Del Registro Mercantil Cláusulas de Ejemplo

Del Registro Mercantil. ARTÍCULO 235.- En el Registro Mercantil se inscribirán:
Del Registro Mercantil. Art. 29.- El Registro Mercantil se llevará en la Oficina de Inscripciones del cantón.
Del Registro Mercantil. Arto. 13.- En la cabecera de cada departamento se llevará un Registro Público de Comercio compuesto de cuatro libros independientes. En el primero se inscribirán los nombres de los comerciantes y las sociedades mercantiles o industriales. En el segundo se inscribirán:

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  • Expediente Registro Fecha Documento Folios Asunto Destino UNIDAD ORGANICA: CASERIO UNION DE UTUQUINILLO 00553511 00796420 15/04/2019 SOLICITUD - OTROS 000000- 001 SOLICITAMOS AUDIENCIAS SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CENEPRED 00553581 00796525 15/04/2019 OFICIO MULTIPLE 000020--2019-CENEPRED/DGP-1.0 002 ESCENARIO DE RIESGO ANTE LA TEMPORADA DE LLUVIAS SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CENTRO DE CONCILIACION "DECISIONES PERU" 2018-2019. 00553327 00796145 12/04/2019 EXPEDIENTE 000025--2019 067 HACEMOS SABER QUE CONCILIACION EXTRAJUDICIALES ES SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CENTRO DE CONCILIACION EXTRAJUDICIAL WK S UNA INSTITUCION CONSENSUAL. 00552733 00795163 10/04/2019 EXPEDIENTE 000036--2019-CCEWKS-U 001 CONSTANCIA DE ASISTENCIA E INVITACIÓN PARA CONCILIAR SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CENTRO DE PROYECCION SOCIAL UNIDOS PARA S 00553201 00795961 12/04/2019 SOLICITUD - OTROS 000000- 001 SOLICITO APOYO ECONOMICO. SE ADJUNTA UNA TARJETA DE SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CENTRO DE SALUD 9 DE OCTUBRE PRESENTACION 00552534 00794878 10/04/2019 OFICIO 000070--2019-DRSSU/RSCP/C.S.9DEOCT/PUC 016 SOLICITO INTERVENCION PARA LA RECUPERACION DE LA SECRETARIA GENERAL AMBULANCIA EMBARGADA DEL CENTRO DE SALUD 09 DE UNIDAD ORGANICA: CENTRO POBLADO BOQUERON OCTUBRE. 00552525 00794865 10/04/2019 MEMORIAL 000000- 007 SOLICITAMOS AMPLIACION DE CONSTRUCCION DE PUENTE SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CERVECERIA SAN JUAN S.A IGNACIO 00552254 00794429 09/04/2019 SOLICITUD - OTROS 000000- 001 SOLICITAMOS SE SIRVAN ACLARAR EL CONTENIDO DE DICHA OFICINA REGIONAL DE DEFENSA NACIONAL CARTA RESPECTO A LA INFORMACIÓN QUE NUESTRA UNIDAD ORGANICA: CLINIC MEDIC EQUIPMENT SAC REPRESENTADA DEBE DECLARAR 00552229 00794393 09/04/2019 CARTA 000000-CTN°019-CME-MV-19 002 RESPUESTA A SU CARTA N° 284-2019-GRU-ORA-OL SECRETARIA GENERAL UNIDAD ORGANICA: CLUB DEPORTIVO COLEGIO CORONEL "PEDRO PO (RENOVACION DE CARTA FIANZA N° 107381 ( S/.139,900.00) 00553638 00796608 15/04/2019 OFICIO 000004--2019-DIECPP/CDC"CPP" 001 SOLICITA AUTORIZACION PARA USO DE LA CANCAH DEPORTIVA GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO SOCIAL UNIDAD ORGANICA: CLUB DEPORTIVO SPORT LORETO DEL ESTADIO OFICIAL. 00553985 00797124 16/04/2019 CARTA 000021--2019-CDSL- 001 SOLICITA MAQUINARIA PARA ARREGLO DE CAMPO DEPORTIVO SECRETARIA GENERAL Fecha: 16/04/2019 Hora: 16:38:39

  • Registros El Contratista deberá llevar registros completos y exactos de todas las mediciones de los Hidrocarburos, debiendo poner a disposición de la CNH copia fiel de los mismos. Adicionalmente, el Contratista deberá entregar los informes que establezca la Normatividad Aplicable. Los representantes de la CNH tendrán la facultad de inspeccionar y examinar los sistemas de medición, su operación y gestión, así como ser testigos, conjuntamente con el Contratista, de las pruebas de calibración. Los sistemas de medición deberán también permitirle a las Partes la medición en tiempo real en los Puntos de Medición con acceso remoto a la información.

  • Registro a) Previo al acto de presentación de proposiciones, se deberá efectuar el registro de participantes, así como realizar revisiones preliminares a la documentación distinta a la proposición, tales como actas constitutivas y demás elementos requeridos en la convocatoria. No se podrá impedir el acceso a quién decida presentar su documentación y proposiciones en la fecha, hora y lugar establecido para la celebración del citado acto.

  • DECLARACIONES DE LAS PARTES El Inversionista garantiza al Estado, en la fecha de Cierre, la veracidad y exactitud de las declaraciones siguientes: El Inversionista y el Operador Calificado: (i) El Inversionista se encuentra debidamente constituido y válidamente existente conforme a las Leyes Aplicables, y el Operador Calificado es una sociedad debidamente constituida y válidamente existente conforme a las leyes del país o lugar de su constitución; (ii) están debidamente autorizadas y en capacidad de asumir las obligaciones que respectivamente les correspondan como consecuencia de la celebración del Contrato en todas las jurisdicciones en las que dicha autorización sea necesaria por la naturaleza de sus actividades, o por la propiedad, arrendamiento u operación de sus bienes, excepto en aquellas jurisdicciones en las que la falta de dicha autorización no tenga un efecto sustancialmente adverso sobre sus negocios u operaciones; y (iii) han cumplido con todos los requisitos necesarios para formalizar el Contrato y para cumplir los compromisos en él estipulados. La firma, entrega y cumplimiento del Contrato, por parte del Inversionista y el Operador Calificado, están comprendidos dentro de sus facultades y han sido debidamente autorizados por los respectivos directorios u otros órganos similares. No es necesaria la realización de otros actos o procedimientos por parte del Inversionista para autorizar la suscripción y cumplimiento de las obligaciones que le corresponda bajo el Contrato. El Contrato ha sido debida y válidamente firmado y entregado por el Inversionista, y constituye obligación válida, vinculante y exigible para el Inversionista y para el Operador Calificado conforme a sus términos. No existen acciones, juicios, arbitrajes u otros procedimientos legales en curso, ni sentencias, ni decisiones de cualquier clase no ejecutadas, contra el Inversionista, el Operador Calificado o cualquier socio principal de ambos, que tengan por objeto prohibir, impedir o limitar el cumplimiento de los compromisos u obligaciones contemplados en el Contrato. El Estado garantiza al Inversionista, en la fecha de Cierre, la veracidad y exactitud de las siguientes declaraciones: El Ministerio de Energía y Minas está debidamente autorizado conforme a las Leyes Aplicables para representar al Xxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xxx Xxxx en el presente Contrato. La firma, entrega y cumplimiento por parte del Estado del Contrato, están comprendidos dentro de sus facultades, son conformes a las Leyes Aplicables, y han sido debidamente autorizados por la Autoridad Gubernamental. Ninguna otra acción o procedimiento por parte del Estado o cualquier otra Autoridad Gubernamental es necesaria para autorizar la suscripción del Contrato o para el cumplimiento de las obligaciones del Estado contempladas en el mismo. El Contrato ha sido debida y válidamente firmado por el o los representantes autorizados del Estado y, junto con la debida autorización, firma y entrega del mismo por parte del Inversionista, constituye una obligación válida y vinculante para el Estado. No existen acciones, juicios, arbitrajes u otros procedimientos legales en curso, ni sentencias, ni decisiones de cualquier clase no ejecutadas, contra el Estado, que tengan por objeto prohibir, impedir o limitar el cumplimiento de los compromisos u obligaciones contemplados en el Contrato. El Estado procurará que las obligaciones asumidas por EGEMSA en el Contrato de Coordinación Empresarial y Constitución de Servidumbre, serán cumplidas conforme a dicho contrato. El Inversionista declara que conoce la situación en la que se encuentra la obra de ampliación de la C.H. Machupicchu, actualmente en curso, de manera que se encuentra en aptitud de asumir el compromiso señalado en la cláusula 4.2. El Inversionista garantiza, que durante un período comprendido desde la fecha de Cierre y hasta que se cumpla diez (10) años de la Puesta en Operación Comercial de la Central, el Operador Calificado será titular de la Participación Mínima, y el responsable de las operaciones técnicas de la Central. Este requisito no es necesario cuando el Operador Calificado y el Inversionista son la misma Persona. A solicitud del Inversionista, el Operador Calificado podrá ser reemplazado por otra Persona antes del periodo indicado siempre que dicha persona cumpla los requisitos mínimos de calificación previstos en las Bases de la Licitación.

  • OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEFINIR E IDENTIFICAR EL ESCAPARATE Y CONOCER LAS FUNCIONES DE UN ESCAPARATISTA. - DESCRIBIR DIVERSAS FORMAS DE CAPTAR LA ATENCIÓN EN EL ESCAPARATE. - IDENTIFICAR LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DE LA COMUNICACIÓN EN EL COMERCIO. - CONOCER LOS PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DISEÑO Y DEL DIBUJO. - SABER LOS ASPECTOS FUNDAMENTALES DE LA ILUMINACIÓN Y DEL COLOR PARA REALIZAR UN TRATAMIENTO ADECUADO EN EL ESCAPARATE. - DEFINIR LOS PRINCIPIOS BÁSICOS Y OBJETIVOS DEL MONTAJE DE UN ESCAPARATE Y LAS TÉCNICAS DE COMPOSICIÓN DEL MISMO. - CONOCER E IDENTIFICAR LAS HERRAMIENTAS DE TRABAJO EN EL MONTAJE DE UN ESCAPARATE. Los contenidos que forman la acción formativa suponen un continuo entrelazado de momentos formativos de carácter teórico y práctico, ya que éstos son de tipo conceptual (C), correspondiéndose con los conceptos que el alumnado adquiere a lo largo de la acción formativa, procedimental (P) correspondiéndose con los procedimientos y técnicas que el alumnado desarrolla a lo largo de la acción formativa y actitudinal (A) correspondiéndose con los valores, normas y actitudes que desarrolla el alumnado como consecuencia de la acción formativa. En la impartición de los contenidos, no se diferencian momentos formativos teóricos y prácticos ya que éstos se producen a lo largo de todo el proceso de aprendizaje. La programación de la acción incluye tanto conocimientos, conceptos, definiciones; como destrezas, técnicas, métodos, procedimientos y por último actitudes, valores y normas, todos ellos necesarios y aplicables a la actividad profesional y extrapolables al entorno social, primando, en la ejecución de la acción, el desarrollo psicomotriz sobre el cognitivo. Los contenidos de la acción, para que puedan permitir la consecución de los objetivos del proceso de enseñanza-aprendizaje, deben ser seleccionados, secuenciados y temporalizados convenientemente siguiendo los principios de eficacia y eficiencia. En este sentido: - Los contenidos se seleccionan considerando su validez, coherencia, significatividad, potencialidad, funcionalidad. - Los contenidos se secuencian considerando su tipología y características, combinando contenidos teóricos y prácticos, para alcanzar los objetivos planteados y generar procesos formativos integrales (desarrollo cognitivo, psicomotriz y afectivo). Los contenidos de la acción están organizados secuencialmente, de manera ordenada y lógica para garantizar el progreso del alumnado. - Los contenidos se temporalizan por módulo y/o unidad didáctica, considerando las características y perfil de los/as destinatarios/as de la formación (personas adultas), el volumen de contenidos, nivel de dificultad, importancia y características intrínsecas de los mismos… en cualquier caso, el profesorado encargado de la impartición de la acción formativa es el último responsable de la temporalización de los contenidos ya que éste/a analizará la idiosincrasia de cada grupo formativo (heterogeneidad o homogeneidad) para ajustar la distribución temporal. Los contenidos que constituyen la acción formativa son: UNIDAD 1. EL ESCAPARATE (12 HORAS) 1.1. EVOLUCIÓN DEL ESCAPARATE Y LA IMAGEN COMERCIAL 1.2. EL ESCAPARATE 1.3. EL ESCAPARATISTA. UNIDAD 2. ASPECTOS FUNDAMENTALES EN EL DISEÑO DE UN ESCAPARATE (12 HORAS) 2.1. LA IMPORTANCIA DE LA PERCEPCIÓN SENSITIVA 2.2. LA COMUNICACIÓN EN EL ESCAPARATE 2.3. COMUNICACIÓN EN EL PUNTO DE VENTA 2.4. CONCEPTOS BÁSICOS XX XXXXXXX.

  • Derechos de Propiedad Intelectual “El Proveedor” asume toda responsabilidad por las violaciones que se causen en materia de patentes, marcas o derechos de autor, con respecto al uso de los bienes o técnicas de que se valga para proporcionar el servicio objeto de este contrato. En su caso, salvo que exista impedimento, los derechos inherentes a la propiedad intelectual que se deriven de los servicios objeto del presente contrato, invariablemente se constituirán a favor de “El Estado” en términos de las disposiciones legales aplicables. Los datos, manuales, entregables, información y/o resultados ingresados por “El Estado” respecto del cual se adquiere el objeto del servicio del presente contrato, son propiedad de “El Estado” en todo momento y constituye secreto industrial, en términos del artículo 82 de la Ley de Propiedad Industrial y, por lo tanto, quedarán sujetos a lo establecido por los artículos 83, 84, 85 y 86 de dicho ordenamiento, por lo que “El Proveedor”, ni ninguna de las personas físicas que dependan o se encuentren vinculadas a dicha persona moral, en su caso, podrán divulgarlos, comunicarlos, transmitirlos o utilizarlos en beneficio de cualquier otra persona distinta de “El Estado” así mismo los productos derivados del presente contrato serán explotados, difundidos, aplicados usados exclusivamente por “El Estado”. Tampoco “El Proveedor” podrá duplicarlos, grabarlos, copiarlos o de cualquier forma reproducirlos, utilizarlos, difundirlos, aplicarlos o explotarlos sin la autorización expresa de “El Estado”. Décima Cuarta.-

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:

  • Descuentos asociados a la calidad del servicio Descuentos a los que tienen derecho los suscriptores y/o usuarios, asociados al nivel del cumplimiento de las metas de calidad del servicio público de aseo, por parte de las personas prestadoras del servicio.

  • Obligaciones relativas a la gestión de permisos, licencias y autorizaciones El contratista estará obligado, salvo que el órgano de contratación decida gestionarlo por sí mismo y así se lo haga saber de forma expresa, a gestionar los permisos, licencias y autorizaciones establecidas en las ordenanzas municipales y en las normas de cualquier otro organismo público o privado que sean necesarias para el inicio, ejecución y entrega del suministro, solicitando de la Administración los documentos que para ello sean necesarios.

  • DECLARACIONES DEL ASEGURADO Corresponde al asegurado declarar sinceramente todas las circunstancias que solicite el asegurador para identificar la cosa asegurada y apreciar la extensión de los riesgos en los formularios de contratación que disponga la compañía aseguradora para estos fines. La veracidad de las declaraciones hechas por los asegurados en la propuesta o solicitud de seguro, en sus documentos accesorios o complementarios y en el reconocimiento médico, cuando éste corresponda, constituyen elementos integrantes y esenciales de este contrato de seguro. En virtud a lo dispuesto en el artículo 525 del Código de Comercio, si el siniestro no se ha producido, y el contratante hubiere incurrido inexcusablemente en errores, reticencias o inexactitudes determinantes del riesgo asegurado en la información solicitada por la compañía aseguradora, ésta podrá rescindir el contrato. Si el siniestro se ha producido, el asegurador quedará exonerado de su obligación de pagar la indemnización si proviene de un riesgo que hubiese dado lugar a la rescisión del contrato. Si los errores, reticencias o inexactitudes sobre el contratante no fueron determinantes del riesgo asegurado, el asegurador podrá proponer una modificación a los términos del contrato para adecuar la prima o las condiciones de la cobertura a las circunstancias no informadas. Si el asegurado rechaza la proposición del asegurador o no le da contestación dentro del plazo de 10 días contado desde la fecha de envío de la misma, este último podrá rescindir el contrato. En este último caso, la rescisión se producirá a la expiración del plazo de 30 días contado desde la fecha de envío de la respectiva comunicación. Si el siniestro se ha producido, el asegurador tendrá derecho a rebajar la indemnización en proporción a la diferencia entre la prima pactada y la que se hubiese convenido en el caso de conocer el verdadero estado del riesgo.