Common use of CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO Clause in Contracts

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y revoluciones.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR deberá justificar expresamente con documentación de sustento la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecido, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.

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Samples: Contrato De Prestamo Cfa, Contrato De Administracion De Saldos De Cartera, Carta De Presentación De La Propuesta Técnica

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contratocontrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemploejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan pueda constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el Cronograma de TrabajoSERVICIO, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR caso, el PROVEEDOR deberá justificar expresamente con documentación recabar del FISCAL un certificado de sustento constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego al FISCAL, la ampliación por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos la reconsideración de la intención de la resolución del Contrato o la exención del pago de penalidadescontrato.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada, Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada Para Empresas O Asociaciones Accidentales, www.bcb.gob.bo

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR AL CONSULTOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE LA CONTRAPARTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución el cumplimiento del presente Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de la prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el del Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR caso, El CONSULTOR, de manera justificada, deberá justificar expresamente con documentación recabar de sustento LA CONTRAPARTE un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego a LA CONTRAPARTE, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato (contrato modificatorio) o la exención del pago de penalidadespenalidades o la intención de la resolución del contrato.

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CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contratocontrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemploejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio SERVICIO o de demora en el cumplimiento de los previstos lo previsto en el Cronograma plazo de Trabajoentrega y en el cronograma de entregas (si corresponde), dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR imprescindible, el PROVEEDOR de manera justificada, deberá justificar expresamente con documentación recabar, del FISCAL, un certificado de sustento constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación reconsideración de la intensión de la resolución del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidadescontrato.

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Samples: www.sepsa.com.bo, www.comunicacion.gob.bo

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de de57 exceptuar al AUDITOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y revoluciones.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR deberá justificar expresamente con documentación de sustento la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecido, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Económica

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contratoContrato, el CONTRATANTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemploEjemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y revoluciones.). Para que cualquiera de estos hechos puedan pueda constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos lo previsto en el Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL el AUDITOR deberá justificar expresamente con documentación de sustento la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecido, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitar, la ampliación del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidades.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Técnica

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del presente Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemploejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan pueda constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio SERVICIO o de demora en el cumplimiento de los previstos previsto en el Cronograma plazo de Trabajoentrega, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR imprescindible, el PROVEEDOR de manera justificada, deberá justificar expresamente con documentación recabar del FISCAL, un certificado de sustento constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación reconsideración de la intención de la resolución del plazo del Contrato o la exención del pago de penalidadescontrato.

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Samples: www.bcb.gob.bo

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución del Contratocontrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemploejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el Cronograma de Trabajoservicio, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR caso, el PROVEEDOR deberá justificar expresamente con documentación recabar del FISCAL un certificado de sustento constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego al FISCAL, la ampliación por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos la reconsideración de la intención de la resolución del Contrato o la exención del pago de penalidadescontrato.

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Samples: Carta De Presentación De La Propuesta Y Declaración Jurada

CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO. Con el fin de exceptuar al AUDITOR CONSULTOR de determinadas responsabilidades por xxxx durante la vigencia del presente contrato, el CONTRATANTE la CONTRAPARTE tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor y/o caso fortuito, que pudieran tener efectiva consecuencia sobre la ejecución el cumplimiento del presente Contrato. Se entiende por fuerza mayor al obstáculo externo, imprevisto o inevitable que origina una fuerza extraña al hombre que impide el cumplimiento de la obligación (ejemplo: incendios, inundaciones y otros desastres naturales). Se entiende por caso fortuito al obstáculo interno atribuible al hombre, imprevisto o inevitable, proveniente de las condiciones mismas en que la obligación debía ser cumplida (Ejemplo: conmociones civiles, huelgas, bloqueos y bloqueos, revoluciones, etc.). Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento en el proceso de la prestación del servicio o de demora en el cumplimiento de los previstos en el del Cronograma de Trabajo, dando lugar a retrasos en el avance, de modo inexcusable e imprescindible en cada caso EL AUDITOR caso, el CONSULTOR, de manera justificada, deberá justificar expresamente con documentación recabar de sustento la CONTRAPARTE un certificado de constancia de la existencia del impedimento, dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, sin la cual y dentro del plazo establecidoel cual, de ninguna manera y por ningún motivo podrá solicitarsolicitar luego a la CONTRAPARTE, por escrito dentro del plazo previsto para los reclamos, la ampliación del plazo del Contrato (contrato modificatorio) o la exención del pago de penalidadespenalidades o la intención de la resolución del contrato.

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