Activo Cláusulas de Ejemplo

Activo. Valor de la materialidad del activo de la Ese San Xxxxxxx de Socotá BASE SELECCIONADA Monto % Materialidad para los sujetos del Xxxxx 0 Valor Materialidad para los sujetos del Xxxxx 0 Activo 2,194,989,287 2.5% $54,874,732 Recursos inspeccionados o controlados por la entidad con titularidad jurídica. De la clase Activo por valor de $ 2.194.989.287 que corresponde al 100%, se tomara como muestra para la realización de la Auditoria Especial lo correspondiente a: Verificadas las conciliaciones bancarias de las cuentas que maneja la ESE San Xxxxxxx de Socotá a 31 de diciembre de 2020, se evidenció que se encuentran correctos, una vez cotejados los saldos registrados en el balance con los reportados en el estado de tesorería, libros auxiliares y soportes como extractos bancarios y conciliaciones.
Activo. Para el autor Xxxxxxx (2007) representa un derecho de propiedad o de valor adquirido como también son conjunto de bienes, valores y derechos que posee la empresa ya sea corto o largo plazo (p. 78).  Tarjetas Para los autores Xxxxx y Xxxxxxxx las tarjetas son un instrumento que permite al comerciante el cobro de sus ventas sin mediación de efectivo, y a su cliente, el abono de sus compras contra el saldo total de su cuenta o contra el crédito concedido por una entidad financiera, así como la disposición de fondos (p. 315, 2007). Materialmente, se trata de un documento de plástico provisto de una banda magnética activada con los datos de su titular y un número de identificación personal que permite a su titular obtener bienes o servicios sin tener que efectuar un pago inmediato.  Tarjetas de crédito Para los autores Xxxxx y Xxxxxxxx en su libro Gestión bancaria, Factores claves en un entorno competitivo (2007) definen a la tarjeta de crédito en el siguiente texto: “Son aquellas que facilitan la función de pago concediendo crédito al titular de las mismas, sin tener que desembolsar el dinero en ese momento y, por tanto, sin necesidad de contar con fondos cuando se realiza la operación” (p. 316). El autor Xxxxxxx en su libro Fuentes de financiamientos (2011) nos detalla que este tipo de tarjetas puede usarse, simplemente como modalidad de pago compra con tarjeta en un solo pago, donde la diferencia entre la fecha de compra y pago efectivo, es de pocos días, o como instrumentos de crédito, cuando se adquieren bienes o servicios en varias cuotas (p. 111). Según Xxxxxx en su tesis Colocación de créditos en Crediscotia, dice que los prestamos son los que tienen un calendario de pago que se pacta y en el que los intereses usualmente se pagan por periodo vencido, es el compromiso pactado entre una persona o institución que otorga capacidad de compra por adelantado al deudor, que a la vez, permite realizar ventas y satisfacer la necesidad de compra de los consumidores, conforme a su capacidad de pago (p. 22). El autor Xxxxxxxxx en su libro Teoría y política monetaria (2008) aclara que el préstamo es la suma de dinero que el prestatario recibe y tiene que devolver al prestamista en la fecha de maduración, junto con una suma adicional que toma el nombre de pago de interés (p. 67). Para la autora Xxxxxxxx en su publicación Análisis del sistema financiero y procedimientos de cálculo (2012) es un contrato por el cual una persona física o jurídica, denominada prestamista...
Activo. El sujeto activo del impuesto es el Municipio de CALARCA y en él radican las potestades tributarias de administración, control, fiscalización, liquidación, discusión, recaudo, devolución y cobro.
Activo. Los Activos totales de Banco FIE crecieron 6.46% (Bs 511 millones) entre 2013 y 2014, 18.94% (Bs 1,595 millones) entre 2014 y 2015, y a diciembre de 2016 alcanzaron el nivel de Bs 11,162 millones. Este importante crecimiento del activo ha sido generado principalmente por el incremento de la Cartera y por la variación registrada en: Disponibilidades, Inversiones Temporarias y Bienes de Uso. Se debe resaltar la importante participación que la cartera bruta de créditos de Banco FIE tiene en sus activos totales, la cual se ubicó en 80.81%, 84.87%, 81.42% y 81.88% a diciembre de 2013, 2014, 2015 y 2016, respectivamente. Esta elevada participación se enmarca en los objetivos institucionales de la Entidad, que priorizan la colocación de créditos por encima de otro tipo de inversiones, en el marco de una estrategia de liquidez que busca asegurar la disponibilidad de recursos para: honrar pasivos y obligaciones, financiar el crecimiento de la cartera y permitir el normal desarrollo de las actividades y operaciones. El siguiente Gráfico permite apreciar la composición del activo de Banco FIE a diciembre de 2016.
Activo. El activo total de BISA LEASING S.A. se encuentra compuesto de: disponibilidades, inversiones temporarias, cartera, otras cuentas por cobrar, bienes realizables, inversiones permanentes, bienes en uso y otros activos Al 31 de diciembre de 2007 alcanzó USD 23.34 millones, al 31 de diciembre de 2008 reportó USD 21.64 millones, mientras que al 31 de diciembre de 2009 ascendió a USD 23.25 millones. Entre el 2007 y 2008 existe una disminución de de USD 1.70 millones (- 7.28%), dada principalmente por la reducción de las inversiones temporarias en USD 0.78 millones (-37.54%) y en cartera en USD 0.60 millones (-3.16%) en el 2008. Entre el 2008 y 2009 se observa un incremento de USD 1.62 millones (7.47%), que se da principalmente por un crecimiento en las disponibilidades en USD 1.45 millones (278.65%), en el 2009. Las cuentas más representativas del activo es la cartera que representa el 81.26%, 84.87%, y 80.18% del activo en las gestiones 2007, 2008 y 2009 respectivamente. ACTIVO TOTAL 23,34 23,25 23,50 23,00 22,50 21,64 22,00 21,50 21,00 20,50 31−dic−07 31−dic−08 31−dic−09 Las disponibilidades de BISA LEASING S.A. están compuestas únicamente por la cuenta bancos y corresponsales del país. Para el 31 de diciembre de 2007 la cuenta sumó USD 0.44 millones, equivalente al 1.87% del total activo; para el 31 de diciembre de 2008, alcanzó USD 0.52 millones, correspondiente al 2.41% del total activo; mientras que para el 31 de diciembre del 2009 la misma reportó USD 1.98 millones, igual al 8.50% del activo total. Entre el 2007 y 2008 existe un incremento de USD 0.09 millones, equivalente en términos relativos al 19.63% y entre el 2008 y 2009 existe un crecimiento de 278.65% equivalente en términos absolutos a USD 1.45 millones, debido al movimiento normal de cobranza, desembolsos realizados, y al depósito de un préstamo del Banco Ganadero por USD 1.25 millones realizado el 31 de diciembre de 2009.
Activo. 1.1. Bancos
Activo. El Activo total de TRANSIERRA S.A. al 31 de Diciembre de 2010 fue de Bs.3.695,23 millones inferior en 12,61% (Bs.533,02 millones) al registrado al 31 de Diciembre de 2009 cuando fue de Bs.4.228,25 millones, comportamiento que se atribuye fundamentalmente al decrecimiento de las Inversiones Temporarias. Al 31 de Diciembre de 2011 el Activo Total alcanzó la cifra de Bs.3.621,58 millones, cifra inferior en 1,99% (Bs.73,65 millones) a la registrada al 31 de Diciembre de 2010, debido principalmente al decremento de la cuenta Activo Fijo dentro del Activo no Corriente. La composición del activo, en función a su realización, estuvo conformada, por un 12,54%, 2,86% y 4,20% por el activo corriente a Diciembre de 2009, 2010 y 2011, respectivamente. Asimismo, por un 87,46%, 97,14% y 95,80%, por el activo no corriente a Diciembre de 2009, 2010 y 2011, respectivamente. Al 31 de diciembre de 2012, el activo total de la empresa registró un monto de Bs.3.567,42 millones, el mismo que estuvo compuesto por 5,65% (Bs.201,45 millones) de activo corriente y por 94,35% (Bs.3.365,97 millones) de activo no corriente. Asimismo fue inferior en 1,50% (Bs.54,16 millones) con relación al monto registrado en la gestión anterior, debido principalmente a un decrecimiento general en las cuentas del activo no corriente. Como se puede apreciar en el siguiente gráfico, existió siempre un predominio de la porción no corriente del activo en las gestiones analizadas.

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.