Common use of Honorarios y Gastos Clause in Contracts

Honorarios y Gastos. Los Honorarios por los Servicios (i) habrán de figurar en el correspondiente Pedido, (ii) salvo disposición expresa en otro sentido aceptada por escrito por Liferay, no incluirán tasas por conversión de divisas, comisiones por transferencia u otros cargos bancarios (los “Gastos de la Operación”) o gastos incidentales incurridos por Liferay a efectos de la prestación de los Servicios (tales como desplazamientos, alojamiento, alimentación, transporte, herramientas y otros), y el Cliente abonará cualesquiera pagos que procedan sin deducir importe alguno por razón de dichos Gastos de la Operación, (iii) se devengarán en el momento de la aceptación por Liferay del Pedido o, en el caso de la renovación o prórroga de los Servicios, al inicio de la prórroga en cuestión, y (iv) habrán de ser satisfechos de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 4.3. Los Honorarios correspondientes a cualquier prórroga de los Servicios o a la adición de nuevas Unidades serán calculados en el momento de la renovación o del pedido adicional, respectivamente; en el bien entendido que, en el caso de cualquier prórroga de los Servicios de Suscripción que resultara de lo dispuesto en la Cláusula 10.2, Liferay notificará cualquier variación de precio por correo electrónico dirigido a la dirección asociada a la cuenta del Cliente en cuestión con al menos sesenta (60) xxxx de antelación a la fecha de renovación de dichos Servicios de Suscripción, supuesto en el que dicha modificación de precio entrará en vigor en la fecha de renovación. No será necesaria notificación previa si el incremento del precio no excede la variación acumulada positiva del IGP-M (Índice General de Precios – Xxxxxxx, publicado por la Fundación Xxxxxxx Xxxxxx) (o el índice oficial que lo reemplace, en el caso de que resulte inaplicable o no disponible), calculado pro rata temporis. Liferay no vendrá obligada en ningún caso a aceptar ningún pedido adicional. En la medida en que el Cliente utilizara cualquier sistema de gestión de proveedores, Liferay no será responsable de cualesquiera costes derivados de la participación, registro o utilización de dicho sistema (las “Comisiones por Gestión de Proveedores”). Si cualquiera de las partes viniera obligada a abonar, retener o deducir cualquier Comisión por Gestión de Proveedores o Gastos de la Operación, el Cliente aumentará el importe que hubiera de satisfacer a Liferay en la suma necesaria para absorber dicha Comisión por Gestión de Proveedores y/o Gastos de la Operación, de forma tal que Liferay reciba en última instancia un importe igual a la totalidad de los Honorarios facturados.

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Samples: Enterprise Services Agreement, Enterprise Services Agreement

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Honorarios y Gastos. Los Honorarios por los Servicios (i) habrán de figurar en el correspondiente Pedido, (ii) salvo disposición expresa en otro sentido aceptada por escrito por Liferay, no incluirán tasas por conversión de divisas, comisiones por transferencia u otros cargos bancarios (los “Gastos de la Operación”) o gastos incidentales incurridos por Liferay a efectos de la prestación de los Servicios (tales como desplazamientos, alojamiento, alimentación, transporte, herramientas y otros)Servicios, y el Cliente abonará cualesquiera pagos que procedan sin deducir importe alguno por razón de dichos Gastos de la Operación, (iii) se devengarán en el momento de la aceptación por Liferay del Pedido o, en el caso de la renovación o prórroga de los Servicios, al inicio de la prórroga en cuestión, y (iv) habrán de ser satisfechos de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 4.3. Los Honorarios correspondientes a cualquier prórroga de los Servicios o a la adición de nuevas Unidades serán calculados en el momento de la renovación o del pedido adicional, respectivamente; en el bien entendido que, en el caso de cualquier prórroga de los Servicios de Suscripción que resultara de lo dispuesto en la Cláusula 10.2, Liferay notificará cualquier variación de precio por correo electrónico dirigido a la dirección asociada a la cuenta del Cliente en cuestión con al menos sesenta (60) xxxx de antelación a la fecha de renovación de dichos Servicios de Suscripción, supuesto en el que dicha modificación de precio entrará en vigor en la fecha de renovación. No será necesaria notificación previa si el incremento del precio no excede la variación acumulada positiva del IGP-M (Índice General de Precios – Xxxxxxx, publicado por la Fundación Xxxxxxx Xxxxxx) (o el índice oficial que lo reemplace, en el caso de que resulte inaplicable o no disponible), calculado pro rata temporis. Liferay no vendrá obligada en ningún caso a aceptar ningún pedido adicional. En la medida en que el Cliente utilizara cualquier sistema de gestión de proveedores, Liferay no será responsable de cualesquiera costes derivados de la participación, registro o utilización de dicho sistema (las “Comisiones por Gestión de Proveedores”). Si cualquiera de las partes viniera obligada a abonar, retener o deducir cualquier Comisión por Gestión de Proveedores o Gastos de la Operación, el Cliente aumentará el importe que hubiera de satisfacer a Management Fees and Transaction Fees, so that Liferay en la suma necesaria para absorber dicha Comisión por Gestión de Proveedores y/o Gastos de la Operación, de forma tal que Liferay reciba en última instancia un importe igual a la totalidad de los Honorarios facturadosultimately receives an amount equal to the full amount of Fees as invoiced.

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Honorarios y Gastos. Los Honorarios por los Servicios (i) habrán de figurar en el correspondiente Pedido, (ii) salvo disposición expresa en otro sentido aceptada por escrito por Liferay, no incluirán tasas por conversión de divisas, comisiones por transferencia u otros cargos bancarios (los “Gastos de la Operación”) o gastos incidentales incurridos por Liferay a efectos de la prestación de los Servicios (tales como desplazamientos, alojamiento, alimentación, transporte, herramientas y otros), y el Cliente abonará cualesquiera pagos que procedan sin deducir importe alguno por razón de dichos Gastos de la Operación, (iii) se devengarán en el momento de la aceptación por Liferay del Pedido o, en el caso de la renovación o prórroga de los Servicios, al inicio de la prórroga en cuestión, y (iv) habrán de ser satisfechos de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 4.3. Los Honorarios correspondientes a cualquier prórroga de los Servicios o a la adición de nuevas Unidades serán calculados en el momento de la renovación o del pedido adicional, respectivamente; en el bien entendido que, en el caso de cualquier prórroga de los Servicios de Suscripción que resultara de lo dispuesto en la Cláusula 10.2, Liferay notificará cualquier variación de precio por correo electrónico dirigido a la dirección asociada a la cuenta del Cliente en cuestión con al menos sesenta (60) xxxx de antelación a la fecha de renovación de dichos Servicios de Suscripción, supuesto en el que dicha modificación de precio entrará en vigor en la fecha de renovación. No será necesaria notificación previa si el incremento del precio no excede la variación acumulada positiva del IGP-M (Índice General de Precios – Xxxxxxx, publicado por la Fundación Xxxxxxx Xxxxxx, en Brasil) (o el índice oficial que lo reemplace, en el caso de que resulte inaplicable o no disponible), calculado pro rata temporis. Liferay no vendrá obligada en ningún caso a aceptar ningún pedido adicional. En la medida en que el Cliente utilizara cualquier sistema de gestión de proveedores, Liferay no será responsable de cualesquiera costes derivados de la participación, registro o utilización de dicho sistema (las “Comisiones por Gestión de Proveedores”). Si cualquiera de las partes viniera obligada a abonar, retener o deducir cualquier Comisión por Gestión de Proveedores o Gastos de la Operación, el Cliente aumentará el importe que hubiera de satisfacer a Liferay en la suma necesaria para absorber dicha Comisión por Gestión de Proveedores y/o Gastos de la Operación, de forma tal que Liferay reciba en última instancia un importe igual a la totalidad de los Honorarios facturados.

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Honorarios y Gastos. Los Honorarios por los Servicios (i) habrán de figurar en el correspondiente Pedido, (ii) salvo disposición expresa en otro sentido aceptada por escrito por Liferay, no incluirán tasas por conversión de divisas, comisiones por transferencia u otros cargos bancarios (los “Gastos de la Operación”) o gastos incidentales incurridos por Liferay a efectos de la prestación de los Servicios (tales como desplazamientos, alojamiento, alimentación, transporte, herramientas y otros)Servicios, y el Cliente abonará cualesquiera pagos que procedan sin deducir importe alguno por razón de dichos Gastos de la Operación, (iii) se devengarán en el momento de la aceptación por Liferay del Pedido o, en el caso de la renovación o prórroga de los Servicios, al inicio de la prórroga en cuestión, y (iv) habrán de ser satisfechos de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula 4.3. Los Honorarios correspondientes a cualquier prórroga de los Servicios o a la adición de nuevas Unidades serán calculados en el momento de la renovación o del pedido adicional, respectivamente; en el bien entendido que, en el caso de cualquier prórroga de los Servicios de Suscripción que resultara de lo dispuesto en la Cláusula 10.2, Liferay notificará cualquier variación de precio por correo electrónico dirigido a la dirección asociada a la cuenta del Cliente en cuestión con al menos sesenta (60) xxxx de antelación a la fecha de renovación de dichos Servicios de Suscripción, supuesto en el que dicha modificación de precio entrará en vigor en la fecha de renovación. No será necesaria notificación previa si el incremento del precio no excede la variación acumulada positiva del IGP-M (Índice General de Precios – Xxxxxxx, publicado por la Fundación Xxxxxxx Xxxxxx) (o el índice oficial que lo reemplace, en el caso de que resulte inaplicable o no disponible), calculado pro rata temporis. Liferay no vendrá obligada en ningún caso a aceptar ningún pedido adicional. En la medida en que el Cliente utilizara cualquier sistema de gestión de proveedores, Liferay no será responsable de cualesquiera costes derivados de la participación, registro o utilización de dicho sistema (las “Comisiones por Gestión de Proveedores”). Si cualquiera de las partes viniera obligada a abonar, retener o deducir cualquier Comisión por Gestión de Proveedores o Gastos de la Operación, el Cliente aumentará el importe que hubiera de satisfacer a Liferay en la suma necesaria para absorber dicha Comisión por Gestión de Proveedores y/o Gastos de la Operación, de forma tal que Liferay reciba en última instancia un importe igual a la totalidad de los Honorarios facturados.. 4.3 Términos y Condiciones de Pago Si el Cliente deseara aplazar o financiar el pago de cualesquiera Honorarios, el Cliente colaborará razonablemente con Liferay a efectos de acreditar y permitir la valoración de forma periódica de la solvencia del Cliente. Para el caso en que se aprobara cualquier forma de financiación a favor del Cliente, Liferay facturará al Cliente los

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