De solicitar a TRIARA la cancelación o baja del SERVICIO Cláusulas de Ejemplo

De solicitar a TRIARA la cancelación o baja del SERVICIO. 12. Recuperar la información respaldada en el SERVICIO antes de realizar cualquier baja o cancelación. Una vez cancelado el SERVICIO, TRIARA no se hace responsable de cualquier pérdida, corrupción, alteración o eliminación intencional de la información propiedad del CLIENTE.

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  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO La duración del servicio será de seis (06) meses, contabilizados a partir del día siguiente de suscrito el contrato, el cual podrá ser prorrogado de acuerdo a la necesidad del servicio y evaluación de desempeño del consultor.

  • CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO  El Contratista será el responsable del montaje, desmontaje, vigilancia y conexión xx xxxxxxx, líneas de alimentación y elementos luminosos y de su mantenimiento durante el período de iluminación objeto de este pliego, así como de la comprobación de los dispositivos de seguridad, obtención y entrega a los Servicios Técnicos Municipales de los boletines de instalación eléctrica y de la legalización de la completa instalación.  El Contratista deberá contar con la posibilidad de disponer del mismo motivo luminoso para cada una de las calles que están definidas en las diferentes fiestas del municipio. El Ayuntamiento podrá exigir al Contratista que todos los arcos a colocar en las diferentes calles sean del mismo tipo, forma y color (todos los motivos luminosos iguales). El Contratista deberá contar con un muestrario variado de elementos luminosos con el fin de que el Ayuntamiento tenga capacidad de elección.  El Contratista se comprometerá a aceptar las modificaciones de lugar que circunstancialmente determine el Ayuntamiento de Ciempozuelos y estará obligado a prestar su servicio a estas nuevas instalaciones con arreglo a lo exigido.  Los equipos de la instalación estarán construidos de forma que garanticen su resistencia contra los agentes climatológicos y habrán de cumplir la normativa vigente para este tipo de materiales. No se permitirá la incandescencia, en general.  Tanto los motivos luminosos como las líneas de conexión y cuadros de protección deberán cumplir con el vigente Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión en vigor, y otra normativa técnica de aplicación.  El Contratista deberá legalizar todas las instalaciones objeto del presente contrato conforme a lo dispuesto en el REBT. El Contratista procederá a la desconexión inmediata de las instalaciones que incumplan lo establecido y/o supongan un peligro para las personas y/o bienes, elementos.  El Contratista deberá cumplir con el reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias.  El Ayuntamiento elegirá los elementos y motivos luminosos que se instalen en cada punto de entre los comprendidos en la Oferta presentada por el Contratista.  El Contratista será responsable de los desperfectos que se puedan ocasionar como consecuencia tanto del montaje como del desmontaje de la instalación debiendo reparar los mismos a la mayor brevedad posible y siguiendo en todo caso las indicaciones de los servicios técnicos municipales. En caso contrario, el Ayuntamiento podrá encargar dicha reparación a otra empresa x xxxxx de los pagos pendientes o de la garantía del contrato.  El sistema de encendido y apagado diario deberá ser automático.  Durante los días de duración de la instalación provisional, el Contratista será el responsable de su servicio y su mantenimiento con las obligaciones establecidas, a las que afectarán las correspondientes exigencias y disposiciones de este Pliego, quien deberá designar un teléfono directo de contacto permanente (24 horas) para cualquier aviso o anomalía por avería, accidente, etc. es decir para cualquier incidencia que pudiera producirse desde el inicio del montaje y hasta la finalización del desmontaje. El plazo máximo de reparación o reposición, durante las fiestas u actos, será inferior a 4 horas.  El montaje de las instalaciones que se indican, necesarias para satisfacer los suministros de energía eléctrica que dichos festejos demandan, se realizaran inexcusablemente con una antelación mínima de dos semanas al inicio de los festejos, o en el caso establecido en cada caso.  Los cuadros generales de protección se situarán en el origen de la instalación o lo más cerca posible de la misma. Serán estancos, con llave y fuera del alcance del público.  En todas las instalaciones conectadas por el Contratista, será responsabilidad del mismo definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente, evitando en todo momento sobrecargar ninguna línea o circuito.  En el caso en que las instalaciones conectadas a centros de mando sean realizadas por terceros, será también responsabilidad del Contratista definir los puntos de conexión y la intensidad máxima en cada punto, con el fin de repartir las cargas y adecuarlas a la infraestructura existente.  Una vez realizada la instalación receptora se medirán las cargas en las tomas y en las salidas de los centros de mando remitiendo un informe al AYUNTAMIENTO.  El Contratista procederá a la desconexión de las instalaciones que incumplan injustificadamente lo establecido y supongan un peligro para las personas o cosas.  Los arcos y guirnaldas se instalarán de forma perpendicular al sentido de la calle y arriostradas en las fachadas de edificios, postes y farolas.  Los motivos luminosos se instalarán a una altura no inferior a cinco metros. Sólo se excepcionarán de este supuesto los motivos instalados en farolas cuya altura no permita librar 5 metros en su parte inferior, en cuyo caso la altura mínima permitida se rebajará a 3,75 m previa comprobación por parte de los Servicios Técnicos Municipales, de forma que no interfieran el tráfico de vehículos ni la seguridad de vehículos y/o personas. En todo momento, se cuidará especialmente la correcta colocación de las cadenetas, debiendo el Contratista rehacer la instalación si aquella fuera inadecuada o produjera un mal efecto estético.  La estructura de las guirnaldas o alegorías de los diferentes arcos serán metálicas y auto sustentantes de las instalaciones eléctricas, portalámparas y cableado eléctrico de las mismas.  Las lámparas de las alegorías y demás elementos decorativos serán todas de leds o microleds.  Toda intervención del Contratista en la vía pública destinada a la prestación del servicio objeto de este Pliego, así como los vehículos destacados para ello, serán señalizados y balizados de acuerdo con lo establecido en las disposiciones vigentes en la materia. En todo caso, el personal que trabaje en la vía pública tendrá en cuenta el RD 485/1997, de 14 xx xxxxx, Disposiciones mínimas en materia de señalización de Seguridad y Salud en el trabajo y ley de prevención de riesgos laborales, y demás legislación vigente de Seguridad y Salud.  Dentro del ámbito técnico le será de aplicación los reglamentos técnicos y de seguridad del Ministerio de Industria y energía que correspondan, así como, cuantas disposiciones de carácter general y particular, y de aquellos otros que en la vigencia del contrato le sean de aplicación, que se relacionan a continuación: Reglamento electrotécnico para baja Tensión e instrucciones Técnicas complementarias. Acta de seguimiento para la aplicación del REBT. Normas particulares y condiciones técnicas y de seguridad de EMPRESA DISTRIBUIDORA. Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior y sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. Estudio y Plan de seguridad en los centros y locales de trabajo.  Los vientos, tensores y aisladores que sean necesarios, los cuales se retirarán cuando se realice el desmontaje de las infraestructuras, estarán situados fuera del alcance de los viandantes. Los vientos estarán constituidos por alambres de 4 mm. de diámetro para vanos de menos de 10 mts, y con cable trenzado de 6 mm. de diámetro para vanos de más de 10 mts. de ancho. Tanto los alambres como los cables trenzados serán xx xxxxx galvanizado en caliente, según normas UNE  En la medida de lo posible, se procurará no arriostrar ningún elemento de la instalación a balcones y/o fachadas, utilizándose al efecto postes metálicos embutidos con un anclaje al suelo, al objeto de evitar desplazamientos. Posteriormente y finalizado el servicio se reparará el pavimento deteriorado. En caso de que por necesidad hubiera que arriostrar x xxxxxxxx o balcones, se solicitará el permiso del propietario afectado.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo En aquellos contratos que impongan al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, el órgano de contratación deberá facilitar a los licitadores, en el propio pliego o en la documentación complementaria, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir la evaluación de los costes laborales que implicará tal medida. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de éste.

  • Medidas de contratación con empresas que estén obligadas a tener en su plantilla trabajadores con discapacidad El contratista, conforme a lo dispuesto en el Decreto 213/1998, de 17 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen medidas en la contratación administrativa de la Comunidad de Madrid para apoyar la estabilidad y calidad del empleo, durante la vigencia del contrato, asume entre sus obligaciones la de tener trabajadores con discapacidad en un 2 por 100, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 42 del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o la de adoptar las medidas alternativas desarrolladas reglamentariamente por el RD. 364/2005, de 8 xx xxxxx. La xxxxxxxx de la citada obligación se realizará mediante la declaración responsable que se cita en la cláusula 12 “Forma y contenido de las proposiciones” de este pliego. El contratista queda obligado igualmente a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación cuando fuese requerido, en cualquier momento de la vigencia del contrato, o en todo caso antes de la devolución de la garantía definitiva. La acreditación de dicho cumplimiento se efectuará mediante la presentación ante el órgano de contratación de los siguientes documentos: un certificado de la empresa en el que conste el número de trabajadores de plantilla y copia compulsada de los contratos celebrados con trabajadores con discapacidad.

  • PRESTACIÓN DE SERVICIOS EXPOSICIONES S.A. USUARIO OPERADOR DE ZONA FRANCA PERMITIR EL USO Y GOCE DE LOS SERVICIOS QUE SE RELACIONAN EN LA CLAUSULA SEGUNDA, PARA LLEVAR A CABO LA MACRORRUEDA COLOMBIA TRAVEL MART 2015 2 MESES A PARTIR DE LA APROBACIÓN DE LA PÓLIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ONA SYSTEMS SAS RENOVACIÓN DE LAS LICENCIAS MCAFEE DE LA PLATAFORMA SUITE EPA (END POINT PROTECCION), DLP (DATA LOSS PREVENTION), VIRUS SCAN LINUX, Y LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS ESPECIALIZADOS POR PARTE DEL CONTRATISTA 1 AÑO Y 8 DÍAS A PARTIR DE LA APROBACIÓN DE LA PÓLIZA RENOVACIÓN DE LICENCIA Y SOPORTE MARZO COLOMBIANA DE TEMPORALES SA-COLTEMPORA SA PRESTACIÓN DE SERVICIOS POR PARTE DEL CONTRATISTA PARA EL SUMINISTRO DEL PERSONAL EN MISIÓN QUE REQUIERA EL CONTRATANTE PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBJETIVOS. 2 AÑOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN PRESTACIÓN DE SERVICIOS SERVIENTREGA SA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA, TRANSPORTE, EMPAQUE Y EMBALAJE, DE DOCUMENTOS Y PAQUETES, A NIVEL LOCAL Y NACIONAL, POR PARTE DEL CONTRATISTA, DE ACUERDO A LOS REQUERIMIENTOS DE PROCOLOMBIA 24 MESES A PARTIR DE LA APROBACIÓN DE LA PÓLIZA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

  • GARANTÍA DEL SERVICIO “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DEBERÁ GARANTIZAR QUE EN CASO DE RESULTAR ADJUDICADO LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SE REALIZARÁ DE CONFORMIDAD A LAS CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DESCRITAS EN EL ANEXO TÉCNICO Y A PROPORCIONARLO EN ESTRICTAS CONDICIONES DE EFICIENCIA Y CONFIDENCIALIDAD, EN LOS TIEMPOS ESTABLECIDOS PARA TAL EFECTO.

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO Para viajes al exterior de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario en el exterior de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia. Para viajes dentro de Argentina. La cobertura del Servicio se extiende por períodos no superiores a 180 (ciento ochenta) días corridos por cada Viaje que efectúe el Beneficiario dentro de la República Argentina, no existiendo límites en cuanto a la cantidad de viajes que puedan realizarse durante el año de vigencia.

  • DURACIÓN DEL SERVICIO El Contrato no tiene expectativa de prórroga o renovación. Sin embargo, si se acordara una prórroga, ésta será aprobada por período(s) adicional(es) de hasta un año.

  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.