, copia autorizada o testimonio notarial del documento nacional de identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces (pasaporte, etc.)
3) Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán documentación acreditativa de la representación; debiendo acompañar también copia compulsada, notarial o administrativamente, de su documento nacional de identidad o pasaporte.
4) Cuando dos o más empresarios presenten una oferta conjuntamente, cada uno de ellos acreditará su representación en la forma descrita anteriormente.
5) Si se presentan proposiciones suscritas por grupos de empresas, se incorporará un compromiso en el que conste expresamente tal circunstancia, su responsabilidad solidaria, así como el porcentaje de participación que corresponda a cada empresa en la agrupación y en la futura sociedad arrendataria. Este documento debe Asimismo, se nombrará un apoderado que representará a la Adjudicataria hasta la constitución de la misma. El escrito habrá de estar bastanteado firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras, así como por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativacitado apoderado.
c6) Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) prohibición de contratar. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Se adjunta como Anexo I un modelo de dicha declaración.
e7) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración Compromiso de someterse adscribir, directa o indirectamente, a la jurisdicción de ejecución del contrato los Juzgados medios materiales y Tribunales españoles de cualquier orden, personales suficientes para todas las incidencias ello en la forma y condiciones determinadas en los Pliegos que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, rigen el presente contrato y en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitantela oferta presentada.
f) Acreditación de la solvencia económica y técnica.
Appears in 1 contract
Sources: Arrendamiento De Industria
Documentación General. “VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN EL ▇▇▇▇▇▇▇ PROVINCIAL Y LOS LOCALES Y SERVICIOS ANEXOS DEL EDIFICIO “▇▇▇▇▇▇” DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL ▇▇ ▇▇▇▇▇▇”. (EXPEDIENTE 72/2016). CONTENIDO: Fecha de emisión de la firma:30/11/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:sZxuI+oFeL7Li0+p9wt/ CN=▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 12 de 29. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 146.4 y 5 del TRLCSP en su redacción dada por la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización para concurrir al presente procedimiento se aportará la DECLARACION RESPONSABLE, conforme a modelo que se inserta en Anexo II. De conformidad con lo establecido en el artículo 146.5 del TRLCSP el momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de proposiciones. En la fase de clasificación de ofertas, en el plazo indicado y con carácter previo a formular propuesta de adjudicación del contrato, se requerirá al primer licitador clasificado y propuesto como adjudicatario la presentación de, entre otros, los siguientes DOCUMENTOS acreditativos de la capacidad para contratar con esta Administración
a) La acreditación Escritura social de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/constitución o modificación, en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil; los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Para los empresarios individuales, será obligatorio la presentación del D.N.I. y, en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. Del mismo modo deberá probar la inscripción en el registro Mercantil del nombre comercial bajo el que opere, cuando no lo haga estrictamente con sus nombres y apellidos. Las empresas no españolas personas físicas o jurídicas de Estados miembros de no pertenecientes a la Unión Europea, Europea deberán acreditar su capacidad de obrar justificar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de su procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la AdministraciónAdministración y con los entes, organismos o entidades del sector público en forma sustancialmente análogalos términos establecidos en el artículo 55.1 del TRLCSP. Si varios empresarios acuden Pliego de cláusulas administrativas procedimiento abierto contrato de prestación de servicios de “VIGILANCIA Y SEGURIDAD EN EL ▇▇▇▇▇▇▇ PROVINCIAL Y LOS LOCALES Y SERVICIOS ANEXOS DEL EDIFICIO “▇▇▇▇▇▇” DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL ▇▇ ▇▇▇▇▇▇”. (EXPEDIENTE 72/2016) Será necesario, a la licitación constituyendo una unión temporaltenor de lo establecido en el artículo 55.2 del TRLCSP que estas empresas tengan abierta sucursal en España, cada uno con designación de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidadapoderados o representantes para sus operaciones, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, estén inscritas en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano En lo que se refiere a la capacidad de contratación o por el Servicio Jurídico obrar de cualquier otro órgano las empresas no españolas de contratación de la Administración Estados miembros de la Comunidad Autónoma Europea, se estará a lo dispuesto en el artículo 58 del TRLCSP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. Fecha de emisión de la firma:30/11/2016 Documento firmado digitalmente. Código Seguro de Verificación:sZxuI+oFeL7Li0+p9wt/ CN=▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ OU=AREA DE TRANSPARENCIA HACIENDA Y BUEN GOBIERNO CN=▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ OU=AREA DE HACIENDA TRANSPARENCIA Y BUEN GOBIERNO El documento consta de un total de:29 página/s. Página 13 de 29.
b) Poder bastante al efecto, a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica, este poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Territorio HistóricoReglamento del Registro Mercantil. En el caso de unión temporal de empresariosAdemás se acompañará, debe designarse un obligatoriamente, una declaración responsable del representante o apoderado único sobre la subsistencia de la unión con sus poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio copia auténtica de la existencia su Documento Nacional de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativaIdentidad.
c) De conformidad con lo establecido en el artículo 74 del TRLCSP los que justifiquen los requisitos de solvencia económica, financiera y técnica o profesional y que, se determinan en el apartado G) del Cuadro de Características. No obstante esta acreditación se podrá realizar por cualquiera de los medios establecidos en los artículos 75 y 78 del TRLCSP, según determinación al efecto concretada en el Cuadro de Características que encabeza este Pliego.
d) Declaración responsable del licitador de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al Excma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ señaladas en el artículo 60 del TRLCSP.
d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa . Cuando se trate de hallarse al corriente del cumplimiento empresas de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración Estados miembros de la Comunidad Autónoma Unión Europea y con esta posibilidad esté prevista en la Administración legislación del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas Estado respectivo, podrá también sustituirse por las disposiciones vigentesuna declaración responsable, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstaotorgada ante una autoridad judicial.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración siguientes certificaciones (originales o copias auténticas), acreditativas del cumplimiento de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contratosus obligaciones tributarias , con renunciala Seguridad Social y Hacienda Provincial con la forma y los efectos previstos en los artículos 13, 14, 15 y 16 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitanteparticular los siguientes:
a. Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social.
f) Acreditación b. Certificación expedida por la Agencia Tributaria.
c. Certificación expedida por la Tesorería de la solvencia económica y técnicaExcma. Diputación Provincial ▇▇ ▇▇▇▇▇▇, acreditativa de que no existen deudas de naturaleza tributaria con esta Corporación Provincial.
Appears in 1 contract
Sources: Contrato De Prestación De Servicios De Seguridad Y Vigilancia
Documentación General. a) La acreditación Declaración responsable. El licitador debe presentar una declaración responsable según el modelo del Anexo I de este ▇▇▇▇▇▇, en la personalidad que indique que cumple los requisitos de capacidad, representación y solvencia o clasificación exigidos en este Pliego y se comprometa, en el caso de que la propuesta de adjudicación recaiga a su favor, a presentar, previamente a la adjudicación del empresariocontrato, los documentos exigidos en este Pliego. Cuando se trate exija clasificación y el licitador, habiéndola solicitado antes de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional la finalización del plazo de Identidadpresentación de ofertas, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata encontrase pendiente de una persona jurídica españolaobtenerla, deberá presentar el NIF de hacer constar esta circunstancia en la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su casodeclaración responsable. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales El licitador que se indican halle en este supuesto deberá, durante el plazo de subsanación de defectos u omisiones en la normativa documentación, declarar que ha obtenido el correspondiente certificado de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe clasificación expedido por la Misión Diplomática Permanente Junta Consultiva de España en Contratación Administrativa o bien presentar dicho certificado. En caso de no haber obtenido el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio certificado de la empresa. Asimismoclasificación durante ese plazo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a se considerará que el Estado de su procedencia admite a su vez licitador no ha subsanado esa deficiencia. Esta declaración incluirá la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Declaración responsable del licitador manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) , con la mención expresa de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos a los que se refiere la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la CAIB y su Reglamento aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia las ▇▇▇▇▇ Balears y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración incluirá la manifestación de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato. Esta declaración incluirá también la declaración expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
b) El compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso. En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen, la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único.
c) La acreditación de la garantía provisional, en su caso. Cuando se exija garantía provisional, debe presentarse el resguardo acreditativo de dicha garantía, si se constituye en metálico o títulos valores. Si se constituye en forma de aval o por contrato de seguro de caución, se presentará el propio aval o el contrato de seguro, con la diligencia de verificación previa de la representación, efectuada por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las ▇▇▇▇▇ Balears. En el caso de licitación por lotes, el resguardo de la garantía provisional debe ir acompañado de una relación detallada de los lotes a los que se licita.
d) El compromiso de subcontratar con empresas especializadas cuando así se haya exigido.
e) Una declaración sobre los documentos y datos de carácter confidencial, en su caso.
f) Un documento en el que se designe como preferente la utilización de medios electrónicos en las notificaciones que se practiquen en este procedimiento y se manifieste que se consiente expresamente su utilización.
g) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
fh) Acreditación de la solvencia económica y técnica▇▇▇▇▇▇▇▇▇ otro documento que según este ▇▇▇▇▇▇ deba incluirse en este sobre.
Appears in 1 contract
Sources: Contract for Works
Documentación General. Para tomar parte en la licitación para la concesión del uso privativo del dominio público para la instalación, conservación y explotación de pantalla digital Leds y contendrá la siguiente documentación:
a) La acreditación de Documento/s que acrediten la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, oy la representación , en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF del firmante de la empresa y proposición, consistentes en documentos originales o copias de los mismos que tengan carácter de auténticos conforme a la legislación vigente: -D.N.I. del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, si fuese persona jurídica, mediante la presentación de escritura de constitución, y/constitución o modificación, debidamente inscrita, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente Registro Mercantil, o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique Registro Oficial que corresponda. En el domicilio caso de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de dos o más empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporalpresenten oferta conjunta, cada uno de ellos deberá acreditar una acreditará su personalidad y capacidad, y deberán indicar indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como y la designación de un representante la persona o apoderado único.
b) La acreditación entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ante la Administración. Caso de resultar adjudicataria la agrupación de empresas, deberá constituirse en escritura pública. - Empresas extranjeras: ● Cuando se trate de empresas no españolas de estados miembros de la representaciónComunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, cuando su capacidad de obrar se actúe acreditará mediante representantela presentación de la certificación de estar inscritas en alguno de los registros que se indican en el Anexo I del RLCAP. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a determinada organización para poder prestar en él el licitador actúe servicio de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito. ● Las personas jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo informe de la existencia respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la representación empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscritasector público asimilables a los enumerados en el art. 3 del TRLCSP, en su casoforma sustancialmente análoga, conforme a lo dispuesto en el art. 55 del TRLCSP. ● Finalmente, las empresas extranjeras que contraten en España presentarán la documentación traducida de forma oficial al castellano. Igualmente, dichas empresas deberán tener abierta sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones y que estén inscritas en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismodebiendo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estadoasimismo, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitantelicitador.
fb) Bastanteo de poderes.- Los licitadores que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, o representen a una persona jurídica, deberán acreditar la representación. Si fuese persona jurídica deberá presentar escritura de poder inscrita en el Registro Mercantil. En todo caso, el poder deberá estar bastanteado por la Secretaria General del AYUNTAMIENTO.
c) Declaraciones relativas a no estar incursos en prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración Pública, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y con el AYUNTAMIENTO, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
d) Declaración responsable, conforme al modelo indicado en el Anexo II de este pliego, de que la empresa, sus administradores y representante, si se trata de persona jurídica, así como el firmante de la proposición, no están incursos en ninguna de las causas de incapacidad, incompatibilidad, o prohibición para contratar con la Administración Pública, previstas en la legislación vigente, así como de hallarse al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y sociales, y de estar al corriente en las obligaciones tributarias con el AYUNTAMIENTO. La justificación acreditativa de estos requisitos será requerida al empresario a cuyo favor se vaya a efectuar la adjudicación del contrato. La acreditación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias se realizará por los siguientes medios: ● Original o copia compulsada del alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición, referida al ejercicio corriente, o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. ● Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la administración tributaria autonómica en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. ● Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. ● Certificación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias con el AYUNTAMIENTO.
e) Acreditación documental de la solvencia económica económica, financiera y técnica.técnica o profesional:
Appears in 1 contract
Documentación General. 5.1.1. Para acreditar capacidad jurídica y de obrar Los licitadores deberán presentar para acreditar su capacidad jurídica y de obrar y para contratar con el Sector Público:
a) La acreditación certificación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno el Registro Oficial de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado acredita, salvo prueba en que se encuentren establecidascontrario, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidadcapacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellosclasificación, así como la designación concurrencia o no concurrencia de un representante las prohibiciones de contratar en los términos del art. 72 LCSP y la Orden EHA/1490/2010, de 28 ▇▇ ▇▇▇▇. Debido a la especificidad del contrato, los grupos y subgrupo previstos en el artículo 37 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre no están estrictamente relacionados con el objeto del servicio, por lo que no se admite la presentación del certificado de clasificación emitido por el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (R.O.L.E.C.E.) o apoderado únicoen el Registro de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa para la acreditación de la solvencia económica y técnica. Por tanto, los licitadores deberán presentar obligatoriamente para acreditar dicho extremo la documentación recogida en el punto 5.1.2. Sin embargo, el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (R.O.L.E.C.E.) se admite para acreditar las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial la presentación siempre que dicho certificado incluya las inscripciones voluntarias que se pretenden acreditar con el mismo. Para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 146.3 TRLCSP deberá acompañarse a la Certificación una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación (Anexo III).
b) La acreditación En defecto de Certificado al que se refiere el apartado a) deberá presentarse: • Escritura de constitución de la representaciónsociedad , cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI escritura de poder del representante y DNI del representante. • Certificado acreditativo en vigor de haber cumplido las obligaciones impuestas por la ley en materia de Seguridad Social para contratar con el documento fehaciente Sector Público. • Certificado acreditativo en vigor de la existencia de la representación y del ámbito encontrarse al corriente de sus facultades obligaciones tributarias para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en contratar con el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativaSector Público.
c) Declaración responsable del licitador de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para de contratar con la Administración conforme al recogidas en el artículo 60 del TRLCSPTRLCSP con el modelo establecido en el Anexo II.
d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Acreditación de 5.1.2. Para acreditar la solvencia económica técnica y técnica.económica
Appears in 1 contract
Sources: Technical Assistance Agreement
Documentación General. a) La acreditación para la licitación, mediante PROCEDIMIENTO ABIERTO SUPER SIMPLIFICADO, de la contratación privada de CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE SUMINISTRO DE 19 VIDEOS PROMOCINALES DE LOS RECURSOS TURÍSTICOS DE LA COMARCA DE LOS ▇▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇▇. Su contenido será el siguiente:
10.2.1.- Declaración responsable del licitador, Para ser admitidos a participar en el procedimiento, los licitadores deben realizar una declaración responsable de que cumplen las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, cumplimentando el Anexo II que acompaña a este pliego. Tanto la declaración responsable como el DEUC, indican que el licitador cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, esto es, la personalidad jurídica del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, oy, en su caso, pasaportela representación que ostenta la persona que presenta la proposición, que no se halla incurso en prohibición de contratar con la Administración, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. Si El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar ante el órgano de contratación, previamente a la adjudicación del contrato, la posesión y validez de los documentos que haya declarado tener y se trata le requieran, acreditativos de una persona jurídica españolalos requisitos exigidos. Asimismo, deberá presentar las empresas extranjeras, en los casos en que el NIF contrato vaya a ejecutarse en España, deben añadir la declaración de someterse a la empresa jurisdicción de los juzgados y la escritura tribunales españoles de constitucióncualquier orden, y/para todas las incidencias que de modo directo o modificaciónindirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales al fuero jurisdiccional extranjero que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. pudiera corresponder al licitante.
10.2.2.- Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidadaportar una declaración responsable o DEUC, y deberán indicar que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos, debiendo aportar documento en el que indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal de empresas en caso de resultar adjudicatarios del contrato, y la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Declaración responsable . 10.2.3.-Relación de empresas pertenecientes al mismo grupo, de acuerdo ANEXO III del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias presente pliego. con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Acreditación de la solvencia económica y técnica.modelo del
Appears in 1 contract
Sources: Contract for Services
Documentación General. a) La acreditación Declaración responsable. El licitador debe presentar una declaración responsable según el modelo del Anexo I de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de Identidad, NIF, oeste ▇▇▇▇▇▇, en su caso, pasaporte. Si se trata la que indique que cumple los requisitos de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificación, en su caso. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación de inscripción en uno de los registros profesionales o comerciales que se indican en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o la Oficina Consular en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar solvencia exigidos en este Pliego y contratar, debidamente inscrita, en su casose comprometa, en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal que la propuesta de empresariosadjudicación recaiga a su favor, debe designarse un representante o apoderado único de a presentar, previamente a la unión con poderes bastantes para ejercitar adjudicación del contrato, los derechos y cumplir las obligaciones documentos que del contrato le sean requeridos, los cuales se deriven hasta indican más adelante. Esta declaración incluirá la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Declaración responsable del licitador manifestación de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración SFM conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) , con la mención expresa de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos a los que se refieren la Ley 2/1996, de 19 de noviembre, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la CAIB y su Reglamento, aprobado por Decreto 250/1999, de 3 de diciembre. Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia las ▇▇▇▇▇ Balears y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. Esta declaración incluirá la manifestación de contar con la habilitación empresarial o profesional exigida para la realización de la actividad o prestación objeto del contrato. Esta declaración incluirá también la declaración expresa relativa a la pertenencia o no a un grupo empresarial definido de conformidad con el artículo 42 del Código de Comercio. En caso de pertenencia a un grupo empresarial, la declaración deberá identificar dicho grupo y, cuando varias empresas del grupo participen en el procedimiento, deberá identificar también todas las que participen en el mismo. La declaración debe estar firmada por quien tenga poder suficiente para ello. En el caso de unión temporal de empresarios, deberán presentarse tantas declaraciones como empresas integrantes de la unión, firmadas, cada una, por los representantes respectivos.
b) El compromiso de constitución de unión temporal de empresas, en su caso. En el caso de unión temporal de empresarios, se deberá presentar un compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. Este documento debe ir firmado por los representantes de cada una de las empresas integrantes de la unión. Los miembros de la unión deben indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la componen y la participación de cada uno de ellos, y deben designar un representante o apoderado único.
c) La acreditación de la garantía provisional, en su caso.
d) Una declaración sobre los documentos y datos de carácter confidencial, en su caso.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Acreditación de la solvencia económica y técnica▇▇▇▇▇▇▇▇▇ otro documento que según este Pliego deba incluirse en este sobre.
Appears in 1 contract
Sources: Suministro
Documentación General. a) La acreditación de la personalidad del empresario. Cuando se trate de un empresario individual deberá presentarse su Documento Nacional de IdentidadIncluirá: UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE, NIF, o, en su caso, pasaporte. Si se trata de una persona jurídica española, deberá presentar el NIF de la empresa y la escritura de constitución, y/o modificaciónDOCUMENTACIÓN ANEXA, en su caso. Las empresas UNA DECLARACIÓN RESPONSABLE ( según el modelo que figura como Anexo I, en el presente pliego ) que hace referencia a los apartados recogidos en el art 146.1 del TRLCP, del tenor siguiente:
a) Personalidad y capacidad del arrendador: si el arrendador fuera persona jurídica presentará escritura de constitución, y de modificación en su caso, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no españolas de Estados miembros lo fuera, la acreditación de la Unión Europeacapacidad se realizará mediante la escritura o documento de constitución, deberán acreditar su capacidad de obrar mediante certificación modificación, estatutos o acta fundacional, inscritos en el correspondiente registro oficial. Para las personas físicas será obligatoria la presentación del N.I.F. o el documento que lo sustituya legalmente.
b) Representación: Cuando el ofertante no actúe en nombre propio, o se trate de inscripción sociedad o persona jurídica, habrá de aportar documento fehaciente que acredite que el firmante de la proposición económica tiene poder bastante para comparecer ante la Corporación Municipal y contratar con ella en uno nombre y representación de los registros profesionales la persona o comerciales entidad de que se indican trate. Este poder habrá de estar inscrito en la normativa de desarrollo del TRLCSP. Además deberán acreditar que se encuentran habilitadas para realizar la prestación que constituye el objeto del contrato Registro Mercantil cuando proceda con arreglo a la legislación del Estado en que se encuentren establecidas, cuando dicho estado exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización. Los restantes empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente de España lo dispuesto en el Estado correspondiente o la Oficina Consular artículo 94 del Reglamento regulador de este Registro. c)Declaraciones relativas a no estar incursos en cuyo ámbito radique el domicilio de la empresa. Asimismo, deberán aportar informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española relativo a que el Estado de su procedencia admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración, en forma sustancialmente análoga. Si varios empresarios acuden a la licitación constituyendo una unión temporal, cada uno de ellos deberá acreditar su personalidad y capacidad, y deberán indicar los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, así como la designación de un representante o apoderado único.
b) La acreditación de la representación, cuando se actúe mediante representante. Cuando el licitador actúe mediante representante, se deberá aportar el DNI del representante y el documento fehaciente acreditativo de la existencia de la representación y del ámbito de sus facultades para licitar y contratar, debidamente inscrita, en su caso, estar al corriente en el Registro Mercantil. Este documento debe estar bastanteado por el Servicio Jurídico del órgano de contratación o por el Servicio Jurídico de cualquier otro órgano de contratación de la Administración de la Comunidad Autónoma o del Territorio Histórico. En el caso de unión temporal de empresarios, debe designarse un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
c) Declaración responsable del licitador de no estar incurso en las prohibiciones para contratar con la Administración conforme al artículo 60 del TRLCSP.
d) Esta declaración incluirá la manifestación expresa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Estado, con la Administración de la Comunidad Autónoma y con la Administración del Territorio Histórico de Bizkaia y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar éstaSocial.
e) Las empresas extranjeras deben presentar una declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
f) Acreditación de la solvencia económica y técnica.
Appears in 1 contract
Sources: Arrendamiento De Local