ADICIONES Cláusulas de Ejemplo

ADICIONES. Cuando sea necesario nuevos ítems de cantidades y no se trataré de mayores cantidades acordadas, se suscribirá un contrato adicional (Otrosí) que no podrá exceder del porcentaje permitido por las leyes y reglamentos sobre la cuantía originalmente pactada. Toda prórroga del plazo es competencia del Municipio para la celebración de contratos. El Contratista estará obligado a suscribir los contratos adicionales y/o accesorios que resulten necesarios para cumplir el objeto contractual los cuales se regirán por las condiciones establecidas en el contrato principal y a la ampliación de las respectivas garantías contenidas en el contrato inicial, si a ello hubo lugar.
ADICIONES. Las adiciones ▇▇ ▇▇▇▇▇▇ volante y puzolana natural cruda o calcinada deben ser de acuerdo con la ASTM C618 “Standard specification for coal fly ash and raw or calcined natural pozzolan for use in concrete”, y la escoria de alto horno granulada y triturada debe ser conforme a la NTC 4018 “Ingeniería civil y arquitectura. Escoria de alto horno granulada y molida para uso en concretos y morteros" (ASTM C989 Standard specification for ground granulated blast-furnace slag for use in concrete and mortars). La microsílica debe cumplir con la NTC 4637 “Ingeniería civil y arquitectura. Concretos. Especificaciones para el uso de microsilica como adición en mortero y concreto de cemento hidráulico" (ASTM C1240 Standard specification for silica fume used in cementitious mixtures) y la ASTM C311 “Standard test methods for sampling and testing fly ash or natural pozzolans for use in Portland-cement concrete" para cuando se adicionen cenizas volantes.
ADICIONES. El contrato que se celebre se podrá adicionar de conformidad con lo establecido en el inciso 2 del parágrafo del artículo 40 de la ley 80 de 1993.
ADICIONES. El presente contrato podrá adicionarse si a juicio de la CVC, así lo requiere el desarrollo del mismo, siempre y cuando previamente a su vencimiento y de conformidad con la solicitud sustentada por el supervisor del contrato, se formalice con el correspondiente contrato adicional. Para el efecto será necesario contar con el Certificado de Disponibilidad Correspondiente y deberá tener en cuenta las limitaciones señaladas por el Estatuto General de contratación Pública, respecto de las adiciones al valor del contrato.
ADICIONES. Para la realización de adiciones a los contratos, el Comité de Contratación aprobará las siguientes: a. Cuando la adición que se pretende celebrar supere el 50% del valor inicial del contrato. b. Cuando se trate de la tercera adición al contrato en una misma vigencia para contratos con valor inicial superior a 235 SMMLV. c. Las adiciones que superen los 235 SMMLV en los contratos donde no se establezca un valor inicial determinado.
ADICIONES. -Escribir en letras y números el valor de la(s) adición(es) efectuadas al contrato- PRÓRROGAS: -Escribir el término de duración de la(s) prórroga(s) y las fechas en que fueron efectuadas (dd/mm/aaaa).- SUSPENSIONES: - Escribir el término de duración de la(s) prórroga(s) y las fechas en que fueron efectuadas (dd/mm/aaaa).- .-
ADICIONES. Link SECOP” “Sírvase relacionar en un documento EXCEL la totalidad de contratos relacionados con adquisiciones de equipos de comunicaciones tales como cámaras, computadores de edición, luces y demás elementos necesarios para las comunicaciones, para los años 2012 a 2021. Individualizando cada uno con la siguiente información:
ADICIONES presupuestales. Realizar actualizaciones cada vez que sean necesarias, para que ▇▇▇▇ publicadas y estas a su vez ▇▇▇▇ confiables para los ciudadanos. Se informara a la Secretaria de Planeación cada vez que se realicen ajuste o modificaciones al plan de acción de la Secretaría de Gobierno. Correos electrónicos y archivo de Excel con plan de acción actualizado cada vez que se requiera. 01 de octubre de 2016 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2017 Secretario de Despacho, Técnico de Presupuesto, Abogado supernumerario. No se evidencia la publicación dentro de los tres días en el SECOP según el artículo 19 del Decreto 1510 de 2013 y el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015. De los contratos que se relacionan a continuación: Contrato No. Nº 1511050652 17 de noviembre de 2015, Nº 1512020686 del 2 de diciembre de 2015, Contrato Nº 1601190026 19 de enero de 2016, Contrato Nº 1605040255 del 4 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2016. Carencia de mecanismos adecuados de verificación, seguimiento y control. X Publicar los procesos y documentos derivados de las etapas contractuales dentro de los tres dias siguientes a la expedicion de los mismo en cumplimiento de los cronogramas que para tal efectos se plantean, ademas de publicar y modificar el estado de los procesos contractuales dentro del mismo termino con la publicaion del contrato numerado. Garantizar el estricto cumplimiento de la normatividad que regula el proceso contractual. Reunión con el grupo de presupuesto para coordinar las publicaciones de cada contrato designando un responsable para hacerlo. Acta de reunión, lista de asistentes, publicaciones en el SECOP, archivo contractual. 01 de octubre de 2016 30 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2017 Secretario de despacho, Técnico de presupuesto, Abogado Supernumerario No se evidencia la publicación en el SECOP de conformidad y dando cumplimiento al artículo 19 del decreto 1510 de 2013 y el artículo 2.2.1.1.1.7.1 del Decreto 1082 de 2015. De los contratos que se relacionan a continuación: Contrato No. N° 1512020686 Acta final y de liquidación, Nº 1601010005 Acta final y de liquidación, Nº 1601010004 Ningún documento, N º 1602170072 Ningún documento, Nº 1603030115 Ningún documento. Carencia de mecanismos adecuados de verificación, seguimiento y control. X Publicar los procesos y documentos derivados de las etapas contractuales dentro de los tres dias siguientes a la expedicion de los mismo en cumplimiento de los cronogramas que para tal efectos se plantean, ademas de publicar y modificar el estado de los procesos contra...
ADICIONES. Para el periodo del 1 de julio al 31 de diciembre de 2023 se suscribieron las siguientes adiciones de convenios: JULIO 5/07/2023 ADICIÓN 316-2023 1.090.910.000,00 SEPTIEMBRE 8/09/2023 ADICIÓN 266-2023 68.000.000.000,00 SEPTIEMBRE 21/09/2023 ADICIÓN 266-2023 5.000.000.000,00 SEPTIEMBRE 30/08/2023 ADICIÓN 726-2021 1.000.000.000,00 SEPTIEMBRE 8/09/2023 ADICIÓN 232-2023 ▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇,00 OCTUBRE 23/10/2023 ADICIÓN 266-2023 ▇▇.▇▇▇.▇▇▇.▇▇▇,00 DICIEMBRE 11/12/2023 ADICIÓN CV. 881-2020 V 2023 2.316.475.000,00 DICIEMBRE 28/12/2023 ADICIÓN 666-2022 362.000.000,00
ADICIONES. Es el acto por el cual se modifica un contrato, procede por las siguientes causas: 4.3.1. La inclusión de nuevos recursos o actividades que están relacionadas con el objeto del contrato, que resultan necesarias o imprescindibles para la satisfacción o terminación del mismo y que no pudieron se previstas en la etapa de planeación. 4.3.2. La realización de prestaciones de la misma naturaleza de las que son objeto del contrato, en un nuevo plazo, en cuanto ello represente el mejor negocio para ITELCA (prórroga). 4.3.3. ▇▇▇▇ obedecer a circunstancias sobrevinientes e imprevisibles (no a una deficiente planeación). 4.3.4. Debe ser razonable y favorable económicamente para ITELCA. 4.3.5. Debe contar con la respectiva disponibilidad presupuestal. Para el efecto, el área encargada junto con el Director de Proyecto deberá verificar y asegurar que cualquier sobre ejecución esté respaldada con recursos suficientes y disponibles; de lo contrario, no se podrá autorizar dicha sobre ejecución. 4.3.6. Para su perfeccionamiento y ejecución se deberá seguir el mismo procedimiento del contrato inicial.