Adelanto a cuenta de la Prima Variable «PV1» Y «PV2» Cláusulas de Ejemplo

Adelanto a cuenta de la Prima Variable «PV1» Y «PV2» cve: BOE-A-2013-2198 El adelanto a cuenta de la citada Prima Variable de Producción se realizará en 12 mensualidades tomando como base de cálculo la cuantía alcanzada en el ejercicio anterior que se hubiera tenido en el cuadro de que se trate. Valor mensual del adelanto por trabajador = (Producción anual real alcanzada el año anterior/trabajadores medios adscritos) x 0,84 Para el adelanto de la Prima Variable del primer ejercicio o cuando se trate xx xxxxxxx de servicio de nueva creación se efectuará una estimación en función de la producción y el número de trabajadores previstos en cada cuadro para el ejercicio completo. El importe mensual del adelanto para cada trabajador será el resultante de la siguiente fórmula de cálculo: Valor mensual del adelanto por trabajador = Estimación del (valor de la producción anual planificada / trabajadores medios previstos adscritos) X 0,84 La cantidad resultante se abonará por clave de nómina al efecto. Esta cuantía está sujeta, en su caso, mensualmente a cotización a la Seguridad Social e IRPF y afectada por incidencias (I.T. derivada de A.T. y/o E.C.; licencias sin sueldo; huelgas de 24, horas sanción).

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  • GASTOS E IMPUESTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA 25.1.- Son de cuenta del contratista todos los gastos derivados de la publicación de la licitación del contrato, tanto en boletines oficiales como, en su caso, en otros medios de difusión, cuantas veces determine el órgano de contratación y hasta la cuantía máxima especificada en la letra N del Cuadro de características del contrato.

  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA La propuesta deberá garantizarse mediante garantía de seriedad, la cual debe ser expedida por una compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, o a través de una garantía bancaria, x xxxxx del proponente y a favor de la CONTRALORIA DEPARTAMENTAL DEL VALLE DEL CAUCA. Esta garantía debe expedirse por el equivalente al diez por ciento (10%) del valor total de la propuesta incluido IVA, con una vigencia no inferior a tres (3) meses, contados a partir de la fecha establecida para el cierre del proceso de selección. Si el proponente es una persona jurídica, la póliza debe tomarse de conformidad con el nombre o razón social que figura en el certificado de existencia y representación legal de la Cámara de Comercio respectiva. Si el proponente es un consorcio o unión temporal, la garantía deberá tomarse a nombre del consorcio o unión temporal, indicándose para tal caso, el nombre de todos y cada uno de sus integrantes. En el evento en que sea prorrogado el término para adjudicar el contrato, los proponentes se obligan a ampliar a su xxxxx la vigencia de la garantía en los mismos términos establecidos, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación por parte de la Entidad en que se le informe la prórroga de la adjudicación. Si la garantía no se constituye por el monto mínimo requerido o su vigencia resulta insuficiente, o no se incluye el objeto descrito en los presentes pliegos de condiciones, la Contraloría, dentro del término de evaluación de las propuestas, requerirá por escrito al oferente para que dentro del plazo establecido por la misma, presente el documento en los términos exigidos; si el oferente no la presenta oportunamente y en la forma debida, la Entidad se abstendrá de evaluar la propuesta. La Contraloría hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta, en el evento de que el proponente no suscriba oportunamente el contrato que se le adjudique o no se allane a cumplir oportunamente con sus obligaciones de constituir la garantía única, o cancelar los derechos de publicación. El pago de la garantía, cuando ésta se haga exigible, tiene el carácter de sanción por incumplimiento de la propuesta presentada por el adjudicatario, y se entiende sin perjuicio del derecho que le asiste a La Contraloría de exigir por los medios reconocidos en la legislación Colombiana la indemnización de los perjuicios no cubiertos que con dicho incumplimiento se le hayan causado o se le llegaren a causar. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la propuesta, La Contraloría podrá cobrar por jurisdicción coactiva, ejecutivamente el valor asegurado, para lo cual prestará mérito suficiente la propuesta del proponente, ya que queda expresamente claro que la sola presentación de la propuesta constituye aceptación plena del proponente de todas las condiciones del presente pliego. En caso que la propuesta sea presentada en consorcio o en unión temporal, La Contraloría podrá reclamar y demandar de uno o de todos, como lo prefiera, el monto total de la garantía de seriedad de la propuesta. El oferente deberá presentar con la oferta, los Certificados de Registro de Precios de los bienes o elementos que ofrece, expedidos por el Sistema de Información para la Vigilancia de la Contratación Estatal SICE de la Contraloría General de la República. La certificación debe tener una vigencia no mayor de 15 días anteriores a la fecha de presentación de la oferta, con el fin de garantizar que el registro de precios se encuentra vigente, de conformidad con lo establecido en el Decreto No.3512 del 5 de Diciembre de 2003. En caso que el proponente no xxxxxxx con su propuesta los certificados de inscripción de precios en el SICE o los mismos no se encuentren de acuerdo con lo señalado en los pliegos de condiciones, serán solicitados por la Entidad, para lo cual el proponente contará con el término señalado en el cronograma, que para el efecto se establezca en el mismo. El Comité de Compras verificará que el oferente haya referenciado el número del certificado del registro de precios de referencia de cada bien ofertado, o aportado el respectivo certificado de registro temporal. El Comité de Compras evaluador realizará la revisión de la descripción técnica de los bienes, con el propósito de verificar si cumplen con las condiciones exigidas en el pliego de condiciones, a través de la respectiva consulta en el SICE. El proponente deberá indicar el valor de su propuesta económica en pesos colombianos, diligenciando el Anexo correspondiente. El proponente deberá tener en cuenta que el contrato objeto de este proceso de selección, esta sujeto al pago de las siguientes tasas, contribuciones, deducciones e impuestos: Pro Univalle 2% del valor del contrato Prodesarrollo 2% del valor del contrato Procultura 1% del valor del contrato Retención en la Fuente Retención de Industria y Comercio Gaceta (Publicación) De acuerdo con las tarifas establecidas por la Imprenta Departamental Orden de Gasto $3.000.00 Los errores aritméticos que pueda tener la oferta económica, que no alteren el precio unitario propuesto, serán corregidos y con base en la corrección se decidirá sobre la oferta. El contratista deberá asumir todos los riesgos que se deriven de los valores ofertados, sin perjuicio del cumplimiento de las obligaciones que surjan del Contrato, circunstancia que acepta expresamente con la presentación de la oferta. La Contraloría no aceptará ningún reclamo proveniente de estas circunstancias y no será causal para alegar posteriormente un desequilibrio económico del contrato. Por lo tanto, el proponente deberá calcular y tener en cuenta todos los costos que puedan afectar el valor del contrato. La no presentación de la oferta económica no será subsanable y la propuesta será rechazada.

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.

  • Devolución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será devuelta a los proponentes en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, en los siguientes casos:

  • FORMA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y ACREDITACIÓN Todos los documentos que contengan información referida a los requisitos para la admisión de propuestas y factores de evaluación se presentarán en idioma castellano o, en su defecto, acompañados de traducción oficial o certificada efectuada por traductor público juramentado o traductor colegiado certificado, según corresponda, salvo el caso de la información técnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrá ser presentada en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarán en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarán por medios mecánicos o electrónicos y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, éstos podrán ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rúbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. Las personas naturales podrán concurrir personalmente o a través de su apoderado debidamente acreditado ante el Comité Especial, mediante carta poder simple (Formato N° 1). Las personas jurídicas lo harán por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a través de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntará el documento registral vigente que consigne la designación del representante legal, expedido con una antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de propuestas. (Formato Nº 1) En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante común del consorcio, o por el apoderado designado por éste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente: En el caso que el representante común del consorcio presente la propuesta, éste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso que el apoderado designado por el representante común del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante común del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditación se realizará conforme a lo dispuesto en el sexto párrafo del presente numeral, según corresponda.

  • Ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta La Garantía de Seriedad de Propuesta, en caso de haberse solicitado, será ejecutada cuando:

  • ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Inspección Previa Consultas Escritas sobre el DBC

  • GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA El proponente debe incluir en su propuesta una garantía de seriedad, consistente en consignación a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, del valor equivalente al 20% del precio mínimo de venta del bien inmueble ofrecido en venta, como requisito habilitante para participar en el proceso y que se imputará al precio, en caso de serle adjudicado el contrato de compraventa, consignación que deberá hacerse con cargo a una cuenta designada en el pliego de condiciones, a favor del Instituto para el Desarrollo de Antioquia -IDEA-, tal como lo establece el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015. Al oferente cuya propuesta no fuere seleccionada se le devolverá el valor consignado dentro del término establecido en el respectivo pliego de condiciones, sin que haya lugar al reconocimiento de intereses, rendimientos e indemnizaciones, ni el reconocimiento del impuesto a las transacciones financieras o cualquier otro gasto en que el proponente incurra en razón de la consignación de dicha garantía y de la presentación de la propuesta. En este caso, el IDEA descontará de la suma a devolver, los dineros correspondientes a las erogaciones antes mencionadas. Conforme lo contempla el artículo 2.2.1.2.2.1.10 del Decreto 1082 de 2015, una vez recibida la oferta, el oferente NO PODRÁ RETRACTARSE, y en caso de hacerlo o de incumplir las condiciones de pago, firma de documentos sujetos a registro, o cualquier otro asunto derivado del negocio jurídico, perderá de pleno derecho el valor consignado que se entiende como GARANTIA DE SERIEDAD DEL OFRECIMIENTO, sin perjuicio de que la entidad reclame los perjuicios derivados del incumplimiento. En consecuencia, no se exigirá garantía adicional a los oferentes o al comprador. El oferente que no resulte adjudicatario puede solicitar a la Entidad Estatal mantener el valor consignado para otro proceso de enajenación que adelante la Entidad Estatal, valor al cual puede adicionar recursos cuando sea necesario. En consideración al análisis del riesgo expuesto en el presente estudio, donde no se encuentran riesgos que puedan afectar el equilibrio económico del contrato, por la naturaleza del mismo, se considera innecesario exigir garantías adicionales para la presente contratación.

  • OBLIGACIONES PREVIAS A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO Acusado recibo de la notificación de adjudicación definitiva, el contratista, dentro del plazo de quince (15) días naturales, deberá aportar los siguientes documentos:

  • FALLA EN LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El incumplimiento de la persona prestadora en la prestación continua del servicio se denomina falla en la prestación del servicio y su ocurrencia le confiere al suscriptor y/o usuario el derecho, desde el momento en que se presente, a la resolución del contrato de condiciones uniformes o su cumplimiento con las reparaciones consagradas en el artículo 137 de la Ley 142 de 1994, esto es, a que no se le haga cobro alguno por conceptos distintos del consumo o de la adquisición de bienes y servicios recibidos y a la indemnización de perjuicios.