ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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Samples: Carta De Propuesta Económica, Carta De Propuesta Económica, Contrato De Servicio De Cobertura De Seguros Patrimoniales Y Personales
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE. • No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
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Samples: Bases Estándar De Adjudicación Directa Selectiva Para La Contratación De Servicios, Convenio I:, Carta De Propuesta Económica (Modelo)
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE. No se absolverán consultas ni observaciones a las Bases que se presenten extemporáneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.
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Samples: Formato De Registro E Inscripcion De Participantes, Carta De Propuesta Económica (Modelo), Carta De Propuesta Económica (Modelo)
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego de absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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Samples: Bases Estándar De Adjudicación Directa Pública Para La Contratación De Bienes, Carta De Autorización Para El Pago Con Abonos en Cuenta, Modelo De Documento Para Presentar Consultas U Observaciones
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (303) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego de absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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Samples: Carta De Propuesta Económica, Carta De Propuesta Económica
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (303) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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Samples: Formato De Presentacion De Consultas Y/U Observaciones
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y y/u observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACEde circulares, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 numerales 10.6.1 y 56 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) y/o seis (6) días hábiles contados desde hábiles, según sea el vencimiento caso, computados a partir de la culminación del plazo para recibir las presentar consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos Artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres dos (32) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial comité especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACE, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 y 56 del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de los tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial comité especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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Samples: Carta De Propuesta Económica
ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial con relación a las consultas y y/u observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACEde circulares, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 numerales 10.6.1 y 56 10.7.1 del artículo 10° del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento un día hábil, computado a partir de la culminación del plazo para recibir las presentar consultas y observaciones. De haberse presentado observaciones, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCE.
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ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES. La decisión que tome el Comité Especial Permanente con relación a las consultas y observaciones presentadas constará en el pliego absolutorio que se notificará a través del SEACESEACE y a los correos electrónicos de los participantes que así lo hubieran solicitado, de conformidad con lo establecido en los artículos 54 Artículos 55º, 56º y 56 57º del Reglamento, en la fecha señalada en el cronograma del proceso de selección. El plazo para la absolución no podrá exceder de tres (3) días hábiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las hábiles. La absolución de consultas y observaciones. De haberse presentado observacionesobservaciones que se formulen al contenido de las Bases, el Comité Especial debe incluir en el pliego absolutorio el requerimiento se considerarán como parte integrante de pago de la tasa por concepto de elevación de observaciones al OSCEésta y del contrato.
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