Common use of DERECHO DE INSPECCIÓN Clause in Contracts

DERECHO DE INSPECCIÓN. El Asegurado autoriza al Instituto a inspeccionar el objeto del seguro en cualquier momento y proporcionará a sus representantes todos los pormenores e informaciones que sean necesarios para su evaluación. Esta inspección no impone ninguna responsabilidad al Instituto y no debe ser considerada por el Asegurado como garantía de seguridad de la propiedad amparada. Asimismo, el Asegurado autoriza al Instituto -cuando sea el caso- a examinar sus libros legales de contabilidad, inventarios, balances, libros auxiliares, declaraciones de la renta, estadísticas y cualquier otro elemento que a juicio de éste pueda contribuir a evaluar el riesgo o determinar o verificar una eventual pérdida y que se relacione con el ejercicio fiscal en curso y los ejercicios precedentes. Estos registros deben guardarse en un lugar a prueba de fuego. El incumplimiento de estas disposiciones facultará al Instituto para dejar sin efecto cualquier reclamo cuyo origen se deba, directa o indirectamente, a dicha omisión.

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Samples: Acuerdo De Aseguramiento, Acuerdo De Aseguramiento, www.sugese.fi.cr

DERECHO DE INSPECCIÓN. El Asegurado autoriza al Instituto a inspeccionar el objeto del seguro en cualquier momento y proporcionará a sus representantes todos los pormenores e informaciones que sean necesarios para su evaluación. En las inspecciones deberá comparecer el Asegurado o es su defecto otra persona que este autorice expresamente, tanto para la realización de la inspección como para la firma del acta que se levante. Esta inspección no impone ninguna responsabilidad al Instituto y no debe ser considerada por el Asegurado como garantía de seguridad de la propiedad amparada. Asimismo, el Asegurado autoriza al Instituto -cuando sea el caso- a examinar sus libros legales de contabilidad, inventarios, balances, libros auxiliares, declaraciones de la renta, estadísticas y cualquier otro elemento que a juicio de éste este pueda contribuir a evaluar el riesgo o determinar o verificar una eventual pérdida y que se relacione con el ejercicio fiscal en curso y los ejercicios precedentes. Estos registros deben guardarse en un lugar a prueba de fuego. El incumplimiento de estas disposiciones facultará al Instituto para dejar sin efecto cualquier reclamo cuyo origen se deba, directa o indirectamente, a dicha omisión.

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Samples: www.ins-cr.com, sevins.ins-cr.com