Common use of CLIENTE Clause in Contracts

CLIENTE. Se denomina “EL CLIENTE” para efectos del presente contrato, a cualquier persona natural, jurídica, sociedad o sujeto de derecho reconocido por la ley que contrate cualquiera de los productos o servicios descritos en este contrato.

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Sources: Contrato De Cuentas/Depósitos Y Prestaciones De Servicios, Contrato De Cuentas Y Depósitos, Contrato De Cuentas Y Servicios Bancarios