Common use of DE LOS MATERIALES Clause in Contracts

DE LOS MATERIALES. El Contratista proveerá por su cuenta todos los materiales que sean necesarios para la correcta ejecución de la obra, si en las especificaciones particulares no se indica nada en contrario. Todos los materiales a emplear en las obras deberán ser aprobadas previamente por la Repartición. Cuando el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares o la propuesta del oferente indicase la provisión de materiales identificados mediante una o más marcas y el término “o equivalente”, y el Contratista ofreciera un elemento amparado en esta última denominación, la Repartición se reserva el derecho de aceptarlo o rechazarlo a su solo juicio. El Contratista acordará con la Inspección de Obra las muestras de materiales, folletos y descripciones que ésta considera necesarios. Las mismas una vez aprobadas servirán para la confrontación con los materiales que se reciban en obra, a efectos de constatar su calidad y características, previo a su aceptación. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear la Inspección extraerá periódicamente muestras en la obra y cuando alguna partida o espécimen no reuniera las condiciones exigidas, procederá a su rechazo y a ordenar su inmediato retiro de la obra. La Inspección podrá ordenar todos los ensayos que, pudiendo realizarse en el país, considere conveniente para comprobar si los materiales y las estructuras están de acuerdo con lo especificado en los folletos, las descripciones y muestras aprobadas. El material, medios de movilidad, instrumentos de medir y demás elementos necesarios a ese fin, serán facilitados y costeados por el Contratista. Este además pagará el costo de cualquier ensayo químico, físico o mecánico que deba encomendarse a un laboratorio oficial, no perteneciente a la Repartición, o particular de reconocida capacidad técnica, para verificar la naturaleza de cualquier material. En las especificaciones particulares de cada obra, la Repartición indicará el tipo de ensayo a ejecutar según normas de Racionalización de materiales vigentes. Si la Inspección de la Obra objetara el empleo de algún material y durante la realización de los ensayos de comprobación fuera menester suspender los trabajos, la responsabilidad por la eventual demora del plazo de ejecución corresponderá al Contratista si el material fuera rechazado y a la Repartición si el material fuera aprobado. Del mismo modo será por cuenta y riesgo del Contratista la utilización de materiales que no hayan sido aprobados, debiendo efectuar su reemplazo en caso de ser rechazados. El Contratista podrá acarrear los materiales de la fuente de producción hasta la obra por cualquier medio de transporte, sin derecho a reclamo de indemnización alguna ni ampliación de plazo contractual debido a la imposibilidad de realizarlo en la forma prevista en sus análisis. Si el Contratista no pudiera proveer en término el o los materiales exigidos por el Pliego y esta circunstancia no resultare de una causa de fuerza mayor, la Repartición determinará el material que reemplazará al previsto, el que será de igual o superior calidad, no dando ésto lugar a reajuste en más del plazo y/o monto contractual.

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Sources: Pliego De Bases Y Condiciones Legales

DE LOS MATERIALES. El Contratista proveerá por su cuenta todos los materiales que sean necesarios para la correcta ejecución de la obra, si en las especificaciones particulares no se indica nada en contrario. Todos los materiales a emplear en las obras deberán ser aprobadas previamente por la Repartición. Cuando el Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares o la propuesta del oferente indicase la provisión de materiales identificados mediante una o más marcas y el término “o equivalente”, y el Contratista ofreciera un elemento amparado en esta última denominación, la Repartición se reserva el derecho de aceptarlo o rechazarlo a su solo juicio. PLIEG-2019-11126253-GDEBA-GTDV El Contratista acordará con la Inspección de Obra las muestras de materiales, folletos y descripciones que ésta considera necesarios. Las mismas una vez aprobadas servirán para la confrontación con los materiales que se reciban en obra, a efectos de constatar su calidad y características, previo a su aceptación. Independientemente de la aprobación inicial del tipo de material a emplear la Inspección extraerá periódicamente muestras en la obra y cuando alguna partida o espécimen no reuniera las condiciones exigidas, procederá a su rechazo y a ordenar su inmediato retiro de la obra. La Inspección podrá ordenar todos los ensayos que, pudiendo realizarse en el país, considere conveniente para comprobar si los materiales y las estructuras están de acuerdo con lo especificado en los folletos, las descripciones y muestras aprobadas. El material, medios de movilidad, instrumentos de medir y demás elementos necesarios a ese fin, serán facilitados y costeados por el Contratista. Este además pagará el costo de cualquier ensayo químico, físico o mecánico que deba encomendarse a un laboratorio oficial, no perteneciente a la Repartición, o particular de reconocida capacidad técnica, para verificar la naturaleza de cualquier material. En las especificaciones particulares de cada obra, la Repartición indicará el tipo de ensayo a ejecutar según normas de Racionalización de materiales vigentes. Si la Inspección de la Obra objetara el empleo de algún material y durante la realización de los ensayos de comprobación fuera menester suspender los trabajos, la responsabilidad por la eventual demora del plazo de ejecución corresponderá al Contratista si el material fuera rechazado y a la Repartición si el material fuera aprobado. Del mismo modo será por cuenta y riesgo del Contratista la utilización de materiales que no hayan sido aprobados, debiendo efectuar su reemplazo en caso de ser rechazados. El Contratista podrá acarrear los materiales de la fuente de producción hasta la obra por cualquier medio de transporte, sin derecho a reclamo de indemnización alguna ni ampliación de plazo contractual debido a la imposibilidad de realizarlo en la forma prevista en sus análisis. Si el Contratista no pudiera proveer en término el o los materiales exigidos por el Pliego y esta circunstancia no resultare de una causa de fuerza mayor, la Repartición determinará el material que reemplazará al previsto, el que será de igual o superior calidad, no dando ésto lugar a reajuste en más del plazo y/o monto contractual.

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Sources: Pliego De Bases Y Condiciones Legales