CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES Cláusulas de Ejemplo

CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El Art. 1.1.5 del P.C.G. Queda complementado de esta manera: Durante el período de licitación y hasta tres (3) días antes de la Apertura de las Ofertas, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires podrá emitir Circulares para aclarar cualquier duda o interpretación o para introducir modificaciones al diseño de la obra o a lo e7stablecido en los documentos contractuales. PLIEG-2018-09114134- -UPEMS Los interesados podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta tres (3) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, a través de la Pagina Web del Gobierno de Buenos Aires xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx. Las Circulares emitidas formarán parte de los documentos contractuales y serán comunicadas a través del sistema a todos los Oferentes que hayan bajado los Pliegos Licitatorios a través del sitio web supra mencionado, quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular, mediante la incorporación de las mismas en la presentación de las Ofertas. Sin perjuicio de lo antedicho, los Oferentes deberán constatar en la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los Oferentes que no las hayan recibido o retirado. En consecuencia, los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. El Art. 1.1.5 del PCG queda complementado de esta manera: Durante el período del llamado y hasta dos (2) días antes de la apertura de las Ofertas el GCBA podrá emitir Circulares sin consulta de todo tipo para aclarar cualquier duda o interpretación de los PLIEG-2018-30294757- -DGOINFU Pliegos de Bases y Condiciones. Los oferentes y/o interesados podrán formular consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta CUATRO (4) días antes de la fecha de apertura de las propuestas, vía Web al siguiente sitio: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxxxxxxx_xxxxx/xxxxxxxxxxx/xxx/xxxxxxxx_xxx.xxx?xxxx_xx =29668, o por escrito, en hoja original con identificación del interesado, en la sede perteneciente al Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, sita en la Xxxx. Xxxxxx Xxxxxx N° 346, piso 5°, de la CABA, las cuales serán contestadas hasta DOS (2) días antes de la fecha de apertura de las ofertas. Las Circulares con y sin consulta emitidas, serán publicadas en la web y conjuntamente con las respuestas publicadas a las consultas realizadas vía web formarán parte de los documentos contractuales. Los Oferentes deberán constatar en la web o en la sede del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia. En consecuencia, los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular, a través de los formularios electrónicos disponibles en el sistema Buenos Aires Compras (BAC) xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta SETENTA Y DOS (72) horas antes de la fecha fijada para la apertura. Las consultas y/o aclaraciones formuladas por los participantes deben efectuarse a través de BAC. Las Circulares de oficio en respuesta a pedidos de aclaraciones y/o consultas, emitidas por el GCABA, formarán parte de los documentos contractuales y serán notificadas a través de BAC a cada uno de los oferentes que hayan adquirido los Pliegos de la Licitación. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular, por Nota, consultas sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta CUARENTA Y OCHO (48) horas antes de la fecha de apertura de las ofertas. Si a criterio de esta Unidad Operativa de Adquisiciones la consulta es pertinente y contribuye a una mejor comprensión e interpretación xxx Xxxxxx de Condiciones Particulares, se elaborará una circular aclaratoria que se comunicará al consultante y a cada uno de los oferentes que hayan adquirido el Pliego de la Licitación quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular y adjuntarla a su oferta junto con el presente Xxxxxx. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares. Asimismo, esta UOA podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, las que comunicará siguiendo el procedimiento mencionado en el PCG. Cuando por la índole de la consulta practicada por un interesado, resulte necesario pedir informes o realizar verificaciones técnicas que demanden un plazo superior a la fecha estipulada para la apertura, esta Unidad Operativa de Adquisiciones tiene la facultad para posponer de oficio la fecha de apertura.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes acreditados y que hubieran cumplido con el procedimiento de registración y autenticación y autorización como usuario externo de B.A.C., podrán formular consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los pliegos del presente llamado, a través del B.A.C, hasta setenta y dos (72) horas antes de la fecha prevista para el Acto de Apertura de las ofertas. El GCABA elabora las Circulares referidas a las solicitudes de consultas y aclaraciones y las publica en BAC. Las respuestas o aclaraciones formuladas por el GCABA respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes con relación a la licitación o contratación electrónica serán comunicadas a cada uno de los oferentes de conformidad con el Artículo 6° del Anexo I del Decreto 1.145/09.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los adquirentes podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos hasta quince (15) días corridos antes de la fecha del acto de apertura de las ofertas. Asimismo, hasta diez (10) días corridos, previos a la fecha fijada para el acto de apertura de las ofertas, el Organismo Licitante podrá emitir circulares para aclarar cualquier duda y/o interpretación a las disposiciones de los Pliegos. Las circulares emitidas formarán parte de los documentos contractuales y serán suministradas a cada uno de los adquirentes quienes deberán acusar recibo de cada circular, mediante suscripción de la constancia de recibo que se entregará con cada circular. Sin perjuicio de lo antedicho, los adquirentes deberán retirar hasta tres (3) días antes del Acto de Apertura de las ofertas, la totalidad de las circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia quienes no las hayan recibido o retirado. En consecuencia, no podrá alegarse causa alguna basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular, por escrito, consultas sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones hasta cinco (5) días antes de la fecha de apertura de las ofertas. A la consulta efectuada se elaborará una circular aclaratoria que se comunicará al consultante y a cada uno de los oferentes que hayan obtenido los pliegos, quienes a su vez deberán acusar recibo de cada Circular y adjuntarla a su oferta junto con el presente Xxxxxx en la Oferta. La respuesta a las consultas realizadas por los potenciales Oferentes será exhibida en la cartelera para conocimiento de todos los demás interesados y se incluirá como parte integrante xxx Xxxxxx. Asimismo, la UOA podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, las que comunicará siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente. Sin perjuicio de lo antedicho, los Oferentes deberán constatar en la sede del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, hasta tres (3) días antes del Acto de Apertura, todas las Circulares que se hubiesen emitido, sin que puedan excusarse de su aplicación y vigencia los Oferentes que no las hayan recibido o retirado. En consecuencia los Oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas Circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular consultas y/o solicitar aclaraciones a través del sistema BAC, sobre el contenido de los Pliegos hasta las SETENTA Y DOS (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Las respuestas y aclaraciones formuladas respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes, serán comunicadas de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El GCBA, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta TREINTA Y SEIS (36) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas. Todas las aclaraciones que se emitan por parte del Organismo Contratante, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas circPuLlaIEreGs-.2018-21522129- -MGEYA
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los oferentes podrán formular consultas y/o solicitar aclaraciones a través del sistema BAC, sobre el contenido de los Pliegos hasta TRES (3) días previos a la fecha establecida para la apertura de las ofertas, de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. Las respuestas y aclaraciones formuladas respecto de las consultas efectuadas por los particulares u oferentes, serán comunicadas de conformidad con lo previsto en el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales. El Gobierno, si lo juzga necesario, podrá también formular aclaraciones de oficio hasta TREINTA Y SEIS (36) horas antes de la fecha y hora fijada para la apertura de las ofertas. Todas las aclaraciones que se emitan por parte del Organismo Contratante, pasarán a formar parte de la documentación contractual. En consecuencia, los oferentes no podrán alegar ninguna causa basada en el desconocimiento del contenido de dichas circulares.
CONSULTAS Y ACLARACIONES. CIRCULARES. Los adquirentes de los Pliegos podrán formular, por escrito, consultas y/o aclaraciones sobre el contenido de los Pliegos de Bases y Condiciones, las que se realizarán mediante BAC hasta setenta y dos (72) horas previas a la fecha establecida para la apertura de ofertas, en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 9 xxx Xxxxxx Único de Bases y Condiciones Generales. La respuesta a las consultas realizadas por los potenciales OFERENTES será exhibida en BAC para conocimiento de todos los demás interesados y se incluirá como parte integrante xxx Xxxxxx. Asimismo, la Unidad Operativa de Adquisiciones podrá, de oficio, realizar las aclaraciones que sean pertinentes, las que comunicará siguiendo el procedimiento mencionado precedentemente.