Common use of Ceses Clause in Contracts

Ceses. Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio a esta empresa, vendrán obligados a preavisar por escrito a la empresa, el plazo de preaviso será de 1 mes para el personal titulado, de grado superior y medio, y de veinte días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajador. El incumplimiento por parte del trabajador de la notificación del preaviso, supondrá la pérdida de un día de retribución, por cada día que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la misma. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de un día de retribución por cada día de retraso en el pago, con el límite del periodo de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia en el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación de dicho pago.

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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo, Convenio Colectivo De Trabajo

Ceses. Los trabajadores El personal comprendido en el presente Convenio que deseen se proponga cesar voluntariamente en el servicio a esta de una empresa, vendrán obligados a preavisar por escrito habrá de comunicarlo a la empresadirección de ésta, al menos, con 15 días de antelación a la fecha en que se haya de dejar de prestar servicio. No obstante ello, de común acuerdo y cuando las actividades a desarrollar así lo requieran, bien sea por su especial relevancia y/o contenido, las partes podrán establecer en el plazo contrato de trabajo un período de preaviso será superior al establecido en este apartado cuya duración máxima no podrá exceder de 1 mes para el personal titulado30 días. Concretamente, las categorías de grado superior y medio, y referencia integradas en los distintos grupos profesionales susceptibles de veinte establecer un período de preaviso de hasta un máximo de 30 días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto son las que a continuación se recogen: Jefe de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresajefe administrativo, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajadorjefe de ventas, jefe de compras, encargado general, jefe de almacén, jefe de sección, jefe de equipo, encargado de establecimiento, técnico de sistemas, analista y dibujante. El incumplimiento por parte del trabajador de la notificación obligación de preavisar con la antelación indicada o acordada dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación del preaviso, supondrá la pérdida mismo el importe del salario de un día de retribución, por cada día que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la misma. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de un día de retribución por cada día de retraso en el pagoaviso. Asimismo, las empresas vendrán obligadas a comunicar el preaviso de cese con el límite del periodo una antelación mínima de preaviso que cada categoría tenga establecido15 días, y que se hace referencia en todas las modalidades de contratación cuya duración sea superior a un año, a no ser que, en la misma línea desarrollada en el apartado anteriorpárrafo primero de este artículo, y siempre que se acredite hayan acordado contractualmente un preaviso superior al referenciado. El incumplimiento genera la reclamación obligación de dicho pagoabonar una cantidad equivalente a los salarios de un día por cada jornada de retraso en el preaviso.

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Sources: Convenio Colectivo De Trabajo

Ceses. Los trabajadores El personal que deseen desee cesar voluntariamente en el servicio a esta empresa, vendrán obligados a preavisar por escrito a la empresa, el plazo de preaviso será de 1 mes para el personal titulado, de grado superior y medio, y de veinte días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajador. El incumplimiento por parte del trabajador de la notificación del preaviso, supondrá la pérdida de un día de retribución, por cada día que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo obligado a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización ponerlo en conocimiento de la misma, cumpliendo los siguientes plazos de preaviso: Grupo profesional producción peón/a especialistas y oficiales: quince días. Resto del grupo profesional producción: un mes. Grupo profesional administrativo y técnico: dos meses. Grupo profesional Dirección: tres meses. El incumplimiento de esta la obligación imputable de preavisar con la referida antelación dará derecho a la Empresa, llevará aparejado el derecho del trabajador empresa a ser indemnizado con el descontar de la liquidación del/a trabajador/a una cuantía equivalente al importe de un día de retribución su salario diario por cada día de retraso en el pagoaviso. Habiendo avisado con la referida antelación, con el límite del periodo la empresa vendrá obligada a liquidar al fi- nalizar dicho plazo los conceptos fijos que puedan ser calculados en tal momento. El resto de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia ellos lo será en el apartado anteriormomento habitual de pago. La empresa deberá comunicar la finalización de los contratos eventuales con un preaviso mínimo de quince días, y siempre que se acredite caso contrario la reclamación empresa deberá indemnizar en la liquidación del/a trabajador/a una cuantía equivalente al importe de dicho pagosu salario diario por cada día de retraso en el preaviso. En el caso de los contratos eventuales por interinidad por situación de incapaci- dad temporal, la empresa deberá realizar la comunicación de finalización como mínimo el día siguiente de recibir el alta del trabajador/a sustituido. El incumplimiento de este preaviso supondrá el mismo criterio indemnizatorio señalado para los otros contratos eventuales.

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Sources: Convenio Colectivo

Ceses. Los La extinción del contrato, según el carácter del mismo, se ajustará a los siguientes requisitos: a) Durante el período de prueba, las empresas y los trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio podrán dar por terminado su contrato sin necesidad de preaviso y sin derecho a esta empresaindemnización alguna. b) En los contratos temporales, vendrán obligados a preavisar por escrito a la empresa, extinción se producirá cuando transcurra el plazo de preaviso será duración fijado en los mismos, previa denuncia, en su caso. c) En cuanto al contrato de 1 mes para fijo de obra y fijo discontinuo, se estará a lo dispuesto al respecto en la regulación que del mismo se efectúa en el personal titulado, CGCS. d) El trabajador que quiera cesar voluntariamente al servicio de grado superior y medio, y la empresa vendrá obligado a ponerlo en conocimiento de veinte días para el personal técnico y administrativo, la misma con excepción del Auxiliar Administrativo y una antelación mínima de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto días. El incumpli- miento de personal, debiendo comunicarlo por escrito la obligación de preavisar con la referida antelación dará derecho a la Empresa, que vendrá obligada empresa a acusar recibo del mismo al trabajador. El incumplimiento por parte del trabajador descontar de la notificación del preaviso, supondrá la pérdida liquidación al trabajador una cantidad equivalente al importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ base de un día de retribución, por cada día que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la misma. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de un día de retribución este Convenio por cada día de retraso en el pagopreaviso. Por su parte, las empresas deberán noti- ficar por escrito y con quince días de antelación, como mínimo, salvo los supuestos de despido disciplinario, quedando obligadas en caso contrario a las consecuencias que se establecen en la normativa de los contratos de que se trate. e) En cuanto al contrato indefinido adscrito a obra, se estará a lo dispuesto al respecto en la re- gulación que del mismo se efectúa en la disposición adicional tercera de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el límite del periodo sector de preaviso que cada categoría tenga establecidola construcción, y en el Convenio General, pudiendo las empresas utilizar, a efectos de propuesta de recolocación con preaviso de extinción por causas inherentes a la persona trabajadora, como de propuesta de recoloca- ción efectiva, el modelo que se hace referencia en el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación de dicho pagocontiene como Anexo XVI del CGSC.

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Sources: Convenio Colectivo Provincial

Ceses. Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente al servicio de la empresa vendrán obliga- dos a ponerlo en el servicio a esta empresa, vendrán obligados a preavisar conocimiento de la misma por escrito a la empresa, el plazo de preaviso será de 1 mes para el personal titulado, de grado superior y medio, y de veinte días para el personal técnico y administrativoescrito, con excepción del Auxiliar Administrativo y acuse de quince recibo, con un plazo ▇▇ ▇▇▇▇- ce días, en las contrataciones de duración superior a un año. En los contratos inferiores a un año será obligatoria la comunicación de la intención de cese con siete días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajadorantelación. El incumplimiento incumpli- miento por parte del trabajador de la notificación del preavisoobligación de preavisar con la antelación indicada, supondrá dará dere- cho a la pérdida empresa a descontar de su liquidación el importe de un día de retribución, ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ por cada día de re- traso en el preaviso. La Empresa vendrá obligada en los contratos inferiores a un año, que se ha dejado extingan por finaliza- ción del plazo contractual, a comunicar por escrito al trabajador su decisión con siete días de preavisar, ante- lación a la fecha señalada para la finalización de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado este. Dicho plazo de su saldo y finiquitopreaviso será de quince días en aquellos contratos de duración superior a un año. La En cualquier caso la empresa vendrá obligada asimismo 7 días antes de causar baja el trabajador, a abonaren- tregar a este la propuesta de liquidación y el finiquito para su comprobación, al término el cual le será abona- do el último día de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la mismatrabajo. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, estas obligaciones llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de un día de retribución por cada día de retraso en la co- municación o en el pagoabono de la liquidación, con el límite del periodo de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia en días fijados para el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación de dicho pagopreaviso.

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Sources: Convenio Colectivo Del Sector De Empresas Comercializadoras De Juegos Colectivos De Dinero Y Azar

Ceses. Los trabajadores El trabajador que deseen desee cesar voluntariamente en el servicio de la empresa vendrá obligado a esta empresaponerlo en conocimiento de la misma, vendrán obligados a preavisar por escrito a la empresaescrito, el plazo cum- pliendo los siguientes plazos de preaviso será preaviso: a) Directivos, jefes de taller, jefes técnicos, jefes de sección, jefes ▇▇▇▇- ▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇▇ y técnicos cualificados: 2 meses. b) Administrativos, técnicos especialistas, comerciales y jefes de equipo: 1 mes para el personal titulado, de grado superior mes. c) Resto del personal: 15 días. d) Servicios generales y medio, y de veinte días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajadoren formación laboral: 7 días. El incumplimiento incumplimiento, por parte del trabajador trabajador, de la notificación obligación de preavisar con la indicada antelación dará derecho a la empresa a descontar de la liquida- ción del preaviso, supondrá la pérdida mismo el importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de un día de retribucióndía, por cada día que se ha dejado de preavisarretraso en el preaviso. Habiendo recibido la empresa, de acuerdo con su categoríala antelación señalada, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa el preaviso indi- cado, vendrá obligada asimismo a abonarobligada, al término de finalizar el plazo, a abonar al trabajador la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la mismaliquida- ción correspondiente. El incumplimiento de esta obligación imputable a por la Empresa, empresa llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado indemnizado, con el importe impor- te ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de un día de retribución día, por cada día de retraso en el pagoabono de la liquidación, con el límite del periodo número de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia en el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación días de dicho pagopreaviso.

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Sources: Convenio Colectivo Estatal

Ceses. Los L os trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio a esta empresade las empresas, vendrán vienen obligados a preavisar por escrito a la empresaponer en conocimiento de las mismas dicha circunstancia cumpliendo los siguientes plazos de preaviso: A) Técnicos titulados, el técnicos no titulados y jefes o titulados administrativos. 1 mes. B) Administrativos, subalternos y obreros: 12 días. El incumplimiento del plazo de preaviso será preaviso, dará lugar a una reducción equivalente a los días de 1 mes para el personal tituladoretraso en la comunicación, pudiendo llevarse a cabo esta reducción de grado superior los devengos que correspondan por partes proporcionales de gratificaciones extraordinarias y mediovacaciones. Esta reducción se calculará sobre las percepciones del anexo salarial. Habiendo avisado con la referida antelación, y de veinte días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que empresa vendrá obligada a acusar recibo del mismo liquidar y al trabajador. El incumplimiento por parte del trabajador de la notificación del preaviso, supondrá la pérdida de un día de retribución, por cada día finalizar dicho período los conceptos fijos que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá puedan ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la mismacalculados en tal momento. El incumplimiento de esta obligación obligación, imputable a la Empresaempresa, llevará aparejado aquejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de un salario diario por cada día de retribución retraso en la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de preaviso. La empresa vendrá obligada a preavisar, con los mismos plazos que el trabajador, en caso de terminación del contrato. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al trabajador a ser indemnizado con el importe de un salario por cada día de retraso en el pago, con el límite del periodo de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia en el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación de dicho pagopreaviso.

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Sources: Collective Bargaining Agreement

Ceses. Los trabajadores El personal que deseen cesar voluntariamente en el servicio a esta empresa, vendrán de las empresas vienen obligados a preavisar por escrito a la empresaponer en conocimiento de las mismas dicha circunstancia cumpliendo los siguientes plazos de preaviso: A) Técnicos titulados, el técnicos no titulados y jefes o titulados administrativos. 1 mes. B) Administrativos, subalternos y obreros: 12 días. El incumplimiento del plazo de preaviso será dará lugar a una reducción equivalente a los días de 1 mes para el personal tituladoretraso en la comunicación, pudiendo llevarse a cabo esta reducción de grado superior los devengos que correspondan por partes proporcionales de gratificaciones extraordinarias y mediovacaciones. Esta reducción se calculará sobre las percepciones del anexo salarial. Habiendo avisado con la referida antelación, y de veinte días para el personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que empresa vendrá obligada a acusar recibo del mismo liquidar y al trabajador. El incumplimiento por parte del trabajador de la notificación del preaviso, supondrá la pérdida de un día de retribución, por cada día finalizar dicho período los conceptos fijos que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá puedan ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la mismacalculados en tal momento. El incumplimiento de esta obligación obligación, imputable a la Empresaempresa, llevará aparejado asociado el derecho del trabajador o trabajadora a ser indemnizado con el importe de un salario diario por cada día de retribución retraso en la liquidación, con el límite de la duración del propio plazo de preaviso. La empresa vendrá obligada a preavisar, con los mismos plazos que el trabajador o trabajadora, en caso de terminación del contrato. El incumplimiento de esta obligación dará derecho al trabajador o trabajadora a ser indemnizado con el importe de un salario por cada día de retraso en el pago, con el límite del periodo de preaviso que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia en el apartado anterior, y siempre que se acredite la reclamación de dicho pagopreaviso.

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Sources: Convenio Colectivo

Ceses. Los trabajadores que deseen cesar voluntariamente en el servicio a esta de la empresa, vendrán obligados a preavisar por escrito a ponerlo en conocimiento de la empresamisma, el plazo cumpliendo con los siguientes plazos de preaviso será de 1 mes para el personal preaviso: – Personal Directivo y titulado, de grado superior y medio, y de veinte días para el personal : Dos meses. cve: BOE-A-2018-1719 Verificable en ▇▇▇▇://▇▇▇.▇▇▇.▇▇ – Personal técnico y administrativo, con excepción del Auxiliar Administrativo y de quince días para el Auxiliar administrativo y el resto : un mes. – Resto de personal, debiendo comunicarlo por escrito a la Empresa, que vendrá obligada a acusar recibo del mismo al trabajador: 15 días (naturales). El incumplimiento por parte del trabajador trabajador/a de la notificación obligación de preavisar con la indicada antelación dará derecho a la empresa a descontar de la liquidación del preaviso, supondrá la pérdida mismo el importe ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de un día de retribución, por cada día que se ha dejado de preavisar, de acuerdo con su categoría, y que podrá ser descontado de su saldo y finiquito. La empresa vendrá obligada asimismo a abonar, al término de la relación laboral, la liquidación correspondiente dentro de los quince días siguientes a la finalización de la misma. El incumplimiento de esta obligación imputable a la Empresa, llevará aparejado el derecho del trabajador a ser indemnizado con el importe de un día de retribución por cada día de retraso en el pagopreaviso, con calculado sobre el límite del periodo total de preaviso conceptos salariales que cada categoría tenga establecido, y que se hace referencia el trabajador estuviera percibiendo en el apartado anteriormomento del cese. El preaviso deberá ejercitarse por escrito y la empresa vendrá obligada a suscribir el acuse de recibo. Las liquidaciones se pondrán a disposición de los trabajadores/as dentro de los 15 días siguientes a la fecha de baja. Sin embargo, si en el momento de causar baja en la empresa, el trabajador/a no hubiese devuelto a la empresa los útiles, herramientas, prendas de trabajo, documentos, etc. que pueda tener en su poder y siempre que se acredite sean propiedad de aquélla, la reclamación empresa podrá retener la liquidación hasta la entrega de dicho pagolos mismo, o bien descontar de la liquidación el valor de dichos elementos.

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Sources: Convenio Colectivo Nacional