Control de Aguas Cláusulas de Ejemplo

Control de Aguas. El Concesionario, durante la construcción, deberá efectuar todas las operaciones necesarias para mantener en seco las excavaciones que se ejecuten para la construcción de las obras objeto de la Concesión. No se considerará control de agua a las rectificaciones que se hagan con carácter permanente a los cauces naturales xx xxxxxxx, quebradas y xxxx, las cuales deberán construirse de acuerdo con los planos de construcción o las instrucciones específicas del caso que emita el Concesionario, para esto, el Concesionario debe incluir los permisos de las corporaciones correspondientes. El Concesionario deberá suministrar el equipo, elementos necesarios y el personal adecuado para instalar tuberías, operar los equipos y mantener las excavaciones razonablemente libres de agua durante la construcción, de acuerdo con lo definido en el diseño. El Concesionario deberá tener disponible en todo tiempo y en buenas condiciones de trabajo los equipos de bombeo para todas las contingencias que puedan presentarse y dispondrá también de operarios y mecánicos competentes para su operación. El Concesionario deberá tener el cuidado suficiente de ejecutar las obras y trabajos de control del agua durante la ejecución de las obras, de tal manera que no ocasionen daños ni perjuicios a la banca de la línea férrea ni a terceros, a excepción del caso de invasiones abusivas que impidan el espacio natural para la realización de los trabajos y será el único responsable por los daños que se produzcan a causa de estos trabajos. El Concesionario deberá ejecutar todas las obras provisionales y trabajos que sean necesarios para desaguar y proteger contra inundaciones las zonas de construcción de la obra, las zonas xx xxxxxxxx y demás zonas donde la presencia de aguas afecte la calidad o la economía de las obras. El Concesionario deberá mantener continuamente estas condiciones de trabajo. En los bancos xx xxxxxxxx o de almacenamiento de materiales para las obras, se deberá evitar y/o controlar su inundación o encharcamiento. Todas las excavaciones a tajo abierto o en zanja se deberán mantener totalmente libres de agua durante la colocación de las tuberías, compactación de rellenos y construcción de estructuras hasta el momento en que los concretos y morteros hayan fraguado totalmente. El Concesionario deberá ejecutar todos los trabajos necesarios para remover las obras de control de aguas o anular su efecto tan pronto como el proceso constructivo lo permita. En general deberá adelantar los traba...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.